Paises y Argumentos a Favor de la Eutanasia

Introducción

El presente trabajo trata de la eutanasia, un tema tan interesante, pero a la vez polémico el cual genera un gran número de interrogantes en la sociedad. Por esta razón es motivo de profundizar este tema desde diferentes enfoques como el político, ético, religioso y científico.

La eutanasia no es algo reciente. Civilizaciones de la antigüedad lo practicaban a pesar de que este término aun no era acuñado sino hasta 1478 por Tomás Moro. La muerte para ellos era algo sagrado y de respeto lo que hacía que la gente anhele morir. Por otra parte, la enfermedad se creía que era una maldición y que provenía del diablo por lo que la gente enferma muchas veces era aislada porque se creía que hizo algo mal para que fuese castigado, por este motivo, la gente prefería una muerte digna. Se practicaban rituales de muerte en los cuales la gente voluntariamente se ofrecía para entregar su vida debido a que se creía que la muerte es una sanación para el alma y que tiene el perdón de los dioses.

Mediante pasan los años, el ser humano ha tratado de explicar la muerte como un paso al más allá o a diferentes mundos o dimensiones, de forma que consideran la vida como una preparación para ese viaje en donde encontrarán la verdadera felicidad y vida eterna. Este concepto se basa en el campo religioso, varias religiones consideran la muerte el inicio de una vida plena como lo menciona la biblia. Para alcanzar esta recompensa de Dios uno debe actuar bien en esta vida y tratar de obtener la perfección provocando que la cosmovisión de las personas sea metafóricamente de un culto a la vida y todo aquello que interfiera con la misma esté mal. Por este motivo la enfermedad es algo que se trata de evitar, más que por el bienestar de la persona, por descartar algo que afecte su integridad y su posibilidad de ser perfectos.

En la actualidad, la muerte puede ocurrir en hospitales y muchas de las veces de forma clandestina, es decir, se practica la eutanasia sin una notificación de la misma solo mencionándola como muerte natural del paciente por perdida del homeostasis y por ende de sus funciones vitales. De esta forma no existe ningún juicio en contra de las clínicas privadas ni de los médicos que la realizaron. 

En Ecuador la eutanasia está prohibida, es decir, para los pacientes en nuestro país, la eutanasia no es una opción que puedan considerar. En otros países han analizado la necesidad de incluir una ley que permita esta práctica precisamente tomando en consideración el sufrimiento de los pacientes y tantos pedidos que reciben de los mismos. De esta manera respetan el derecho que está declarado mundialmente el cual es el derecho a una vida digna además del derecho que posee el paciente que es la autonomía. Esto provoca que el estado pueda cumplir con la obligación que tiene y es el más importante, que es velar por el cumplimiento de los derechos humanos. 

Desarrollo

La eutanasia es el acto deliberado de provocar la muerte del paciente. Esta es una definición por parte de la OMS, sin embargo, existen varias opiniones de quienes están a favor o en contra. Las personas que rechazan la legalización de la eutanasia definen a la misma como un homicidio el cual debería ser penalizado, por otra parte, las personas que están a favor de este acto, definen a la eutanasia como una muerte digna para quien padece la enfermedad evitando el sufrimiento largo e innecesario de la persona.

Hay una forma indirecta de eutanasia y es que el médico deja de darle al paciente las medicinas necesarias para que el paciente se mantenga vivo. Al darle cuidados paliativos al paciente se atenúa el sufrimiento, pero no se le cura al paciente por lo que se le considera una eutanasia indirecta.

En la eutanasia directa se le administra al paciente un químico mortal, por medio del cual se consigue la muerte del paciente sin que éste manifieste ningún dolor. Existen muchas personas que tienen enfermedades que les ocasionan mucho dolor y que preferirían terminar sus vidas de una forma rápida, sin soportar los terribles dolores de los que son objeto y otro aspecto a considerar es el hecho de que al terminar con sus vidas también saben que sus familiares no tendrán que seguir gastando en servicios médicos que muchas de las veces son muy costosos, además del daño sicológico y el desgaste personal que se produce en sus familiares.

Muchas personas enfermas afirman que preferirían tomar esta medida para terminar con sus vidas sin embargo al no ser legal, los médicos no pueden proceder con la eutanasia a pesar de la petición del paciente. Además, el principio de no maleficencia prohíbe al médico realizar una práctica que perjudique al paciente por lo que administrar una inyección letal seria actuar en contra de la ética profesional.

Es importante darse cuenta que la eutanasia puede subdividirse especialmente dependiendo de la voluntad del paciente. De esta forma la eutanasia puede clasificarse en voluntaria e involuntaria. La eutanasia involuntaria menciona que el paciente no es quién solicita la muerte, es decir no existe un consentimiento por parte del mismo. En estos casos muchas veces la muerte es considerada como muerte piadosa, es decir son los familiares los que toman la decisión viendo el sufrimiento del paciente o es el médico o el personal de salud quién decide para evitar el sufrimiento a quien padece el dolor. En la muerte voluntaria, es el paciente quien pide y solicita que se la realice, muchas veces los familiares o sus amigos cercanos tratan de convencerlo que no lo haga, sin embargo, él está muy convencido en que esa es la más la mejor solución. No sólo para evitarse el sufrimiento sino para evitarle a la familia los gastos que implican su cuidado paliativo al saber que su enfermedad es crónica y ésta no va tener una cura en el futuro.

