Argumentos En Pro Y En Contra De La Eutanasia

El significado de la palabra eutanasia, proviene del griego y quiere decir ‘buena muerte’, sin embargo, durante décadas numerosas países alrededor del mundo han vivido un debate sobre las bondades y/o perjuicios de la eutanasia. La cual siguiendo principios de dignidad y respetando la capacidad de decisión sobre la vida misma puede ser una opción a considerar en casos de enfermedades terminales donde la única opción para minimizar el sufrimiento sea esta.

Al estar hablando de la vida y la capacidad de ser terminada por intervención de un tercero es que cuestiones religiosas, éticas, científicas y legales son tenidas en cuenta en este debate que parece desafiar los consensos sociales.

No es extraño que luego de numerosas discusiones esta opción de tener ‘una muerte digna’ solamente sea legal en un número reducido de países: Holanda, Bélgica, Luxemburgo, Canadá y Colombia.

La controversia que despierta este tema responde a la definitiva de la ‘solución’ (la muerte) que es ofrecida ante situaciones igualmente extremas (enfermedades terminales o degenerativas y muy penosas). Probablemente ese contexto es el que explica que al hablar del tema, de esta ‘buena muerte’, surjan numerosos matices a favor y en contra.

Introducción

La eutanasia es aquel procedimiento voluntario, intencionado, estudiado y consciente que realiza un médico para acelerar la muerte de un paciente terminal de algún padecimiento incurable; a solicitud consciente, estudiada y deliberada del enfermo o familiares, quienes, plenamente enterados de que no existe tratamiento curativo para la dolencia; le solicitan al médico que la realice sobre el paciente para así dar fin con el dolor y sufrimiento intolerables e intratables. (RAE, 2014).

La eutanasia está clasificada de diferentes formas: directa e indirecta según el accionar médico, voluntaria e involuntaria si se cuenta o no con el consentimiento del paciente.

Según el accionar médico

  • Eutanasia Directa: cuando existe una provocación intencional del médico que busca la terminación de la vida del paciente. Esta a su vez posee dos formas (Corte Constitucional de Colombia, 2014):
  • Activa o positiva: se le considera activa o positiva porque existe un despliegue médico para producir la muerte de una persona como suministrar directamente algún tipo de fármaco o realizando intervenciones cuyo objetivo sea causar la muerte.
  • Pasiva o negativa: es pasiva o negativa se da cuando la muerte es producida por la omisión de tratamientos, medicamentos, terapias o alimentos. En este tipo de eutanasia, la actuación del médico es negativa pues su conducta es de ‘no hacer’. En otras palabras se culmina todo tipo de actividad que busque prolongar la vida de una persona que se encuentre en fase terminal, pues se ha concluido que el tratamiento no lleva al mejoramiento del paciente.
  • Eutanasia indirecta: es aquella que se da cuando se origina sin la intención de causar la muerte del paciente. Es decir, se da como resultado de efectuar procedimientos médicos intensos, con intención terapéutica, que pueden producir la muerte.

Según la voluntad del paciente

  • Voluntaria: es aquella en la cual el paciente es quien toma la decisión o por terceras personas obedeciendo los deseos que el paciente ha expresado con anterioridad en algún tipo de documento o grabación.
  • No voluntaria: un tercero toma la decisión pues no es posible averiguar la voluntad del paciente por la imposibilidad de expresarla o porque este no ha dejado expresa su voluntad.
  • Involuntaria: sucede cuando un tercero toma la decisión pues no es posible averiguar la voluntad del paciente por la imposibilidad de expresarla, este no ha dejado expresa su voluntad y no se le consulta a los parientes.

Argumentos en pro y en contra

Históricamente, el debate sobre la eutanasia ha tendido a centrarse en una serie de asuntos claves. Según el estadounidense oncólogo y bioético Ezekiel Emanuel (1994), opositor a la eutanasia, los partidarios de esta han presentado cuatro argumentos principales:

  • que las personas tienen derecho a la autodeterminación y, por lo tanto, de permitir elegir su destino;
  • ayudar a un sujeto a morir dignamente podría ser una mejor opción que requerir que continúen sufriendo;
  • la distinción entre la eutanasia pasiva, que a menudo está permitida, y la eutanasia activa, que no es sustantiva, o en la cual el principio subyacente —la doctrina del doble efecto—, es irrazonable o poco sólida; y
  • permitir la eutanasia no conducirá, necesariamente, a consecuencias inaceptables.

De la misma manera argumenta que hay cuatro aspectos principales presentados por los oponentes de la eutanasia:

  • no todas las muertes son dolorosas o indignas;
  • están disponibles alternativas como la interrupción del tratamiento activo combinado con el uso del alivio efectivo del dolor a través de cuidados paliativos;
  • la distinción entre eutanasia activa y pasiva es moralmente significativa; y
  • la legalización de la eutanasia colocará a la sociedad en la falacia del efecto dominó, lo que conducirá a consecuencias inaceptables desde los puntos de vista éticos, morales y en algunos casos religiosos.

