Distintas Escuelas Penalistas Y Su Aportación A La Criminología
Daremos un repaso por las distintas escuelas penalistas su aportación a la criminología, sus principales exponentes y comentaremos brevemente sus aportaciones.
Todo acción conlleva a una responsabilidad.
Se es conveniente dejar claro el objetivo fundamental de esta disciplina, el estudio de las teorías y la explicación de las conductas antisociales, por qué se cometen estas acciones que siempre han estado no solo en la historia del hombre sino también en su naturaleza, manifestándose en todas las sociedades alrededor del mundo, considerándolo como un fenómeno anormal de índole social y de naturaleza normal, en el ser humano. Evolucionado dinámicamente de acuerdo al entorno social, económico y político de su tiempo. En este sentido se han abocado las diferentes escuelas psicológicas-jurídico-penales, al análisis de la naturaleza del delito y sobre el fin de saber cómo actuar ya sea reprimiéndolo o previniéndolo.
En este tenor se debe se considera las enseñanzas del Marqués de Beccaria y John Howard, considerados los padres del derecho penal, no es retroceder sino avanzar hacia el futuro, ya que nos evita caer en la espiral del retroceso, y así evitar caer en la barbarie y seguir alimentándonos de la sabiduría de las escuelas clásicas e ilustradas.
La escuela clásica en boca del Marqués de Beccaria, su principal representante plasma en su “Tratado de los Delitos y las Penas”no quedan sus inmemoriales palabras. “Para que toda pena no sea violencia de uno o de muchos contra un particular ciudadano, debe esencialmente ser pública, pronta, necesaria, la más pequeña de las posibles en las circunstancias actuales, proporcionada a los delitos, dictada por las leyes” esta racionalización de la pena tiene una orientación hacia la eficacia de la pena. Y que más tarde serviría para fundamentar la Teoría de la Elección Natural, Beccaria siempre se preocupó por humanizar el derecho penal mediante el respeto a las leyes, las garantías individuales y la limitación del poder absoluto del Estado.
Beccaria, afirma que el derecho a castigar se debe de considerar como un derecho originario de la sociedad civil, además que la pena está destinada para dar tranquilidad a la sociedad, que influya para que disuada al infractor y a quien quisiera imitar el acto delictivo, imponiendo un padecimiento mayor a la utilidad obtenida, imponiendo una detención prolongada para que el ciudadano no tenga que temer al delincuente.
Beccaria afirma que es preferible prevenir que reprimir, y fundamentar las corrientes doctrinarias positivistas en el sentido que la pena a imponer al sujeto no debe ser una meta, sino un medio, es el recurso del que se pueda valer para lograr que el sujeto salga de la prisión sin intención de volver a delinquir. Esta valiosa aportación se ha repetido muy frecuentemente en nuestro sistema justicia, se privilegia la prisión preventiva pero dejando de lado prevención, ya que es mejor prevenir que castigar y continua más allá, asegurando que una buena legislación es la lleva a los hombres al Máximo de felicidad.
En nuestro sistema legal no se está logrando este objetivo dejándola a la prisión como el fin y no como un medio, y al término de la condena el reo sale con más rencor hacia la sociedad que con el que entro, y mucho menos nuestra legislación es la mejor quedándose corta únicamente en el castigo y lo máximo que ha logrado es a una burda negociación.
Por otra parte la teoría de Eysenck, nos explica la personalidad del individuo basada en tres dimensiones, proponiendo factores de primer orden o rasgos donde cualquier persona puede ser ubicada, (P) Psicoticismo – (E) Extraversión- (N) Neuroticismo, estas dimensiones serán tratadas como categorías no excluyentes
Estas variables de personalidad, afirma Eysenck, tienen una determinación genética, por lo tanto se trata de un modelo psicobiológico de la personalidad. El valor de esta teoría radica en su aportación en el estudio de la personalidad y sus determinaste biológicos, a diferencia de otras disciplinas que estudian las actividades de los organismos vivos, faltándole únicamente la relación de la etapa causal, que bien se podría complementar con otras teorías para seguir explicando en comportamiento delictivo.
Las teorías de Cesar Lombroso abren una nueva alternativa con su concepto Antropológico, estableciendo en el sujeto delincuente la clave al tema de la delincuencia, criminal, contemplando al delincuente y no al delito. El médico Cesar Lombroso aporta con estas teorías una gran herramienta en el combate a la delincuencia, afirma que las ideas represivas a la delincuencia tienen una etapa cambiante que se es necesaria considerar, y es ahí donde debe determinarse el grado de peligrosidad del sujeto y de esta forma garantizar la eficacia de la acción del Estado. Con esta visión Antropológica pretende determinar el perfil del hombre delincuente.
Parte de la conducta del sujeto para establecer el porqué, del acto delictivo, y a la vez medir el nivel de peligrosidad del individuo, en proporción por el móvil que lo motiva a delinquir y así determinar el nivel de persecución que el Estado le tiene que dedicar. Conceptualizar el crimen, y tomar las medidas necesarias contra el sujeto delincuente, este es el enfoque antropológico es él propone Lombroso, contemplar desde la concepción del crimen, para llegar a las medidas que se tomaran en contra del delincuente. Su gran aportación fue su libro “El Hombre Delincuente” marcando la necesidad de estudiar al sujeto delincuente, nos enseña que existen naturalezas criminales natos, emanada de una sociedad que le suministra las condiciones necesarias, este delincuente “Nato” se caracteriza por sus características caporales, en la forma del cráneo, el cerebro, y algunas partes del cuerpo.
Por la parte de la sociológica, Gabriel Tarde, desarrolla las leyes de la imitación, identificando que se trata de individuos normales que aprenden a delinquir, en sus teorías realiza una representación del comportamiento de los mecanismos inconscientes de estos comportamientos. Es consciente que sería erróneo que todo fenómeno social puede apoyarse en factores externos, que la imitación va del interior al exterior, que las cosas juzgadas superiores se impondrán a aquellas juzgadas inferiores, muchas veces ligadas a la moda creando un modus operandi.
Conclusiones:
NO debemos seguir cayendo en el error de seguir viendo en fenómeno delictivo como un fenómeno aislado como algo que es ajeno al hombre, tenemos la obligación de aprender de las experiencias y la sabiduría de quien ya lo aprendió. Tenemos la obligación de construir un conocimiento fresco, objetivo, real y analítico del fenómeno criminal.
Todas estas enseñanzas nos dan una realidad de cómo aplicar los conocimientos y realizar el marco teórico de la criminalidad para establecer una realidad del fenómeno delictivo. Debemos de entender que el aprendizaje muchas de las veces se realiza mediante la imitación, esta tecnología de lo obvio, aplicada hacia el lado positivo nos llevara a ser los mejores profesionistas y los mejores criminólogos, aprender a ser mejores.