Migración En México: Estudio Migracional
Para comenzar me gustaría puntualizar porque se considera que México es un país seguro, pero tomando en cuenta que la migración humana es la actividad por medio de la cual una persona cambia de lugar de residencia mudándose a otra ciudad, región o país, pues estas personas solo se encargan en migrar de un país a otro o a otra región con el fin de que estos sean únicamente ayudados más sin embargo considero que no tienen alguna otra modalidad humana ya que esta es sólo un tipo de migración.
En Aristegui Noticias cabe mencionar que El presidente de la Cámara de Diputados, Porfirio Muñoz Ledo, advirtió que la nueva medida ordenada por el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, para negar asilo a los migrantes centroamericanos, “configura a México como tercer país seguro”. La migración solo busca una estabilidad entre ellos pues tratan de buscar una estabilidad sobre todo la supervivencia es por eso que en determinados momentos de sus vidas se ven en la necesidad de mudarse o desplazarse de su lugar de residencia creyendo que estarán mucho mejor.
La figura del “tercer país” es una cosa muy seria, lo define, con muchos enredos, un documento del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR). Si México acepta convertirse en “país seguro”, los centroamericanos, cubanos, africanos o asiáticos que quisieran solicitar asilo en Estados Unidos, podrían venir a México, pedirlo aquí y permanecer en nuestro país, como parte de un acuerdo bilateral y de la legislación internacional vigente, México se responsabilizaría de los refugiados.
Como tal el Estado estaría obligado a proveerles protección, una estancia legal de acuerdo a ciertas normativas internacionales y el “acceso a medios de subsistencia suficientes para mantener un nivel de vida adecuado”, además de “medidas para permitir un logro progresivo a la autosuficiencia”.
El país que brindara asilo debe asegurar trabajo a los individuos, si hemos debatido este tema en México no hay empleo entonces como puede garantizar algo que ni a los propios mexicanos está proporcionando. Un empleo seguro donde estaría garantizando que el auxiliado contara con ingresos netos para sobrevivir y con el cual proporcionara la estabilidad y sustentabilidad a su familia para sobrevivir en el país.
El Comité Ejecutivo del ACNUR en sus conclusiones no. 151y no. 852 ha establecido algunos estándares mínimos3 de garantía para que estas declaraciones no representen esfuerzos bilaterales arbitrarios, planteando además en numerosas ocasiones que la definición de un país como seguro, no puede tener aplicación para cada solicitante en cualquier circunstancia: esta eventualidad debería ser considerada (bajo criterios objetivos, fundados y motivados) con un análisis caso por caso, procurando no generar listas de “países seguros” que pudieran procurar arbitrariedades en los procedimientos.
¿Qué es el Comité español de ACNUR?
En 1993 se crea en España el Comité español de ACNUR, una ONG declarada de Utilidad Pública y destinada a captar fondos para apoyar las operaciones de ACNUR en todo el mundo. En el Comité, fomentamos la concienciación y la sensibilización de la población española con la causa de los refugiados, y trabajan para lograr que más personas se unan a ella haciéndose socios del Comité español de ACNUR.
Lo que cabe resaltar es que, siempre de acuerdo a la legislación mexicana, un trámite de reconocimiento de la condición de refugiado no debería de tardar más de 90 días a partir del momento en el cual se haya solicitado: en ninguna circunstancia, se puede justificar un número tan alto de procedimientos pendientes.
¿Qué es lo que pasó? En octubre de 2017,5 la COMAR emitió un acuerdo en donde declaraba la suspensión de plazos y términos para resolver las solicitudes pendientes debido al sismo ocurrido en la Ciudad de México y por lo cual, las oficinas centrales de la Comisión se vieron forzadas a mudarse de sede.
Este acuerdo, que ha sido considerado anticonstitucional por el Juez Noveno del Distrito de Amparo en Materia Administrativa de la Ciudad de México, ha sido parcialmente derogado con el aviso publicado en el DOF el día 08 de junio de 2018, con el cual se reanudan los términos de parte de los trámites afectados por el acuerdo anterior. Los residentes en México nacidos en el exterior constituían en el año 2000 apenas el 0.5% de los más de 97 millones de personas que conforman la población del país, proporción que ha sido similar en los últimos 40 años, de acuerdo con censos generales de población. México se consolido como uno de los principales países en el mundo, de origen, tránsito de migración internacional, así como de destino para turistas y visitantes diversos.
