Delitos Relacionados con Crímenes Cibernéticos

Primero que todo es importante saber de qué se trata o que incluye todo aquello que llamamos crímenes cibernéticos. Este tipo de crímenes es aquel que se comete utilizando un aparato electrónico ya sea; un celular, una computadora, una tablet, etc. Mayormente que tengan acceso a la red del internet. Existen muchos crímenes los cuales son considerados cibernéticos, pero a través de este ensayo le daré énfasis a los que para mí son de los más comunes. Estos son: Pornografía infantil, “Cyberbulliyng” (por su término en inglés) y robo de identidad. Bajo el código penal de Puerto Rico, los crímenes cibernéticos son considerados de tipo grave y la Ley Núm. 246-2012, según enmienda, contiene artículos a favor de la protección de las personas que han sido víctimas de cualquiera de las clasificaciones que incluya. (Delitos de obscenidad y pornografía infantil: artículos del 144 – 152, Delitos contra la tranquilidad personal: artículos 177 – 178, Delitos relacionados a la usurpación de identidad: artículos del 208 – 209).

Entonces según el: World Congress Against Comercial Sexual Exploitation of Children (WCACSEC), define la pornografía infantil como: la reproducción sexualmente explícita de la imagen de un niño o niña, haciendo uso del engaño y la violencia. Cuando de pornografía se trata no basta con solo filmar al menos, sino también de lucrarse del contenido que se obtuvo a través de la actividad ilícita. Cuando menciono lucrarse me refiero tanto monetariamente como “satisfactoriamente” como le dicen estas personas las cuales claramente sufren de algún desorden mental. Que, dicho sea de paso; según un artículo en línea de crhoy.com (periódico de Costa Rica), pedófilos pagan hasta una cantidad de 1 millón de colonos por ese material que en dólares hablamos de alrededor de unos $2,000 dólares. Por otro lado, en Puerto Rico en el año 2013 hubo un caso controversial. Se trataba del ex comisionado de la policía municipal de San Juan, acusado de pornografía infantil. A raíz de una confesión de su hija mayor hacia su madre, la reportera del tiempo Deborah Martorell de que su padre había abusado de ella. Cuando inician la investigación le incautan material pornográfico infantil de una joven que era vecina de la familia. Hilton Cordero tenía alrededor de 76 imágenes las cuales la menor se tomaba con una cámara que el convicto le entrego. El mismo le pagaba entre $100 y $600 dólares para poder obtener las fotografías y mientras más explicitas fueran le pagaba a la menor aún más. Los hechos ocurrieron cuando la joven tenía entre 13 y 18 años. Los lamentables hechos afectaron tanto a la menor como a su madre. El acusado tuvo que incurrir en unos gastos médicos valorados $46,800 dólares, en tratamientos psicológicos.

Por otro lado, tenemos el “Cyberbullying” conocido por su término en inglés, se trata de un acoso principalmente psicológico, cuya herramienta primaria son todos aquellos medios telemáticos, entiéndase; teléfono celular, computadoras y hasta consolas de video juegos. El termino fue escogido para cuando existen menores de por medio. En el momento en que la víctima comienza a ser parte de un círculo el cual solamente se concentre en la burla hacia su persona ya automáticamente se denomina acoso cibernético. Este tipo de comportamiento se puede manifestar de diferentes maneras, a continuación varios ejemplos: Subir una foto a cualquier red social la cual tenga la imagen de la persona (real o alterada en “Photoshop) con motivo de burla ya sea por la ropa que lleva puesta, por la expresión en su cara o cualquiera aquella razón que la persona que está siendo víctima se vea afectada, Enviar mensajes de manera privada y/o anónima cuyo contenido sea amenazante, estar presente en todos los lugares de Internet provocándole a la víctima agobio y desesperación, usurpar el lugar de la víctima con un perfil falso o incluso “hackeando” su cuenta, dejando comentarios ofensivos en público para que luego las consecuencias las tome la persona quien realmente no fue. 

