Derechos Humanos y Garantías Individuales que Brinda el Juicio de Amparo

La pregunra que se abordará en este ensayo de las garantias individuales y derechos humanos en México es: ¿Es el juicio de amparo el mecanismo idóneo para la protección de derechos humanos?

A lo largo de este curso, hemos estado analizando previamente en clases, definiendo y actualizando qué es un juicio de amparo y sus alcances, lo que nos ha llevado a darle varios enfoques distintos según el ámbito de estudio a tratar en el contexto de los derechos humanos.

Dando un preámbulo conciso del tema, el juicio de amparo se basa en la idea de limitación del poder dentro de un marco constitucional, las autoridades gubernamentales, y más recientemente, de los particulares cuando sus actos se equiparen a los de la autoridad, protegiendo así los derechos humanos y fundamentales de las personas, garantizando, por ende, la libertad de estas frente al actuar arbitrario, es decir, el juicio de amparo es un mecanismo previo a cualquier falta de criterio u omisión, para de esta forma, brindar las garantías a los individuos de un pleno respeto a los derechos que por el hecho de ser personas poseen. El juicio de amparo resulta ser una herramienta de protección articulada y compleja, hablando técnicamente y jurídicamente, esta situación que ha sido duramente criticada por diversos juristas, debido al ámbito de protección del Amparo, como instrumento jurídico de protección a los derechos humanos, debe ser amplio y universal para así garantizar el Estado de Derecho.

En tiempos contemporáneos se han realizado modificaciones sustanciales a nuestra carta magna por parte del constituyente permanente con la finalidad de mantener una constitución moderna y acorde a los fenómenos políticos que se desarrollan en nuestro país, por ende, sendas adiciones se han realizado desde la promulgación en 1917 orientadas a un país en el cual la protección de los derechos humanos, dentro de una democracia moderna debe ser de vital importancia para la estructuración de un estado.

Desde su inicio dentro del marco constitucional la institución del amparo tiene una importancia excepcional, ya que se encuentra inherentemente unida a nuestra historia como Estado y ha sido medio de defensa para el gobernando que se siente transgredido por el acto infame de la autoridad que violenta no sólo las incorrectamente llamadas garantías individuales, sino que también atenta en contra de toda la institución constitucional que tiene su fundamento en la soberanía nacional y que reduce en un gobierno del pueblo y para el pueblo según lo establecido por nuestro máximo orden jurídico, por tanto, la razón de ser de la citada institución dentro de un sistema de deber, juega un papel fundamental, o más allá, predominante.

Un juicio de amparo eficaz, sencillo, asequible, universal y carente de burocracia, es el modelo que se debería seguir para pensar que en dicha institución recaiga la misión de ser el mecanismo por excelencia de tiene como prioridad la protección de derechos humanos en el Estado Mexicano, pero a juicio del suscrito y con el conocimiento de las reformas a la ley que vivimos, tan honrosa institución está destinada a ser un discurso utópico que carecerá de herramientas para ser un medio asequible y sencillo con la plena misión de la protección de los derechos fundamentales que somos acreedores todos por el hecho de nacer.

México, en la actualidad, ha ponderado el cumplimiento de los derechos humanos en cada uno de los actos de autoridad, y en ese mismo tenor debería observar que el sistema que garantice el cumplimiento de dichos derechos, sea un proceso jurisdiccional carente de tecnicismos y al alcance de cualquier gobernado que considere que el gobernante afectó su esfera jurídica protegida, y, por ende, el juicio de amparo debería jugar ese papel primordial de protector de los derechos humanos.

De acuerdo con lo anterior, se debe tener como marco de referencia una institución garante de los derechos humanos reconocidos en cualquier instrumento jurídico, ya sea nacional o internacional de protección de los derechos mínimos fundamentales, y no sólo un mecanismo de protección ligado a la fuente que le dio origen, como lo es nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Referencias

  1. Acosta López, J. (2011). ¿Es el juicio de amparo el mecanismo idóneo para la protección de derechos humanos? 6th ed. Distrito Federal: Heurística, pp.117-123. http://file:///C:/Users/HP/Downloads/JA%20Mecanismo%20idoneo.pdf [Accessed 14 Sep.2019].
11 February 2023
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