En ambas argumentaciones podemos ver que un punto que, muy comúnmente, marca la línea divisoria entre los partidarios y los opositores de la eutanasia es la visión de la dignidad humana, ya que es utilizada tanto para justificar el mantenimiento de la prohibición de la eutanasia como para despenalizarla. Por lo tanto, una recomendación de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, adoptada el 21 de mayo de 1999, establece que la dignidad es una noción absoluta:

“La dignidad es inherente a la existencia de cada ser humano. Si su posesión se debiera a peculiaridades, habilidades o cualquier condición, la dignidad no sería ni igual ni universalmente peculiar para todos los seres humanos. Por lo tanto, el ser humano está investido de dignidad a lo largo de su vida. El dolor, el sufrimiento o la debilidad no pueden privarlo de ella”. (Consejo de Europa, 1999).

Esta recomendación exige ‘consagrar y proteger el derecho de las personas terminalmente enfermas y moribundas a una gama completa de cuidados paliativos’ y ‘mantener prohibición absoluta intencional de la vida de los pacientes incurables y moribundos’.

Posición que va en contra a lo expuesto por Simon Blackburn (1944) quien considera que es imposible ‘fundamentar la prohibición en el respeto a la vida, y aún menos en el respeto a la dignidad; ya que lo que en realidad no quiere respeto por la vida, sino por el acto de morir, es decir, tratar como sacrosanto el procedimiento a menudo intolerable, cruel, sin dignidad alguna y doloroso de nuestra solución natural’.

El impacto de la eutanasia en el tema de la dignidad humana va más allá de la cuestión de una situación individual al final de la vida y el dolor que se padece ante dicha situación.

De allí que los opositores a la eutanasia se basen en que actualmente los dolores son bien tenidos en cuenta y a menudo son calmados de manera efectiva, especialmente en los servicios de cuidados paliativos. Más esto deja por fuera cualquier forma de sufrimiento que no es el dolor como por ejemplo: la pérdida progresiva de control sobre el propio cuerpo, como en el caso de las enfermedades neurodegenerativas; la deformación del cuerpo y, especialmente, del rostro; y la pérdida permanente de la autonomía.

Algunos médicos y comentaristas objetan la necesidad de introducir la eutanasia en la ley, debido al progreso, presente y futuro, de la medicina paliativa en la lucha contra el sufrimiento en su totalidad. Por lo tanto, el genetista Axel Kahn (2011) dice: ‘solucionaría una ley de eutanasia si esa fuera la única forma de calmar el sufrimiento’.

Conclusión

La noción del derecho a la vida y sus derivaciones son objeto de debate filosófico, legal y moral. Varias tradiciones filosóficas o religiosas rechazan el suicidio en sus diversas formas. Otras rechazan específicamente la eutanasia: la intervención de un actor que termina la vida del paciente es considerada una forma de asesinato por considerarla inmoral, poco ética o una solución extrema como se ha planteado en este texto y por lo tanto no debería ser regulada bajo norma alguna la cuestión de una ‘buena muerte’.

En todos los casos, independientemente de si la eutanasia está despenalizada o no, lo que está en juego para los médicos y los equipos de atención sigue siendo lo ético: la ley no prevalece sobre la reflexión ética y personal en la elección de los actos al final de la vida, inyecciones letales, decisión de detener el tratamiento o sedación terminal. En el caso de la eutanasia en particular, la cuestión de su legitimidad ética no se confunde con la cuestión de su legalización o despenalización. En este sentido, la filósofa francesa Marta Spranzi (2009) señala que ‘permitir explícitamente a que los miembros de la profesión médica den muerte, aunque solo sea con el laudable propósito de aliviar los sufrimientos de los pacientes, incluso por parte de los propios médicos, como más problemáticos que la realidad del gesto en sí, deber cumplido en el silencio de la relación médica’ a causa de posibles consecuencias.

También están los puntos de vista religiosos sobre la eutanasia. Si bien el punto de vista sobre el tema no necesariamente se entrelaza directamente con la religión, a menudo afecta la opinión de una persona. Pues la influencia de la religión en los puntos de vista de alguien hacia los cuidados paliativos hace una diferencia, a menudo desempeñan una función más pequeña de lo que podría esperarse. Más todo esto deja por fuera algo imprescindible la dignidad humana que como vimos no puede dejar por fuera sus condiciones más allá del dolor por eso estar a favor en casos de enfermedades terminales en las que la finalización del sufrimiento no está garantizada y por lo tanto tampoco una terminación digna de la vida, la eutanasia resulta una buena opción para así tener una buena muerte.  

22 July 2021
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