John Locke y su Teoría Política en el “Segundo Tratado De Gobierno Civil”

A lo largo del período moderno, los contractualistas han jugado un papel esencial en la concepción de la relación existente entre la libertad del ser humano y el Estado. Por eso, dedicaremos la siguiente parte a John Locke y su teoría política propuesta en el “Segundo tratado de Gobierno Civil”.

Locke inicia explicando que la libertad consiste “en estar libre de restricción y violencia por parte de los demás”; esta concepción puede parecer algo burda si es que no tenemos en consideración lo que “restrictivo” y “violento” significan. Para poder esclarecer esto de una manera adecuada, es necesario partir de lo que el padre del liberalismo entendía como lo bueno y lo malo en relación al hombre, puesto que, estos términos se están utilizando en un sentido peyorativo en relación a la libertad del ser.

Para Locke, es bueno aquello que causa un placer y es malo aquello que ocasiona un dolor o malestar. De esta manera vemos que lo restrictivo, que por definición es entendido como una limitación que es producida sobre algo y, lo violento, que es el uso de la fuerza para alcanzar un determinado fin; están siendo utilizados como adjetivos que, en relación con la libertad, no pueden hacer más que generar un malestar en el hombre, impidiendo que este mismo pueda realizarse en relación a un determinado bien entendido racionalmente por el propio ser.

Es meritorio saber también uno de los cuestionamientos principales que merodean el presente tema: ¿quiénes son libres? La solución a esta pregunta no es algo a lo que solamente los contractualistas se hayan abocado, filósofos como Aristóteles ya han tratado de dar una respuesta a esta pregunta. El estagirita, por ejemplo, expresa que la esclavitud, entendida como la ausencia de libertad, es algo que naturalmente se ha dado y debe darse. Por otro lado, John Locke postula algo distinto en relación a esta pregunta, él expresa que la libertad es algo intrínseco a todo hombre, porque justifica la libertad de los mismos en su cualidad racional que es, asimismo, una cualidad intrínseca a este.

Esta relación entre libertad y razón es más explayada al hacerse una distinción que, de cierta manera, ayudará al presente trabajo a dejar más clara la respuesta a esta interrogante. Locke advierte que no debe confundirse la libertad con el ejercicio de la misma, tal y como lo reduce Williams “Si bien el hombre nace libre por su sola condición racional, no ejerce actos libres mientras no tenga el desarrollo suficiente de la razón que lo habilite para conocer y discernir”. A esto debemos considerar una segunda distinción que conlleva el primer término explicado, “restricción”, y es que, a los niños que recién están ejerciendo su racionalidad en una escala creciente, se les tiene en realidad bajo ciertos cuidados que, de cierta manera, ayudan a encaminar a los mismos a que puedan hacer un uso total de sus capacidades; consiguientemente, ya no tendrán esta relación de dependencia con sus padres y podrán ejercer eficientemente su libertad en la sociedad.

Ahora bien, valiéndonos de lo ya expuesto podemos ver que, además de que los hombres nacen libres, estos pueden ejercer esta libertad para disponer de aquello de lo que son poseedores; entiéndase así, disponer de sí mismos o de sus posesiones (no en un sentido absoluto, pero en ello se ahondará brevemente más adelante). Siendo estos hombres capaces de disponer de sus posesiones y, entendiendo a los derechos como posesiones que el hombre tiene para que pueda vivir en armonía dentro de una sociedad, podemos ver que, en cierta medida, puede disponer de sus derechos en cuanto que lo hace para obtener algo que le es beneficioso. Locke hace uso de estas ideas para poder principalmente explicar cómo y por qué es que el hombre sale del estado de naturaleza.

El estado de naturaleza es un término ampliamente tocado por los contractualistas, en el caso de Locke, este postula el estado de naturaleza como aquella situación, previa al Estado, en la que el hombre goza de una desmesurada libertad para hacer aquello que le plazca y en cuanto le plazca. No debe entenderse, y, por esto hacemos uso del término “desmesurado” y no “absoluto”, que la libertad aquí no tiene límite alguno, porque el hombre, por ejemplo, no tiene la libertad de autodestruirse porque atentaría contra de su propia naturaleza.

En base a lo ya dicho parecería ser que el estado de naturaleza es la situación idónea para vivir plenamente nuestra libertad, pero según Locke, esto no sería realmente lo más conveniente, pues postula que el estado de naturaleza tiene un problema y es que, cada uno de los seres presentes en este se tendría que hacer cargo por sí mismo de la defensa de sus derechos; lo que podría significar que, si en algún momento una persona con más poder o fuerza tiene la intención de quitarle a otro sus bienes, este tendría que defenderse por sí mismo, lo cual es desproporcional. Es en esta posición en la que se escuda Locke para justificar que el estado de naturaleza no es el medio idóneo para la realización de la libertad y, por lo mismo, los seres humanos, haciendo uso pleno de su libertad en búsqueda de aquello que es beneficioso, deben decidir desprenderse del hecho de defender sus derechos para entregarle ese poder al Estado a través de un contrato que sea capaz de garantizar una buena convivencia en sociedad.

Finalmente, Locke también hace una distinción de los poderes que conforman al Estado, especificando dos de estos, el poder legislativo y el poder ejecutivo, ambos funcionando a manera de garantes de la seguridad ciudadana en el entorno que regulan. El poder legislativo tendría la función de promulgar leyes para este nuevo tipo de convivencia y el poder ejecutivo sería un órgano de carácter permanente que vigile la puesta en práctica de las leyes y su aplicación, debiendo estar subordinado al órgano del que emanan las normas que debe hacer cumplir.  

17 August 2021
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