En México durante el siglo XX, lejos de incrementar la inmigración como ocurrió en algunos países latinoamericanos con potencialidades económicas y territoriales, como fue el caso de Argentina, Venezuela y Costa Rica, la tendencia dominante fue a la emigración, temporal y permanente de mexicanos hacia Estado Unidos.
El país recibió oleadas de extranjeros con propósitos de residencia temporal o permanente, muchos de estos vinculados a contextos de conflictos armados, dictaduras militares o condiciones políticas adversas en sus países de origen. Sin embargo, excepto en los casos de exilio o refugio, español, sudamericano y guatemalteco, se ha hecho poco énfasis en México como un lugar de destino de migrantes
La ilegalidad sólo se da, precisa, cuando una persona quebranta la ley. Y si Royal pide darle vigor a las leyes de su país, incluso a las de inmigración, aun así admite como impracticable lograrlo con la deportación masiva de entre diez millones y veinte millones de personas que residen sin documentos en Estados Unidos.
De bulto y aun por simple disgusto podemos rechazar, por ejemplo, que Samuel P. Huntington considere a los inmigrantes mexicanos como una amenaza a la identidad nacional estadunidense.
Raudos podemos acusarlo de racista, como lo hace Carlos Fuentes (aunque él tras un detenido análisis). La prisa podría, sin embargo, hacernos perder de vista la complejidad de sus opiniones, es más, su poder persuasivo. Su sola mención del encuentro de futbol en Los Ángeles, en 1998, entre México y Estados Unidos, en el cual, según nos dice, los mexicoamericanos abuchearon el himno nacional estadunidense, es una opinión compleja
En este deslinde de opiniones cabe identificar aquellas que conllevan un juicio de valor. El debate sobre la migración no es un mero asunto científico que se dilucida pacientemente según los “fríos hechos” que reclama cada campo académico. Cabe también destacar que entre las opiniones procesales se encuentran aquellas que debaten si se resuelven las múltiples opiniones sobre los más diversos asuntos públicos una por una, o de bulto como al principio de mi artículo sugerí que muchos lo hacemos. De ser de bulto, como podría ocurrir en las elecciones de representantes con candidatos de no más de dos partidos, tendríamos como resultado consecuencias en el debate sobre migración que nada tienen que ver con las opiniones en sí sobre la migración. Pues, aunque la agenda liberal resulta atractiva para muchos católicos, Ruse sugiere, por atender el cambio climático la reforma migratoria, los programas de salud, la protección del salario, la reducción de la pobreza y el fin de la guerra en Irak, aun así no atiende la reducción del aborto.
LA IMPORTANCIA DE UNA LEY MIGRATORIA
La relevancia del fenómeno migratorio deriva entonces, de su universalización y de la multidimensionalidad de sus consecuencias (políticas, económicas, sociales, culturales, geográficas, demográficas, territoriales), en los lugares de origen, tránsito y destino de la migración.
El fenómeno de las migraciones internacionales que fue por mucho tiempo un tema de poco interés de los Estados se encuentra actualmente en el centro de casi todas las discusiones por su relación intrínseca con la globalización.
Todo indica que una tendencia internacional al incremento y diversificación de los flujos migratorios en el corto y mediano plazo. Continuarán también incrementándose los flujos irregulares, junto con los riesgos, las violaciones a los derechos humanos y la delincuencia asociada a este fenómeno.
En el documento se reconoce que las acciones y compromisos con el exterior deben darse en el marco de la cooperación internacional; que es necesario reconocer que el entorno económico y social debe permitir el pleno desarrollo y bienestar el país; respetar plenamente los derechos humanos de los migrantes y de sus familiares, independientemente de su nacionalidad y estatus migratorio, así como con respeto al derecho de asilo, en apego a los instrumentos internacionales en esta materia; considerar la migración, seguridad y fronteras al momento de formular políticas en materia migratoria; combatir el tráfico de personas en todas sus modalidades; y que la política migratoria mexicana debe profundizar su enfoque regional a partir del reconocimiento de la existencia y consolidación de un sistema migratorio regional.
Entre las recomendaciones formuladas en el documento en mención, destacan las siguientes: evaluar y actualizar la actual política migratoria del Estado Mexicano, así como su marco legal y normativo; impulsar el desarrollo económico y social de nuestro país; fortalecer el combate a las organizaciones criminales dedicadas al tráfico ilícito de migrantes; propiciar el retorno y reinserción adecuada de los migrantes y sus familias a territorio nacional; adecuar la política migratoria hacia los países vecinos del sur, bajo los principios de responsabilidad compartida y de respeto a los derechos humanos; fortalecer el orden y la seguridad en las fronteras norte y sur de México, atendiendo al desarrollo regional fronterizo; y fortalecer la cooperación con Estados Unidos y Canadá en el marco de la Alianza para la Seguridad y la Prosperidad de América del Norte.
