Ley De Identidad De Género: Elección De La Identidad

Introducción

“El Rey toma todo mi tiempo; doy el resto a Saint-Cyr, a quién querría dárselo todo.”

Así comienza Jacques Derrida su libro Dar (el) tiempo, con una carta de una mujer, Madame de Maintenon, a Madame Brinon y describe la paradoja que subyace en la oración. (Derrida, 1995) Madame de Maintenon le da todo su tiempo al Rey Sol; en realidad, el Rey (se) lo toma, esencialmente parecerían lo mismo, sin embargo, una palabra no equivale a la otra. Y, a pesar de esto, pareciera quedarle un resto, que lo dedica a Saint-Cyr, el orfanato en el que creció y a quién querría dedicárselo todo. Este resto, si hacemos las cuentas, en buena hora y en buena economía no es nada. En esta oración a partir de la cual Derrida escribe un libro entero, el autor subraya en sus comienzos la paradoja “aunque el rey le tome todo su tiempo, parece que le queda algo” (Derrida, 1995). Pero, ¿y si en realidad quedara algo?

El tiempo, o el resto…

En la sociedad occidental actual las formas de vivir se nos presentan de este modo, totalitarias. No es difícil encontrar ejemplos en nuestra vida cotidiana. Todo nos tiene que cerrar en un cien por ciento, debemos ser felices al cien por ciento, el cien por ciento del tiempo, amar con todo nuestro ser, ser en el marco de las que pretender ser las únicas posibilidades de nuestra sexualidad, ser hombres o ser mujeres. Pero ¿qué pasa con el resto? ¿Qué pasa con el otro?

Este concepto, esta idea de resto (que no se refiere a la idea de ruina o sobra sino a aquello que no definimos o que queda en los márgenes) que introduce Derrida interrumpe el pensamiento totalitario, el pensamiento binario, viene a (re)plantearnos estos esquemas normativos en los que nuestro ser y nuestro pensamiento se desarrollan de manera restrictiva, reductora. No solo en esferas personales, sino también sociales, es decir, en el marco de las instituciones. Pierre Bourdieu en su libro La dominación masculina advierte que “La división entre los sexos parece estar «en el orden de las cosas», como se dice a veces para referirse a lo que es normal y natural, hasta el punto de ser inevitable” (Bourdieu, 2000). Lo inevitable, lo imposible de evitar parecería ser la división de los sexos en femenino y masculino, con todas las implicancias que esto conlleva. Sin embargo, lo natural en el sentido de propio de la naturaleza, es la diversidad, la multiplicidad, la variedad de hechos y fenómenos que escapan a nuestra cosmovisión.

Nuestra concepción binaria de sexualidad se basa en la genitalidad, en la reducción de la misma a los órganos sexuales, concebidos como elementos necesarios y suficientes para definirnos, pero incluso cuando de los genitales se trata, la naturaleza es diversa. Es el caso de la intersexualidad.

Antinatural, anormal, infrecuente, insólito.

A partir del dictamen en mayo de 2012 de la Ley 26.743 de Identidad de Género, toda persona tiene derecho al reconocimiento de su identidad de género, conforme lo establece el artículo primero de la misma. Y define a la identidad de género como la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo. Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales.

Esta ley, insólita y pionera en materia ampliadora de derechos, abre un nuevo horizonte a nuestras posibilidades. Durante siglos, nuestra legislatura ha dado por sentado que sexos solamente había dos, así de sencillo. Todo lo que no encuadraba en esa categoría era considerado anormal y no merecía ser tratado en un marco legal.

