La Cárcel Como Medida De Contención Del Descontento Social

El presente ensayo tiene como principal objetivo partir del Derecho Comparado para analizar el sistema Penitenciario de Chile y Perú e identificar cuáles son los desafíos que se presentan en dichos sistemas, en el contexto de la justicia penal. Para ello, en el primer capítulo se abordará cuáles son las principales características del sistema penitenciario chileno. Por otro lado, el segundo capítulo se centrará en comparar tanto el sistema penitenciario chileno como peruano, estableciendo cuáles son sus similitudes y diferencias. Por último, en el tercer capítulo abarcará el análisis de las ventajas y desventajas del sistema penitenciario chileno y el peruano.

CAPÍTULO 1: SISTEMA PENITENCIARIO CHILENO

Este primer capítulo tendrá como finalidad analizar y entender el funcionamiento y estructura del sistema penitenciario chileno. Ante ello, en primer lugar, se deberá abordar cuál es el objeto o finalidad del régimen penitenciario de Chile. En segundo lugar, se desarrollará la figura de la Gendarmería y cuáles son los subsistemas penitenciarios.

OBJETO DEL SISTEMA PENITENCIARIO CHILENO

Partiendo de la Ley N° 20.405, norma que regula la finalidad del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), el régimen penitenciario tiene por objeto la promoción y protección de los derechos humanos de las personas que habiten en el territorio de Chile (Artículo 2, Ley N° 20.405, del Instituto Nacional de Derechos)[footnoteRef:1]. Siguiendo con esta línea, se establece en la Ley N° 19.856 y el Decreto N° 685 -Reglamento de la Ley N° 19.856- “un sistema de reinserción social de los condenados sobre la base de observación de buena conducta”.

Asimismo, el Ministerio de Justicia de Chile, desde su página oficial sobre Reinserción Social[footnoteRef:2], indica que en el marco de la normativa nacional e internacional, “la pena impuesta a una persona condenada no solo debe sancionarla y privarla de algunos de sus derechos, sino que también, debe ofrecer oportunidades para la obtención de conocimientos y habilidades que favorezcan su inserción a la comunidad una vez que hayan cumplido su condena, mediante una intervención especializada”.

Entonces, se puede entender que el objeto del sistema penitenciario de Chile es la protección de los derechos humanos y, con ello en específico, la reinserción social, pues el fin de la pena no es la mera sanción y privación de derechos sino la inserción a la comunidad.

GENDARMERÍA Y LOS SUBSISTEMAS PENITENCIARIOS

SOBRE LA GENDARMERÍA DE CHILE:

La Gendarmería de Chile es un organismo dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, cuya misión es “la custodia y vigilancia de las personas privadas de libertad, así como también, contribuir a la reinserción social de aquellas personas que han sido condenadas” 

Según el artículo 1 del Decreto Ley N° 2859 de 1979, Ley Orgánica de Gendarmería de Chile, la misión y finalidad de la Gendarmería es “atender, vigilar y contribuir a la reinserción social de las personas que por resolución de autoridades competentes, fueren detenidas o privadas de libertad y cumplir las demás funciones que les señala la ley’ (Decreto Ley N° 2859, artículo 1)

En esa misma línea, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Chile precisa que la Gendarmería debe ser tener como tarea principal buscar acciones que logren que “las personas se inserten en la comunidad una vez cumplida su condena”. Asimismo, afirma que para que dicha meta pueda lograrse es necesario una política de Estado intersectorial, que pueda hacer dialogar “los intereses del sistema de justicia criminal con los de la sociedad civil y los de seguridad pública” (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Chile, 2017: 12). Se tiene, entonces, que en búsqueda de cumplir el objeto del régimen penitenciario de Chile se establece normativamente, con rango de ley, un importante papel a la Gendarmería: propiciar la reinserción, meta que debe ser propiciada desde una política de Estado intersectorial.