La discusión de los valores permiten, de hecho, en un debate poder definir lo factual, es decir, los hechos, los resultados de un diagnóstico, como “el problema”. Y permite en el debate poder definir lo agible, es decir, las acciones posibles como “la solución”. El juicio de valor añadido y el mero diagnóstico no permiten hablar de un problema, como diseñar un plan de acción y ponerlo en práctica tampoco permite hablar de una solución. Así, cualquier reporte “científico” que señale, en el sentido pragmático, “problemas” y “soluciones” rebasa el ámbito científico de la discusión y se introduce en campos propios de la argumentación pública. Si así se hace, debe entenderse entonces que argumentos válidos, adicionales a los científicos, deben suplirse para establecer las proposiciones.
CONCLUSIONES
En conclusión, numerosos autores influyentes han predicado cuidado con respecto a los nuevos fenómenos de externalización de fronteras, mencionando los peligros de los acuerdos de readmisión por lo que se refiere al respecto de los estándares de protección para personas refugiadas.
México no es un país seguro; ni para las personas mexicanas, ni para las personas extranjeras. Elegir vivir en el país tiene que ser una decisión, no una obligación derivada de acuerdos que evidentemente no tiene el pulso de la realidad.
Considero que la migración es de un índice muy alto y que es un problema que perjudica a los mismos mexicanos puntos desfavorables que conciernen en la estabilidad incluyendo la misma seguridad
Dos preguntas saltan de inmediato.
Primera: ¿Tiene México los recursos para, de repente, recibir y proteger, de acuerdo a estándares internacionales, a miles de refugiados? Si de por sí hay desabasto de medicinas en los hospitales públicos, imaginemos la carga fiscal que representaría las provisiones para aún más personas, que tienen más necesidades que un mismo mexicano con un bajo salario y aun así se les exigen ayuda para los migrantes.
Segunda: ¿Puede México considerarse un “país seguro” para refugiados de otros países cuando los propios mexicanos ni siquiera nos sentimos del todo seguros en nuestro territorio? Una cosa es que Austria, con bajos niveles de inseguridad, actúe como “tercer país seguro” para los migrantes que quieren ir a Alemania y otra que México haga lo propio para Estados Unidos.
La migración, por definición es un proceso social dinámico y cambiante. Por lo que el orden jurídico actual ha perdido su vigencia. Se debe reconocer su multidimensionalidad y complejidad, así como la consecuente necesidad de una política transversal a varios sectores y niveles del gobierno, inspirada en la búsqueda del desarrollo humano sostenible, el respeto irrestricto a los derechos humanos y el derecho al asilo la seguridad humana y la cooperación internacional. Se debe procurar avanzar hacia caminar hacia la promoción de las migraciones regulares.
BIBLIOGRAFIA
- ACNUR – La Agencia de la ONU para los Refugiados
- La Agencia de la ONU para los Refugiados
- Álvarez Icaza, Emilio, Seguridad pública, derechos humanos y cultura de la legitimidad, en Seguridad Pública, prevención del delito y derechos humanos: construyendo alternativas desde la sociedad civil y los organismos públicos de derechos humanos, México, FUNDAR/INCIDE/CDHDF.
- Excelsior, 2019
- ROYAL, ROBERT 2010 “Catholics and Immigration”, The Catholic Thing, 3 de mayo de 2010, en http://nfiproofs.com/~catholic/Joomla/index.php?option=com_content&task=view&id=3263&Itemid=26, consultada el 3 de mayo 2010.
- FUENTES, CARLOS 2004 El racista enmascarado”, El País, 23 de marzo, en http://cyber.law.harvard.edu/blogs/gems/culturalagency1/CarlosFuentesElracistaenmasc.pdf, consultada el 13 de noviembre de 2011.
- HUNTINGTON, SAMUEL P. 2004a Who Are We? The Challenges to America’s National Identity, Nueva York, Simon & Schuster Paperbacks. 2004 b “El desafío hispano”, Letras Libres, no. 64, abril.
- RUSE, AUSTEN 2008 “Catholic Bullies and the Unraveling of the Seamless Garmet”, The Catholic Thing, 21 de noviembre, en http://nfiproofs.com/~catholic/Joomla/index. php?option=com_content&task=view&id=815&Itemid=26, consultada el 21 de noviembre de 2008.