Código Deontológico del Colegio Colombiano de Psicólogos

Colegio Colombiano de Psicólogos (Colpsic)

Código ético del psicologo. Ensayo cuya finalidad es hablar de la ética del psicólogo que deben cumplir los colegiales de Colpsic, una organización fundada en el año 2006. Se encarga de tramitar las tarjetas profesionales de los psicólogos en Colombia​. Este país cuenta con 11 sedes que ofrecen cobertura a más de 38 000 colegiados​. Su sede principal se encuentra situada en la ciudad de Bogotá. Entre sus funciones, se encuentra la promoción y el desarrollo de la psicología en el país y crear modelos de buena calidad para la profesión, orientar a la opinión pública, y así proponer políticas del mismo y del país.

Esta organización, también se encarga de realizar congresos nacionales desde el año 2007, en donde se comunica sobre los avances profesionales y el avance de nuevas redes de participación.

En el año 2007, Colpsic fundó el Tribunal Nacional Deontológico y Bioético de Psicología​, y su función principal es avanzar en los procedimientos y sancionar las faltas deontológicas observadas en la Ley 1090 del Congreso de la República de Colombia.

La colegiatura es una membresía que obtiene el profesional de la psicología para pertenecer y trabajar en pro de la corporación. Hacer parte del Colegio, representa contribuir en actos que aseguren los derechos y deberes de los profesionales, formando en la sociedad una positiva representación del rol del psicólogo.

Para el Colegio Colombiano de Psicólogos es muy importante contar con la contribución de los profesionales, la cual reúne el mayor número de psicólogos del país y representa los intereses de la psicología y sus profesionales.

Los colegiales deben cumplir los derechos y deberes estipulados en el Estatuto (artículo N.º 10)

Derechos:

  1.   Elegir y ser elegido acorde a los reglamentos.
  2. Ser miembro de uno o más de los ámbitos profesionales.
  3. Contribuir en las distintas actividades de Colpsic.
  4. Tener acceso a los servicios de empresas escogidas en alianza con Colpsic.

Deberes: 

  1. Cumplir con la Constitución Nacional, la Ley 1090 de 2006 y las demás normas y reglamentos que rigen la actividad de los psicólogos.
  2. Cumplir y hacer cumplir los Estatutos de Colpsic y cuidar que los demás miembros los cumplan.
  3. Propender por el logro de los fines y el prestigio de Colpsic.
  4. Cumplir responsablemente las tareas con las cuales se comprometa.
  5. Proceder con prudencia, lealtad y confidencialidad en los asuntos que le sean encomendados.
  6. Pagar las cuotas determinadas por Colpsic.
  7. Hacer parte de uno de los capítulos regionales y participar en lo adecuado.
  8. Cumplir con una buena conducta pública y lealtad con sus colegas.

 

Código deontológico del psicólogo

Es una nota que recoge normas y valores que un profesional debe asumir. El código deontológico de un psicólogo determina las reglas del profesional a la hora de ejercer dicha profesión.

Principio generales

  • En la psicología se exige una meta con el fin de conseguir objetivos humanos y sociales como: el desarrollo personal y grupal y el bienestar individual y social.
  • El psicólogo cuenta con principios como el respeto, honestidad, responsabilidad, prudencia, protección de los derechos humanos, todo lo necesario para ser un profesional integro.
  • El psicólogo no debe realizar prácticas que puedan atentar la libertad mental y física de las personas, ni cooperar o intervenir directamente en la tortura o malos tratos, ya que además de ser un delito, atenta contra la ética profesional. En cambio, debe informar la violación de derechos humanos o la condición inhumana o degradante ante los organismos encargados.
  • El psicólogo no prestará su nombre y tampoco encubrirá las actividades engañosas.
  • El psicólogo respetara y no realizara ninguna discriminación de nacimiento, edad, raza, sexo, religión, ideología, nacionalidad, clase social, a sus clientes.
  • El psicólogo trabajara de manera objetiva a la hora de dar su opinión o tomar una decisión

 

Competencia profesional y relación con profesionales

  • El principio de independencia y autonomía hace parte de los derecho y deberes de la psicología como profesión.
  • El psicólogo debe estar preparado y especializado para la realización de procedimientos y técnicas de trabajo, debe saber sus límites de sus técnicas y de su competencia.
  • El psicólogo no podrá facilitar los documento, tratamientos o evaluaciones psicológicas a personas no aptas.
  • Cuando un caso está relacionado con otra área profesional el psicólogo deberá darle a conocer a su cliente dicha situación.
  • El psicólogo deberá respetar las demás diciplinas profesionales especialmente las que van relacionadas en su área.