A través de lecturas de los textos de Michel Foucault (Foucault, Historia de la sexualidad , 1977) (Foucault, Vigilar y castigar, 2003) podemos tener una visión un poco más amplia de lo que consideramos normal. En la concepción binaria, los conceptos se definen en tanto encuentren un opuesto para comparar, así como definimos masculino y femenino como dos polos contrapuestos en los que uno exige, necesariamente, la existencia del otro, lo normal se define en tanto exista lo anormal. Desde esta perspectiva, lo normal no se define independientemente para luego establecer lo anormal, sino que es a través de lo anormal que deducimos la normalidad. Lo normal, como dice Foucault, obliga a la homogeneidad (Foucault, Vigilar y castigar, 2003), y lo que no es homogéneo, lo anormal, lo infrecuente (también como consecuencia del estereotipo), lo antinatural (en la medida en que concibamos a la naturaleza según esta percepción) debe, por lo tanto y en consecuencia ser tratado. En tanto no pueda independizarse de la norma, será patologizado. Y las patologías, conforme su naturaleza lo indica, se tratan, se curan y se definen. Los sujetos de cuerpos dudosos deben restringir paulatinamente sus decisiones a los esquemas previamente establecidos, sin libertad.

Esta construcción de anormalidad, de patologización, tiene consecuencias concretas en las vidas de personas reales. En el siguiente apartado haré mención de tres ejemplos en los que la noción de sexualidad binaria se pone en disputa.

El primero trata del caso de Mauro Cabral, una persona intersex que se identifica como varón trans. Mauro, al momento de su nacimiento fue asignado a la categoría de mujer (Santoro, 2018). Para encajar en el binarismo del género su cuerpo ha sufrido varias intervenciones quirúrgicas. Mauro es doctor en historia y desde el 2005 trabaja en Gate (Asociación Global para la igualdad Trans). En una entrevista realizada por LATFEM Mauro explica que las personas intersex nacen con cuerpos distintos a los de hombre y mujer, distintos en lo que llamamos características sexuales y, que con cada nacimiento de una persona intersex, el suceso pone en jaque la asignación del sexo. Lo primero que se hace es una serie de test que consisten en un análisis citogenético y una ecografía. Mediante estos dos métodos lo que se consigue es asignar un sexo. Sin embargo, una vez conseguido esto, operar va en contra del principio del respeto por la integridad corporal. Además, como lo establece la ley antes mencionada, la identidad de género puede no coincidir con la asignada al momento del nacimiento. Es por esto que toda persona tiene derecho al reconocimiento de una identidad propia. Sin embargo, y tal como el título del artículo lo señala, lamentablemente “La patologización de las personas trans no se acaba con un diagnóstico ni con una ley” (Santoro, 2018).

Así como Mauro pudo identificarse como varón, existen personas que se autoperciben como no binarias. El pasado 1 de noviembre ocurrió en Mendoza un antecedente histórico, una persona se identificó legalmente como ninguno. En la nueva partida de nacimiento el campo de sexo será completado con una línea. Ni masculino ni femenino. Conforme queda expresado en el artículo, la Ley de Identidad de Género “no sostiene una concepción binaria de la identidad en tanto que permite pasar de una a otra, sino que habilita la vivencia interna individual de género de cada persona. Es decir, habilita tantos géneros como identidades y tantas identidades como personas.” (LATFEM, 2018)

A partir de ese momento Gerónimo Carolina Gonzalez Devesa podría autodeterminarse como una persona no binaria. Gerónimo Carolina, a diferencia de Mauro, no nació intersex; pero ambos pudieron, gracias a la ley, decidir su identidad.

Como ya había mencionado antes, el binario no se reduce solo a esferas personales, sino también sociales. Todas las instituciones están enmarcadas en un esquema binario, incluyendo la prisión. El 9 de noviembre, la Cámara Penal Económica otorgó prisión domiciliaria a un varón trans que estaba detenido en un penal femenino, el Centro Penitenciario Federal VI de Ezeiza (Alcaraz, 2018). Esta decisión, que visibiliza la cisnormatividad de las instituciones, se fundó en comprender que el solo hecho de ser trans habilitaría posibles vulneraciones a los derechos humanos de esta persona en la cárcel.

