Acuerdos y Condiciones de Pagos Extrajudicial

Introducción

Uno de los mejores escenarios que pudiese ocurrir en una relación o sociedad donde participan figuras como el acreedor y el deudor declarado como insolvente, es agotar todos los esfuerzos posibles para alcanzar un acuerdo de pago extrajudicial. De forma tal, que ambos participantes logren disfrutar (a destiempo) de los beneficios formalizados al inicio del negocio y lo más importante finalizar la relación comercial habiendo honrado la totalidad de los acuerdos previos de pago. 

Desarrollo

Con el acuerdo de pago extrajudicial se busca enmendar, por un lado, la morosidad y por el otro hacer satisfacer las exigencias de pago, que por derecho le corresponde al acreedor, todo ello fuera de un evento judicial que podría llegar a extenderse por varios meses. Entendamos que toda deuda tiene solución, forma o alternativa de revertirla hasta honrarla cabalmente. Por tanto, el derecho mercantil contempla el marco legal concursal, donde existe un apartado para el acuerdo extrajudicial de pago y no hacer uso de la apertura del concurso de acreedores.

Figura que solicitan el acuerdo extrajudicial de pago. Esta herramienta solucionadora de conflictos por morosidad a causa de la interrupción del flujo regular de pagos, está a la disposición no solo de empresas. También pueden acogerse al acuerdo extrajudicial de pago empresarios, personas naturales, personas jurídicas, prácticamente no es excluyente. Sin embargo, tiene sus condiciones para cada una de estas figuras, como por ejemplo están excluidos solicitantes que superen un pasivo mayor a cinco millones de euros (5.000.000 euros).

Siete tipos de insolvencia para acudir a un acuerdo extrajudicial de pago: A causa de no tener empleo, múltiples endeudamientos, incremento abrupto por costes económicos / financieros, incremento de los gastos contraídos por explotación, acrecentamiento de la tasa de morosidad por parte de la cartera de clientes. Perdidas profesionales o empresariales, ausencia de ventas o disminución del volumen de las mismas. Instrumento a completar para solícita la iniciación del acuerdo extrajudicial de pago. 

La ley pone a la disposición un formulario para ingresar la siguiente información y una lista de chequeo de condiciones con el fin de gestionar el alcance del acuerdo de pago sin juicio. Se debe ingresar los datos personales del solicitante, como nombre(s) y apellido(s), y DNI, el cual se recomienda este vigente al momento de formular dicho trámite. Se tiene la opción de realizar el trámite bajo la figura personal o en representación de una entidad, de aplicar la última opción, se debe ingresar el CIF y por ende contar con los soportes que acrediten al representante.

En el apartado de persona natural se debe ingresar, los siguientes tres (3) grupos de datos. Dirección del domicilio, número telefónico y dirección de correo electrónico, lugar de nacimiento, estado civil y el respectivo régimen económico matrimonial. De igual forma se debe indicar si se ha cambiado de lugar de residencia en los últimos seis meses e ingresar el nombre, apellidos y NIF, NIE o Número de Pasaporte del cónyuge. También se deben ingresar datos correspondientes a la vivienda familiar, 

Conclusión

En condición de dependencia de los cónyuges junto con sus datos personales y descripción del grado de consanguineidad (Hijo/ Madre) entre otros. En el apartado de persona judicial se debe ingresar la siguiente información, entre otras. La forma jurídica, razón social, datos de identificación registral, lugar del domicilio, teléfono, dirección de correo electrónico. Aseverar con una vírgula que el pasivo no es mayor a 5.000.000 de euros y el activo es menor o igual a 5.000.000 de euros. Seleccionar el tipo de insolvencia (hasta la presente fecha existen ocho opciones)

17 August 2021
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