 

Intervención

  • Cuando el psicólogo sepa que será de la mala utilización de sus servicios este deberá rechazarlo.
  • El psicólogo ofrecerá la información ideal dependiendo de las características y las problemáticas del grupo con el que esté trabajando, se le hará saber a sus padres o tutores si se trata de menores de edad.
  • El cliente podrá dejar la intervención cuando lo desee sin que el psicólogo pueda negárselo, teniendo el hecho de reflexionar sobre su decisión al cliente. Además, el psicólogo no se mezclará en la intervención de otros psicólogos.
  • El psicólogo no podrá crear falsas expectativas profesionales que no pueda cumplir.

 

Investigación y docencia

  • Todos los psicólogos trataran de que su trabajo contribuya al avance de su carrera y al de la ciencia.
  • Al realizar la investigación humana, los psicólogos no buscaran dañar a las personas y se hará siempre con respeto. Al igual que con la investigación humana, en la investigación con animales se hará con el mínimo daño y sufrimiento.
  • Cuando las personas deciden participar en la investigación son ellos los que autorizan su participación, y tienen toda la libertad de hacerlos. De igual forma también tienen toda la libertad de abandonar dicha investigación. En caso de que pase algún problema se le será previamente informado para que las personas estén al tanto.

 

La obtención y uso de la información

  • Los psicólogos solo obtendrán la información que el cliente les permita. Todos los datos recolectados deberán mantenerse en secreto, a menos que el cliente de su previa autorización. De igual manera las instituciones tienen el derecho de saber dicha información, pero de igual forma deben de mantener el secreto profesional.
  • El informe obtenido no debe ser usado en beneficio propio o de alguien más, tampoco en daño de la persona que ha sido evaluada.
  • Al exponer algún caso, sea como docente, científico o en medios de comunicación, no se debe decir la identidad de la persona que está comprometida.
  • Los registros psicológicos conservados estarán bajo la responsabilidad del psicólogo, y puede tener acceso.
  • El cliente tiene dar su aprobación para que otras personas (como alumnos en prácticas), estén en su caso.
  • Los informes psicológicos tienen que ser claros y precisos para quien lo reciba.
  • El psicólogo deberá mantener el secreto profesional aun cuando pase la muerte del cliente.

 

La publicidad

  • El psicólogo tiene total libertad de dar a conocer sobre sus servicios, su título, sus áreas en las que trabaja y sus técnicas usadas en dicha área.
  • Patrocinar un título que no posee o usar títulos engañosos se considera una falta muy grave ya que viola el código preestablecido.
  • El psicólogo puede formar parte en campañas en donde se vea que se busca favorecer el bienestar físico y mental de las personas.

 

Los honorarios y remuneración

  • El psicólogo no debe aceptar situaciones económicas donde se vea una disminución del trabajo prestado.
  • El psicólogo podrá dar su asistencia de modo gratuito a personas que lo necesiten y no puedan pagarlos.
  • Un psicólogo deberá avisar sobre el precio de sus consultas al cliente antes de prestar sus servicios.
  • El pago de estas consultas no depende del logro obtenido por el tratamiento o de su resultado. Nunca deberá recibir dinero al momento de pasar un caso a otro profesional.

 

Conclusión

En conclusión, todos los colegiales del Colegio Colombiano de Psicólogos deben cumplir  los derechos y deberes mencionados anteriormente, además en sui trabajo tiene que seguir el Código deontológico del psicólogo al ejercer la profesión.

Referencias bibliográficas

  1. https://www.merteescucha.com/codigo-deontologico/
  2. https://es.wikipedia.org/wiki/Colegio_Colombiano_de_Psic%C3%B3logos
  3. https://www.colpsic.org.co/
11 February 2023
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