La Sentencia de Marbury v Madison y La Supremacía Constitucional

Introducción 

En la humanidad se hace evidente que existe una cultura al hablar sobre orden jurídico, puesto que aquel ha brindado el reglamento necesario para vivir en sociedad en cuanto a la comprensión de su naturaleza. Cuando se habla de garantía se refiere a una función que no está exactamente explícita y para entender el principio de su esencia es necesario exponer la importancia que tiene la Carta Política en un estado y como esta es suprema ante todos los ordenamientos jurídicos, dando así paso al tema principal que es la Supremacía Constitucional que se encuentra explícita en el Artículo 4 de la Constitución Política de Colombia, asimismo en el precedente judicial más importante de la historia que es la Sentencia de Marbury vs Madison, en donde se establecieron los principios, las teorías y las bases de la Supremacía Constitucional. 

Contenido

De igual forma para hacer referencia sobre Supremacía Constitucional, se debe dirigir la mirada principalmente a la importancia que tienen la Carta Política la cual fue creada en función de satisfacer la necesidad del pueblo para regularizar las conductas de cada individuo, y si no se establecen límites formales y materiales se generaría un abuso de poder y este mismo estaría concentrado en un grupo determinado de personas. Por lo que en el Artículo 4 de la Constitución de Colombia dice: La Constitución es norma de normas. En todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales. Es deber de los nacionales y de los extranjeros en Colombia acatar la Constitución y las leyes, y respetar y obedecer a las autoridades en este sentido.

Sin embargo García Pelayo (1984) jurista y politólogo confirma el alcance que tiene una constitución, teniendo en cuenta que aquella no es solo una norma de normas, si no la primera norma del ordenamiento entero porque se considera fundamental, en donde divide los poderes y los equilibra. 

Ahora bien la constitución no depende de las voluntades particulares o del acuerdo de determinadas personas, sino nace de la voluntad del pueblo y su objetivo principal es controlar el poder para que así no se concentre en ciertas personas, sin dejar a un lado los principios y valores que salvaguarda la constitución.

Al hablar de supremacía se debe acentuar que su principio de legitimidad, esté determinado para que toda norma deba permanecer válida, por cual si una ley, un decreto o un dictado normativo diferente, contraviene o se opone a la constitución serán nulos de pleno derecho, dando presunción de validez de legalidad a la norma fundamental, con esto también se aclara que no debe existir derogatorio o declaración de invalidez de una norma, esta debe ser cumplida, presumiendo su legalidad, viendo a la constitución como principal actor dentro del ordenamiento jurídico, entendiendo así su origen, fundamento y esencia de las normas constitucionales. Como lo aclara la corte constitucional en su sentencia C- 054/16 esta tarea es asumida en el marco del control de constitucionalidad, el parámetro de escogencia es la vigencia de la Constitución, por lo que la Corte, a partir de la función directiva de la Carta Política, define qué comprensiones de las normas resultan compatibles con la supremacía constitucional, proscribiendo aquellas que no cumplan con esa condición.

Asimismo en la Sentencia C-415 del 2012 menciona que la supremacía constitucional es la base de la libertad y de la protección de todo individuo, sin romper la conexión entre determinadas normas puesto que la parte esencial del derecho constitucional es el análisis de la constitución. Se puede considerar que la constitución es el fundamento básico para la producción jurídica, esta superioridad determina técnicas de interpretación que no pueden ser traspasadas por los poderes ordinarios en el ejercicio de sus competencias dando aquella expresión en las mayorías dominantes que se proyecta sobre las normas postconstitucionales y sobre la ley del tribunal constitucional como garante jurisdiccional.

Ahora bien, sin dejar a un lado es importante traer a colación el precedente judicial más importante para Estados Unidos y para la historia en general. El caso de Marbury contra Madison fue un proceso judicial que fue atendido por la Corte Suprema de los Estados Unidos, es considerada la jurisprudencia más importante de Estados Unidos ya que establece los principios fundamentales para la Supremacía Constitucional, la sentencia afirma la capacidad que tienen los tribunales de realizar control de constitucionalidad, es decir juzgar conformidad de una ley con la Constitución y para aprobar y derogar las que son inaplicables por lo que estas pueden ir en contra de la misma. A raíz de esto se crean las bases de la supremacía que son: La constitución representada por la norma suprema de Una nación que limita los poderes, una ley creada por el congreso contraria a la constitución es nula y no puede obligar a los tribunales a obedecerla, la obligación del poder judicial es hacer valer la ley y proteger la constitución, en casos donde una ley ordinaria del legislativo y la constitución sean aplicables, deben considerar que la constitución, es superior a cualquier ley, la sentencia afirma la capacidad que tienen los tribunales de realizar control de constitucionalidad, es decir juzgar conformidad de una ley con la Constitución y para aprobar y derogar las que son inaplicables por lo que estas pueden ir en contra de la misma. A raíz de esto se crean las bases de la supremacía que son: La constitución representada por la norma suprema de Una nación que limita los poderes, una ley creada por el congreso contraria a la constitución es nula y no puede obligar a los tribunales a obedecerla, la obligación del poder judicial es hacer valer la ley y proteger la constitución, en casos donde una ley ordinaria del legislativo y la constitución sean aplicables, deben considerar que la constitución, es superior a cualquier ley. La corte sostiene en dicha sentencia que hay límites para todo poder público, con un caso como este la corte suprema no sólo afianzó el valor que tiene la constitución, sino que también lo que llamamos legitimidad de poder, gracias a esta sentencia que se convirtió en un símbolo para la relación de constitución y supremacía constitucional, puesto que evidencia por primera vez el gran valor normativo que tiene con si la constitución frente a todo poder político.

Se evidencia que Marbury nunca fue posicionado, ya que no fue notificado, jugando con los derechos que tienen las demás personas, y no se pueden violentar por la fuerza que ejercen otros poderes.

Conclusión

En pocas palabras la supremacía constitucional es la base inherente que se le atribuye con gran importancia a toda forma de vida constitucional, además, es indispensable hablar de su dimensión en cuanto a su naturaleza, puesto que la Constitución es y siempre será la norma suprema en el ordenamiento jurídico de un estado, en donde prevalecen las garantías y derechos sin dejar a un lado al bloque de constitucionalidad que defiende los derechos del individuo por medio de los tratados internacionales en donde salvaguardan los derechos fundamentales, al hablar estrictamente de Marbury y madison se afirma la capacidad de los tribunales para la realización de todo el control constitucional, cabe aclarar que con esto se refiere a la conformidad de la una ley como aquella atribución más importante del poder judicial, dando el nacimiento a los primeros tribunales constitucionales que abarcan la trayectoria de la historia del derecho constitucional.

BIBLIOGRAFÍA 

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24 May 2022
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