SOBRE LOS SUBSISTEMAS PENITENCIARIOS:

Partiendo de la investigación realizada por la Pontificia Universidad Católica de Chile sobre el sistema carcelario de dicho país, “el sistema penitenciario consta de tres subsistemas que forman parte de Gendarmería: cerrado, semi abierto y abierto”

En primer lugar, quienes están privados de libertad se ubican en el subsistema cerrado. A este grupo pertenecen los detenido, imputados y condenados. Estos se encuentran en 84 recintos carcelarios, los Centros de cumplimiento penitenciario y los Centros de detención preventiva. 

En segundo lugar, en el subsistema semi abierto se encuentran quienes han sido condenados a una pena privativa de libertad pero que tienen su cumplimiento en semi libertad. Citando a Genchi, en la investigación mencionada se indica que el porcentaje de dicho subsistema es menor a 1% 

En tercer lugar, en el subsistema abierto se encuentran, por un lado, quienes fueron sentenciados a las penas establecida en la Ley N° 18.216: remisión condicional de la pena, libertad vigilada, libertad vigilada intensiva, reclusión parcial, en las modalidades nocturna, diurna y de fin de semana, y prestación de servicios a la comunidad; y, por otro lado, quienes cuentan con beneficios de reinserción o con apremios en uno de los 33 centros de reinserción social.

Finalmente, en la investigación citada también se indica que forma parte del sistema penitenciario la institucionalidad postpenitenciaria, creada por la Ley N° 20.426 en 2010. Esta se encarga de quienes están en proceso de eliminación de antecedentes penales y de las personas condenadas que beneficiadas con libertad condicional o indulto conmutativo.

Así las cosas, la mayor población, según las estadísticas, corresponde a los varones en el subsistema abierto; y la menor a las mujeres en el subsistema post penitenciario.

Por otro lado, en el informe anual 2010 realizado por la Universidad Diego Portales de Chile sobre el Sistema Penitenciario y Derechos Humanos, precisa, citando al Consejo para la Reforma Penitenciaria, lo siguiente: “independiente del tipo de sistema en que se encuentren los penados, en todos ellos es obligación del Estado realizar intervenciones destinadas a la reinserción de los mismos, las cuales deberían implicar oportunidades de educación, trabajo, desarrollo cultural, actividades religiosas y contacto intensivo con la familia”. 

CAPÍTULO 2: ANÁLISIS COMPARATIVO DEL SISTEMA PENITENCIARIO DE CHILE Y PERÚ

¿CUÁL ES EL OBJETO DEL SISTEMA PENITENCIARIO?

El Instituto Nacional Penitenciario (INPE) es el organismo público descentralizado del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, ente rector del Sistema Penitenciario Nacional, cuyo objetivo es la Reeducación, Rehabilitación y Reincorporación del penado a la sociedad; objetivo que responde al principio constitucional plasmado en el artículo 139º inciso 22 de la Constitución Política del Perú y es reconocido en el artículo II del Título Preliminar del Código de Ejecución Penal.

A diferencia del sistema chileno, en el caso peruano sí se establece expresamente en su Constitución Política cuál es el fin del régimen penitenciario. En la Constitución Política del Perú en el artículo 139.22 se precisa lo siguiente: “El principio de que el régimen penitenciario tiene por objeto la reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad”. Se tiende entonces que el objeto del régimen penitenciario en el Perú es la reeducación, la rehabilitación y la reincorporación, estableciéndose este, además, como un principio constitucional. Por su parte, en el caso chileno, como ya se indicó en el primer capítulo, el objeto del régimen penitenciario es la promoción y protección de los derechos humanos de las personas que habiten en el territorio de Chile. Este objeto fue establecido con rango legal, a diferencia del peruano, cuyo objeto del régimen penitenciario es constitucional.

¿LAS CÁRCELES COMO MEDIDA DE CONTENCIÓN DEL DESCONTENTO SOCIAL?

