El Comportamiento Criminal y la Política Criminológica en América Latina

Introducción

La política criminal es meramente el estudio del porque los individuos cometen conductas tipificadas, dicho de otro modo, se encarga de estudiar, comprender y dar a conocer por qué cometen actos delictivos. Para poder comprender lo que es, tenemos diversas definiciones por parte de los estudiosos de la materia de las cuales solo tomaremos la expuesta por Rodríguez Manzanera, ya que desde mi punto de vista es la más fácil de asimilar y en la cual me he basado principalmente para desarrollar mi propio criterio de la política criminal.

El Dr. Luis Rodríguez Manzanera, nos define la política criminal como la ciencia que tiene por objeto de estudio la prevención de las conductas antisociales; lo cual encuadra al punto de vista que se aborda en este ensayo, pues, actualmente la política criminal está en busca de un medio de ataque a la crisis de la justicia, replanteando las estrategias de desarrollo social implementando un plan de desarrollo integral proporcionando las rutas sociales adecuadas para lograr una prevención concreta y enfocada.

Desarrollo

Partiendo del punto de vista científico que nos da el panorama necesario partiendo de un sistema con determinados pasos a seguir, poniendo en contexto las investigaciones sociales que hace la ciencia penal de la política criminal; recordando que el derecho se desprende del ámbito social, por lo que se llega a hablar de una política criminal, que parte de un sistema concreto y determinado que nos lleva a una conclusión después de llevar a cabo los lineamientos que se señalan.

¿Por qué política criminal? En palabras de Rodríguez Manzanera, tenemos que, es necesario vincular la prevención y lucha contra el crimen con la acción política, en la cual se postulan metas a realizar por el estado; partiendo de la definición de que política es la ciencia, arte y virtud del bien común. Por consecuente, podemos determinar que la política es aquella que busca el bienestar colectivo y este bienestar, también debe ser inclusivo en el derecho penal, ya que es el encargado de sancionar las conductas que van en contra del bienestar colectivo o como lo expone el autor, vincular la política a la lucha contra el crimen, no solo para erradicarlo, sino también con el afán de prevenirlo.

Pero, ahora que determinamos lo que es la política y que esta debe ser ligada a la criminalidad, pues el crimen es una amenaza para la comunidad, cabe destacar que por crimen no nos referimos a lo que se tipifica en el Código Penal, sino a lo que comprendemos como la conducta antisocial; dicho de otra manera, el crimen, es todo aquel acto que altera la paz y la seguridad de la comunidad.

Realmente la conexión de la política con la criminalidad es la de conseguir la anti -criminalidad, es decir la prevención de las conductas que afectan a la sociedad, siendo el Estado aquel encomendado por la colectividad para realizar esta tarea. Con el avance de la ciencia, también la sociedad y la política lo han hecho, adoptando los principios de la criminología, dando lugar a una política criminal basada en los conocimientos aportados por ésta, cambiando la política criminal por una política criminológica, cambio en virtud del desarrollo científico y técnico. 

Con el avance positivista de los sistemas penitenciarios y gracias a lo aportado por la política criminal, se logró establecer una serie de pasos a seguir para lograr un estudio más claro y preciso de lo que es la criminalidad y las formas para su prevención, dando origen a la Política criminológica, la cual se denomina actualmente así por estar regida por un sistema de estudio o metodología que ayuda a determinar el porqué del actuar de los individuos llegando inclusive a prever una conducta antes de ser cometida y evitar que sea llevada a cabo. 

La política criminológica, se ha convertido actualmente en un aprovechamiento práctico para el legislador, ya que las ciencias penales le permiten dictar las disposiciones de manera pertinente con el afán de conservar el orden social, así como el tomar medidas de prevención social, económicas y psicológicas. Claus Roxin, comenta respecto los alcances de la política criminológica que ‘el transformar los conocimientos criminológicos en exigencias político-criminales.

Estas a su vez en reglas jurídicas de lege lata o ferenda, es un proceso cuyos estudios concretos son igualmente importantes y necesarios para el establecimiento de lo socialmente justo.” En palabras más clara, Roxin, nos da la pauta en la cual se basa la política criminológica, ya que para poder transformar los conocimientos criminológicos a un ámbito político.

Debemos no dejar de lado la importancia de la relación de ambas para que así se puedan determinar reglas jurídicas en virtud de lo socialmente justo, pues los estudios criminológicos permiten que la política pueda analizar las conductas y resolver los conflictos de la sociedad previendo las conductas que afectan a la comunidad y tipificándola en un código penal. Pero, debe agregarse que la política criminal no es exclusiva labor de los juristas, sino que también se involucran especialistas en varias ciencias del hombre y la colectividad como lo son las autoridades del pueblo y las autoridades democráticas.