Lamentablemente el “cyberbullying” se ha convertido en una situación que muchas veces se sale de control, porque originalmente, es difícil conseguir el punto de origen de todo el acoso y peor aún, cuando de fotos se trata una vez se coloque alguna en cualquier red social automáticamente no le pertenece a la persona que la subió de primera instancia. Entonces según un artículo realizado por la Universidad Internacional de Valencia, alguno de los efectos que pueden sufrir los/las estudiantes victimas del acoso cibernético son: Rechazo a la escuela, trastornos emocionales, sentimientos de culpabilidad, depresión, ansiedad, baja autoestima, entre otros. En Puerto Rico, Ana D. Merced Torres (quien fue la primera persona en publicar su tesis doctoral a base del acoso cibernético en la isla) a través de una encuesta realizada a seis escuelas públicas intermedias y tres superiores, reveló que: “…90.1% de los padres, un 89.5% de los maestros y un 75% de los directores encuestados mostraron tener poco conocimiento general del cyberbullying.” Lamentablemente estas son las estadísticas que muestran el desconocimiento real sobre el tema y que provoca casos como el de: Amanda Todd, una chica de 15 años residente de Canadá, que utilizo la plataforma de YouTube para narrar el sufrimiento que estaba atravesando. El video fue poco antes de suicidarse. Amanda tuvo que ser cambiada de escuela dos veces por motivo de cyberbullying. Conoció por internet a un hombre y le envió una foto en la cual posaba desnuda y se la envió. Poco después el individuo la extorsiono y la amenazo de que enviaría su foto, a todas las personas si ella no hacia lo que él quería. Este tipo de conductas es más común de lo que nosotros podemos pensar.

De esta manera pasamos a definir; de que se trata el robo de identidad. Con el pasar de los años y el aumento de la tecnología, cometer este tipo de crimen se ha vuelto más común y hasta más fácil para quienes se dedican a hacerlo. El uso de internet es fundamental y muchas veces utilizan el engaño para lograr usurpar identidades. Usualmente el fin de este crimen es tener acceso a lo que cada persona debería tener privado e individual, hablamos de; información confidencial (cuentas bancarias, seguro social), claves de acceso (redes sociales, emails), identificaciones. Además de lograr acceso, utilizan tu nombre e información para obtener bienes como: propiedades (casas, autos), préstamos bancarios, etc. Lo más lamentable de este tipo de situación donde una persona es víctima del robo de identidad es que acceden a brindar información voluntaria creyendo que es una ayuda. También se han dado los casos en que personas recibían llamadas y había otra indicándole que se había ganado un premio y a través del teléfono desconociendo de dónde provenía, se le solicitaba información, la persona la entregaba y ahí automáticamente era que ya estaba el primer paso para el crimen. Un artículo de About Español, sobre el robo de identidad da 7 consejos para evitar ser víctima del robo identidad. Estos son: 

  • Precaución al abrir correos electrónicos
  • Utiliza URL directos para acceder a páginas bancarias
  •  Evita usar computadoras públicas
  •  Usa contraseñas fuertes
  • Realiza compras seguras en Internet
  • Nunca envíes información personal por correo electrónico
  • Toma precauciones fuera de línea también

Para concluir, nadie en el mundo está exento de ser víctima de ningún tipo de crimen. Menos hoy en día con la tecnología tan avanzada que tenemos que ni siquiera se tiene que salir del hogar para ser atacado. Muchas personas desconocen que hay agencias tan privadas como públicas que ayudan con información preventiva para evitar que cada día más sigan aumentando las víctimas de los crímenes cibernéticos. Particularmente el gobierno de Puerto Rico realiza charlas y tiene su página de internet: pr.gov donde puedes conseguir información por si en algún momento usted o algún familiar o conocido llega a ser atacado pueda saber que hay leyes que lo cobijan. Estas leyes son punitivas y castigan este tipo de crimen, no lo pase por alto y tome acción.

Referencias

  1. Internetseguro.pr.gov. (2018). Delitos Cibernéticos | InternetSeguro.pr.gov. [Online] disponible en: http://internetseguro.pr.gov/delitosciberneticos/ [Accesado, 25 agosto 2018].
  2. Rojo García, J. C. (s.f.-c). La Realidad de la Pornografía Infantil en Internet. Disponible,http://espacio.uned.es/fez/eserv/bibliuned:revistaDerechoPenalyCriminologia-2002-9-5080/Documento.pdf
  3. Cobián, M. (2013, 18 noviembre). Sentencian a Hilton Cordero a 10 años de prisión en caso federal de pornografía infantil. Recuperado 25 agosto, 2018, de http://www.primerahora.com/noticias/policiatribunales/nota/sentencianahiltoncorderoa10anosdeprisionencasofederaldepornografiainfantil-970953/
  4. ¿Qué es el Ciberbullying? (2017). Recuperado 30 agosto, 2018, de http://www.ciberbullying.com/cyberbullying/que-es-el-ciberbullying/
01 August 2022
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