Una de las similitudes más relevantes en los sistemas penitenciarios tanto chileno como peruano es el uso de las cárceles como una medida de contención del descontento social. Según una investigación realizada por el Centro de Políticas de la Universidad de Chile, “la percepción de aumento de la delincuencia se disparó a un máximo histórico de 86,8% en 2015” (UC 2017: 2). Ante ello, existía, y aún existe, la demanda por una mayor seguridad. Y la respuesta a dicha demanda tuvo como respuesta una política penal que ha enfatizado el carácter punitivo del sistema (UC 2017: 2). Todo ello “se ha traducido en altas tasas de población penal, hacinamiento persistente y aumento exponencial de los costos (UC 2017 citando a Oliveri, 2011). En el caso peruano, existe la misma respuesta por parte del Estado, muestra de ello son los altos índices de hacinamiento y la baja probabilidad de reinserción en la sociedad. Esto empeora si como en el caso peruano, “El presupuesto anual del INPE para el año 2019 asciende a S/820,5 millones, de los cuales S/170,6 millones se destinarán a infraestructura, monto insuficiente” en un contexto como el de Perú.

ANÁLISIS VALORATIVO ENTRE EL SISTEMA PENITENCIARIO DE CHILE Y PERÚ

El sistema penitenciario peruano tiene un marco constitucional expreso que busca con primacía la resocialización cuando una persona cumple su pena. Sin embargo, fácticamente, hace falta un marco más institucional y de políticas públicas que puedan concretar dicho objeto. En el caso chileno, se puede apreciar un mayor avance en cuando a la implementación del objeto de su sistema penitenciario, a pesar incluso de su reconocimiento legal (y no constitucional como el peruano). Muestra de lo último indicado es el planteamiento de la Política Pública de Reinserción Social establecido por el Ministerio de Justicia de Chile que busca no solo la prevención del delito sino la reinserción social, se tiene a este último como eje. Además. Podría indicarse que en Chile se presenta una denotada mejor infraestructura como el Centro de Justicia de Santiago que procura la agilidad en los procesos penales. Asimismo, en Chile el Plan Nacional de Derechos Humanos, impulsado por la Subsecretaría de Derechos Humanos de esta cartera de Estado, “permite avanzar hacia una política penitenciaria que cumpla con los estándares de derechos humanos, considerando un conjunto de medidas que dignifiquen las condiciones de reclusión y entreguen mecanismos oportunos a las personas condenadas para hacer valer sus derechos” (Ministerio de Justicia de Chile, 2017: 7). Esta sería una de las ventajas del sistema penitenciario chileno: la implementación institucional para alcanzar la reinserción a partir de la Política Pública interseccional.

Sin embargo, una de las desventajas de dicho sistema penitenciario al igual que el peruano refiere a que, a pesar de los intentos institucionales y el establecimiento de la reinserción social como objeto del sistema penitenciario, en lo fáctico se corrobora que dicho objeto no se cumple. Por el contrario, aún se presentan violaciones de derechos humanos, hacinamiento y poca inversión en infraestructura en el sistema penitenciario en el caso del Perú. Así, en el último Informe Anual sobre derechos humanos, elaborado por la Universidad Diego Portales de Chile, se indica lo siguiente:

“Es nuestro actual sistema penitenciario: un régimen en el cual los privados de libertad viven en malas condiciones materiales, en el hacinamiento, con falta de servicios básicos de higiene, una mala alimentación, e incluso carencia de una cama donde dormir. Un sistema donde la violencia entre internos y también de parte de la autoridad –Gendarmería– es una cuestión diaria y parte del proceso de castigo de la persona presa por su proceso judicial, incluso convirtiéndose –en múltiples situaciones– en casos de tortura y tratos inhumanos o denigrantes. Un ámbito donde los programas laborales y de reinserción social son escasos, y la principal inversión de recursos está destinada a la gestión y seguridad de los recintos penitenciarios” (Universidad Diego Portales 2018).