Con la evolución de las ciencias humanas y sociales, también lo han hecho la democracia y la convivencia social, logrando con estos avances que la política criminológica no se base únicamente en una criminología de derecho, sino que se tomen en cuenta las demás ciencias, ya que esto comienza a escapar del dominio jurídico y judicial. Razón de lo anterior es que ahora se hable de una política criminológica llamada así por el conjunto de materias que ayudan a determinar lo socialmente correcto de una manera más concreta.

Los penalistas creen que lo más importante es la armonía del sistema, cuando lo importante es la operatividad de este; a lo que Rodríguez Manzanera, nos dice que “la bondad del sistema se mide por la forma como resuelve el problema práctico”. Es decir, para determinar el buen funcionamiento de un sistema penal y desprendido de este un buen sistema penitenciario, no basta con la simple creación de una buena política criminológica, sino que esta debe de llevarse a la práctica con la intención de solucionar las controversias sociales, ya que solo así se puede determinar la eficacia con la que se lleva a la práctica lo previsto por la política criminológica.

En otros países, el derecho penal es únicamente estético para el control social, con el cual como todo sistema jurídico se rige por normas estables que proveen la seguridad de los ciudadanos, tutelando de igual manera que no exista una discordancia entre los bienes jurídicos protegidos con la necesidad e intereses que la actualidad exige a nuestra vida social.

En el caso de los países latinoamericanos, la política criminológica, nos cataloga una criminalidad que esta inadaptada económica y culturalmente. Mientras que por otro lado, los avances técnicos han producido nuevas formas de criminalidad que van quedando fuera de los lineamientos previstos en la legislación penal, las cuales han obstaculizado el desarrollo de los mencionados países, siendo ilegales o medianamente legales, pues al no ser detectadas, continúan en secreto y se vuelve sumamente complicado determinarlas de acuerdo con los lineamientos político-criminológicos. 

Visto de un sentido más sencillo, podemos decir que la criminalidad va un paso delante de la política criminológica, pues mientras los estudiosos se esfuerzan por prever y prevenir las conductas atípicas, la sociedad encuentra nuevas formas de cometerlas de acuerdo al tiempo y entorno social que les rodea, ya que como bien sabemos la política criminológica no es más que una rama del estudio del derecho y el derecho es una rama del estudio sociológico, lo que por conclusión nos da que la política criminológica es constantemente variable, aunque esta no va a la par con la sociedad.

Luis Fernández Doblado, nos dice que. las fronteras de la represión penal deben ser fijadas en función de la evolución sociocultural de la comunidad, con lo cual nos manifiesta la complejidad que conlleva la estructura social y que no solo ésta avanza en pro de la comunidad, sino que a la par modifica lentamente el estilo criminal, por ende es necesario que la política criminológica vaya también cambiando de manera simultánea a la sociedad en que ésta se ha creado.

pues cada país determina su política en tanto a las necesidades por cubrir de su colectividad; también podemos mencionar que al avanzar la ciencia a la par con las necesidades de la sociedad, el modus operandi criminal también se va modificando adoptando estos avances. En cuanto lo que se puede concluir de la política criminal o conocida actualmente como política criminológica; es una de las partes medulares de nuestra sociedad, pues sin esta, le sería imposible a los legisladores el determinar los actos punibles, así como las sanciones y penas para cada uno dependiendo de la gravedad de dichos actos.

Del mismo modo, sin los criterios de esta política criminológica, llamada así gracias la incorporación de las ciencias y los estudios humanísticos que trabajan en conjunto para darle vida, los juzgadores no podrían dictar resoluciones en cuanto al alcance del daño que la acción punible le ha realizado a un particular o a la sociedad, ni si este fue realizado de manera dolosa o culposa.

Actualmente la política criminológica en el caso particular de México es la base del sistema penal, pues este se auxilia de las diversas ciencias para poder ser llevado a la práctica, desde la reforma de junio de 2008, volviendo la justicia penal de una vaga a una metodológica que se basa en la igualdad entre las partes y las ciencias exactas para esclarecer la verdad y determinar las sanciones a las que es acreedor cada individuo.

Conclusión

De lo ya mencionado, debemos agregar también que gracias al nacimiento de la política criminal y su posterior evolución a la política criminológica, se da el nacimiento del derecho penitenciario mismo que se enfoca en el estudio de cómo se desarrollan los individuos privados de libertad en su vida de confinamiento en un centro penitenciario, siendo que el derecho penitenciario se encarga de regular las actividades sobre la ejecución de las penas y del cual se desprende la tan mencionada Ley Nacional de Ejecución Penal, la cual es considerada la principal normativa que fundamenta esta investigación.

Por otro lado, no es de más decir que el derecho penal y el derecho penitenciario van de la mano uno del otro y que dependen entre si, pues sin el derecho penal no habría delitos ni manera de castigarlos; y sin un derecho penitenciario no habría manera de llevar a cabo el castigo previsto por el derecho penal por la comisión de un delito, siendo ambas ramas del derecho parte de la política criminológica, la cual tiene como finalidad el bien común a través de la prevención de las conductas tipificadas. 

17 August 2021
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