Emperador Romano Augusto y Su Constitutio Antoniana

 El Emperador César Marco Aurelio Severo Antonino Augusto dice:

“Es menester ante todo referir a la divinidad las causas y motivos (de nuestros hechos); también yo tendría que dar gracias a los dioses inmortales porque con la presente victoria me honraron y guardaron salvo. Así, pues, creo de este modo poder satisfacer con magnificencia y piedad su grandeza al asociar al culto de los dioses a cuantos miles de hombres se agreguen a los nuestros. Otorgo (pues) a todos cuantos se hallen en el orbe la ciudadanía romana, sin que quede nadie sin una ciudadanía, excepto los dediticios. En efecto, conviene que todos, no sólo contribuyan en todo lo demás, sino que participen también de la victoria. Y esta constitución nuestra manifiesta la grandeza del pueblo romano, etc. […]”

(Original griego en el Papiro de Giessen no 40, col. 1, apud A. D’ORS, Introducción al estudio de los documentos del Egipto Romano, 1948).

Los Severos gobernaron en un tiempo de grandes cambios, caracterizado por ser un período de decadencia. Asimismo, abarcaron la transición del Principado al Dominado. El primer emperador de la dinastía de los Severos (193-235) fue Septimio Severo. Este Emperador se hizo cargo de los problemas creados por la crisis de la dinastía, realizó reformas en el Estado, y logró reprimir a los partos. Para obtener lo mencionado anteriormente renovó el album senatorium, puso las bases institucionales para la militarización del Imperio (por las que se regirá Caracalla) y llevó a cabo una reforma monetaria que culminaría en inflación. Le sucedió su hijo, el Emperador César Marco Aurelio Severo Antonino Augusto (188-217).

César Marco Aurelio Severo Antonino Augusto, también conocido como Antonino Caracalla, fue un emperador romano (211-217) cuyo reinado se desarrolló durante la Época Clásica de la Historia de Roma (27 a. C. al 284 d. C.).

En su juventud se le atribuía un carácter cortés y respetuoso. No obstante, desde que fue nombrado Emperador se le conoció por abundar en defectos más que en virtudes y se le reconoció como una persona tirana y paranoica. Uno de los aspectos más negativos que le imputaron fue el ser un fratricida. Sin embargo, no solo dio muerte a su hermano Geta, con quien compartiría el Imperio, sino también a la mayoría de sus seguidores.

La repulsión que sentía la sociedad hacia Antonino Caracalla acabó dando sus frutos dentro de su Ejército, y como consecuencia, fue asesinado por el conspirador Iulius Martialis en las inmediaciones de Carrhae.

A pesar del mal juicio que sus coetáneos poseían de él, no podemos olvidar que impulsó importantes obras, introdujo una nueva moneda (Antoniniano), creó Hispania Nova Citerior Antoniniana, contribuyó a la militarización del Imperio, y elaboró La Constitutio Antoniana o Edicto de Caracalla en el año 212 a. J. C. (el legado más valioso de su Imperio).

La Constitutio Antoniana se ha transmitido a través del Papiro de Giessen, documento reconstruido por Meyer en el año 1907 y publicado en el 1910. Este Papiro se encontró en mal estado y ha sido de difícil lectura. Por lo tanto, no hemos podido estudiar La Constitutio Antonina desde su fuente más directa, a pesar de contar con el fragmento recogido en dicho papiro. Igualmente, su interpretación tampoco ha sido unánime.

Desde el punto de vista histórico-jurídico nos encontramos ante una obra que ha sido un principio de investigación para numerosos estudiosos.

En Roma se distinguían diversas categorías dentro del Status Civitatis:

  • Cives: Ciudadano romano, el único que podía gozar de la plenitud de los derechos.
  • Latini: Constituían una categoría intermedia. Eran extranjeros que podía obtener la ciudadanía romana.
  • Peregrini: Eran los no ciudadanos, estaba formado por peregrinos y extranjeros de la orbe romana. No obstante, se distinguían de estos los dediticios, nombre que hace referencia a los pueblos bárbaros y a quienes según Caracalla se les negaba la ciudadanía romana.

Esta diferenciación de estadios va mermando con la promulgación de La Constitutio Antoniana, que respondía a las condiciones de homogeneidad creadas en épocas anteriores, y en ella se condecía la ciudadanía romana a todos los habitantes libres del Impero, a excepción de los dediticios. De esta manera pasaron a ser romanos pueblos enteros:

“Otorgo (pues) a todos cuantos se hallen en el orbe la ciudadanía romana, sin que quede nadie sin una ciudadanía, excepto los dediticios.”

Han sido numerosas las opiniones con relación a los motivos que tuvo Caracalla para la publicación del Edicto, entre ellas encontramos:

  • Fiscal: El deseo de incrementar el número de contribuyentes. Elevó el doble los impuestos sobre hereditarium y manumissionum: “En efecto, conviene que todos, no sólo contribuyan en todo lo demás, sino que participen también de la victoria.”
  • Religiosa: Con el incremento de ciudadanos también aumentaban el número de fieles: “asociar al culto de los dioses a cuantos miles de hombres se agreguen a los nuestros…”.
  • Política: Desarrolló una política social con una tendencia unificadora y una posición “antiburguesa”.
  • Jurídico y administrativo: Se reducían las solicitudes mediante instancia de concesión de la ciudadanía.

Además, algunos le asociaban un motivo militar, ya que el ejército fue fundamental en el gobierno de los Severos y las levas se encontraban en decadencia.

Es evidente que el Edicto de Caracalla provocó un movimiento de igualdad social, tuvo importantes repercusiones en el ámbito jurídico de las siguientes décadas y ha sido uno de los documentos más cuestionado en la Historia del Derecho Romano. Su importancia le ha llevado a tener mención en el Digesto.

Algunos estudiosos de este texto han sido D’Ors (“Introducción al estudio de los documentos del Egipto Romano”, fragmento que analizamos), Dion, Ulpiano, entre otros.

VALORACIÓN

Considero que La Constitutio Antoniana ha sido un referente en la Historia del Derecho Romano, y que su eficacia se ha reflejado en épocas posteriores. De ahí la poca importancia que tenía entre sus contemporáneos.

Asimismo, es curioso que un Edicto que ha sido tan cuestionado y estudiado fuese elaborado por alguien tan odiado por su pueblo. Es muy contradictorio que alguien que buscase la unidad social y el favorecimiento de los más pobres, también fuese considerado como un tirano. Quizás esta visión fuese fomentada por aquellos contrarios a su gobierno.

Sin duda tanto Caracalla como La Constitutio Antoniana son objetos interesantes de estudio.   

24 May 2022
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