En el caso peruano no existe la privatización o tercerización de las cárceles, como sí ocurre en Chile, este podría ser una desventaja, como algunos autores proponen, puesto que falta un mayor presupuesto en la infraestructura del sistema penitenciario para mejorar las condiciones humanitarias y reducir el hacinamiento (Peñaranda 2019: 8). Sin embargo, si analizamos el caso chileno, en este sistema sí existe la privatización; sin embargo, a partir de los anteriores estudios analizados, aún persisten problemas como el hacinamiento. Entonces, ¿la privatización del sistema penitenciario realmente soluciona dichos tipos de desafíos?

CONCLUSIONES

En el presente ensayo se planteó como principal objetivo partir del Derecho Comparado para analizar el sistema Penitenciario de Chile y Perú e identificar cuáles son los desafíos que se presentan en dichos sistemas, en el contexto de la justicia penal. Para ello, se abordó las principales características del sistema penitenciario chileno. Por otro lado, se comparó tanto el sistema penitenciario chileno como peruano, estableciendo cuáles son sus similitudes y diferencias. Por último, se analizó de las ventajas y desventajas del sistema penitenciario chileno y el peruano. La reflexión de todo sistema penitenciario siempre debe ser constante para identificar sus debilidades y plantear soluciones, todo en el marco de un régimen que tenga como principal fin la reinserción social y no la mera imposición punitiva; que la cárcel no sea una medida de contención del descontento social

BIBLIOGRAFÍA:

  • CONGRESO CONSTITUYENTE DEMOCRÁTICO
  • 1993 Constitución Política del Perú.
  • http://www4.congreso.gob.pe/ntley/Imagenes/Constitu/Cons1993.pdf
  • BIBLIOTECA NACIONAL DEL CONGRESO
  • 2016 Ley Núm. 20.405 del Instituto Nacional de Derechos Humanos.
  • https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1008867&idVersion=2016-01-05
  • MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE CHILE
  • 2017 Política Pública de Reinserción Social. Subsecretaría de Justicia. Chile. Última consulta: 17 de agosto de 2019.
  • http://www.minjusticia.gob.cl/media/2018/01/Pol%C3%ADticas_P%C3%BAblicas_Reinserci%C3%B3n_Social_2ed2017.pdf
  • 2018 Marco Normativo en Materia Penitenciaria. Última consulta: 17 de agosto de 2019.
  • http://www.reinsercionsocial.gob.cl/marco-normativo/
  • Página sobre Reinserción Social del Ministerio de Justicia de Chile. Última consulta: 17 de agosto de 2019.
  • http://www.reinsercionsocial.gob.cl/marco-normativo/
  • PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE
  • 2017 Sistema carcelario en Chile: propuestas para avanzar hacia una mayor efectividad y reinserción. Centro de Políticas Públicas UC. Año 12 / No 93 / marzo 2017.
  • https://politicaspublicas.uc.cl/wp-content/uploads/2017/05/Art%C3%ADculo-Sistema-carcelario-en-Chile.pdf
  • PEÑARANDA CASTAÑEDA, CÉSAR
  • 2019 “CÁRCELES PERUANAS: HACINAMIENTO Y EL ALTO COSTO ECONÓMICO”. La Cámara. Revista de la Cámara de Comercio de Lima. Febrero, 2019.
  • https://www.camaralima.org.pe/repositorioaps/0/0/par/edicion866/la%20camara%20866.pdf
  • UNIVERSIDAD DIEGO PORTALES DE CHILE
  • 2010 Informe Anual sobre Derechos Humanos en Chile. Capítulo 4: Sistema penitenciario y Derechos Humanos. Última consulta: 17 de agosto de 2019.
  • http://www.derechoshumanos.udp.cl/derechoshumanos/images/InformeAnual/2010/Cap%2004%20Sistema%20penitenciario%20y%20ddhh.pdf
  • 2018 Informe Anual sobre Derechos Humanos en Chile. Derechos humanos de los privados de libertad: Las cárceles en Chile: ¿avances o mantenimiento del status quo? Última consulta: 17 de agosto de 2019.
  • http://www.derechoshumanos.udp.cl/derechoshumanos/images/InformeAnual/2018/Alcaino-Derechos-de-privados-Libertad.pdf
24 Jun 2021
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