Estos son solo tres ejemplos que visibilizan casos concretos que nos obligan a replantearnos sistemas binarios de organización que tienen efectos directos en la realidad.

Quizás las situaciones que tuvieron que enfrentar estas personas hubieran sido distinta si nuestra concepción de la sexualidad fuera distinta a la actual, quizás la sexualidad humana sería comprendida mejor si la pensáramos como un continuo, si nos pensáramos como parte de un caudal con distintos matices. En vez de concebirla, reducirla a un todo o nada que solo acepta posiciones que se presentan en contraposición y binarias. Concepciones que nos obligan a mirarla, a construirla, casi como espectadores, a orillas de un río que pareciera solo tener aguas bifurcadas.

Conclusiones

Cuando el Rey Sol toma todo nuestro tiempo, parecería que el resto no existe. Este resto que pareciera no tener lugar, no solo existe, sino que para muchos significa un todo. La ley de identidad de género provee un marco en el que la identidad puede desarrollarse de maneras que siempre existieron, un marco no binario. Si bien la realidad está lejos de equiparar esta legislación, la misma es un punto de partida fundamental. Un punto de partida sobre el cual se han desarrollado y se siguen desarrollando situaciones como las ya expuestas. Las mismas, una vez resueltas, mejoran la calidad de vida de las personas que se ven involucradas. En el caso de Mauro, el sistema binario dejó cicatrices en su cuerpo incluso desde antes de que fuera consciente de las mismas. Gerónimo Carolina fue consciente de la libertad de elegir su identidad a una edad avanzada, y solo porque así lo expresó ante una persona que conocía la Ley de Identidad de Género y se propuso luchar por sus derechos. Y el caso del penal pone en evidencia cómo un sistema institucional cisnormado pone en riesgo derechos humanos básicos cuando no encuadramos en el mismo.

Limitar nuestros horizontes a esquemas binarios o totalitarios no solo nos obliga a definirnos de maneras que coartan nuestra libertad de ser y de pensar, sino que también nos impide superar fronteras que quizá considerábamos inexistentes, invisibilizándolas como parte de un todo, nos pone límites tanto a nivel personal como social. Estableciendo los márgenes de lo posible. Esta ley es una invitación a construir nuevas formas de ser, pensar y habitar el mundo, tanto para aquellas personas para las cuales el género transgrede lo biológico como para cada uno de nosotros.

Julio Verne, en su libro “De la Terre à la Lune. Trajet direct en 97 heures” (Verne, 1865) se dedica a describir con lujo de detalle los artilugios necesarios para construir un cañón destinado a llegar a la luna. Después de orbitar el cuerpo celeste, los tripulantes deciden volver a la Tierra. Esta decisión haría que la travesía al satélite terrestre resultara imposible. Cien años después, en 1969, el Apolo 11 alunizaba. Alucinantemente.

Bibliografía

  1. Alcaraz, M. F. (2018, Nociembre 9). LATFEM. Retrieved from http://latfem.org
  2. Bourdieu, P. (2000). La dominación masculina. Barcelona: Editorial Anagrama.
  3. Derrida, J. (1995). Dar (el) tiempo. París: Éditions Galilée.
  4. Foucault, M. (1977). Historia de la sexualidad . Ciudad de México: Siglo xxi editores.
  5. Foucault, M. (2003). Vigilar y castigar. Capital Federal: Siglo veintiuno editores Argentina s. a.
  6. LATFEM. (2018, Noviembre 2). Histórico: el primer documento sin sexo femenino o masculino. Retrieved from LATFEM: http://latfem.org
  7. Santoro, E. (2018, Junio 21). “La patologización de las personas trans no se acaba con un diagnóstico ni con una ley”. Retrieved from LATFEM: http://latfem.org
  8. Verne, J. (1865). De la Terre à la Lune. Trajet direct en 97 heures. Québec: La Bibliothèque électronique du Québec.
30 August 2022
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