No cabe duda que es importante velar por el derecho de la vida que todo ser humano lo posee desde el nacimiento, pero cuando existe una afectación en las condiciones de salud lleva a que el paciente se vea en la necesidad de recurrir esta opción. En la unidad de cuidados intensivos en el que se encuentra no se sabe si saldrá con vida por lo que su existencia es una incertidumbre. Además, el hecho de estar conectado a máquinas que le ayudan a suplir sus necesidades, por ejemplo, el respirador artificial, hace que el paciente se dé cuenta de que su vida depende de un aparato lo cual no es nada satisfactorio, En este contexto cabe preguntarse si se está protegiendo un derecho como es el derecho a la vida o se está prolongando la agonía la cual a futuro llevará a la muerte.

La eutanasia debe ser efectuada sabiendo el mejor interés para evitar un deterioro del tipo de vida o la calidad de vida que posee el paciente y que no esté ligado a un sufrimiento del cual el paciente no desea soportar. Cabe recalcar que esta decisión es diferente en cada paciente por lo que a pesar de que existan dos pacientes con la misma enfermedad o los mismos síntomas o el mismo pronóstico de vida hay quienes solicitan un eutanasia, sin embargo otros que desean luchar hasta el final. Esto conlleva a que la eutanasia es netamente personal lo cual el hecho de legalizarla no hará que todos los pacientes deben tomar esta decisión sino sólo aquellos que no puedan con esta carga de sufrimiento.

Los avances de la medicina han ido aumentando no sólo en el área científica sino también en el área tecnológica, es decir, nuevas técnicas para aplicar en métodos para un soporte de vida en el paciente con una enfermedad terminal o un paciente crítico pueda tener. Además, un cambio en la cultura ha hecho que la sociedad de la actualidad se dé cuenta del derecho de los pacientes a tomar sus propias decisiones ya que antes se tomaba en cuenta el paternalismo en donde el médico tenía toda la autoridad de tomar las decisiones a realizarse en un tratamiento del paciente, pero ahora son los pacientes quienes lo deciden debido a la autonomía que poseen. Esto ha provocado que los pacientes quieran decidir sobre el final de sus vidas.

La eutanasia está muchas de las veces mal consideradas ya qué se debería volver a proponer una definición. La gente piensa que la eutanasia es el suicidio de la persona misma o un homicidio por parte de los médicos, sin embargo, la eutanasia significa básicamente provocar la muerte de un paciente terminal para su propio beneficio por medio de la administración de un químico en dosis mortal. De esta manera la eutanasia separaría en los casos en los que simplemente se abstiene o se retira un medicamento o un tratamiento vital en el paciente para permitir la muerte.

Por otra parte, la existencia de una enfermedad en un paciente hace que la muerte esté próxima, de esta forma se podría distinguir la eutanasia del homicidio. La cercanía de la muerte hace que la persona cargue con ese sufrimiento no sólo físico sino psicológico debido a que saben que la vida se les acaba y tienen una familia en las cuales van a abandonar para evitar esto la eutanasia ellos la requieren para cortar ese sufrimiento psicológico y evitar encontrarse en un estado de moribundos y depresión constante.

La eutanasia se basa en la potestad que poseen los enfermos terminales para solicitarla. La autonomía del paciente tiene mucho que ver dentro de este contexto. Un médico debe respetar la autonomía y las decisiones de su paciente, sin embargo, existe una discusión en este campo por el hecho de que un médico siempre debe cuidar de la vida. A pesar de muchas quejas y pedidos de las personas hacia los médicos, este debe regirse en la ley la cual actualmente niega la eutanasia.

Con referencia a la eutanasia o también conocida como suicidio asistido nos remitimos a Europa, siendo Holanda el primer país en el mundo en legalizar la eutanasia, y actualmente es legal en los países bajos, Colombia, Luxemburgo, Bélgica, Holanda, Suiza.

Para realizar la Eutanasia se debe cumplir ciertas condiciones como son que el paciente sea mayor de 16 años una vez que el médico tratante tenga la convicción de que el enfermo ha formulado el deseo de que le quiten la vida después de haber meditado y reflexionado acerca de su fatal decisión, y además necesitará la certificación de un segundo facultativo que facilite un diagnóstico independiente. 

Otro requisito es ser un enfermo terminal y padecer un dolor físico insoportable. Si el paciente tiene su edad entre 12 y 16 años también necesitará el consentimiento paterno.

Una comisión que la componen un abogado, un médico y un especialista en ética hará que se cumplan todas estas condiciones señaladas por la ley.

En tiempos de la primera guerra mundial so pretexto de la escasez económica se autorizaba la matanza de personas discapacitadas y enfermos mentales.

En Alemania durante el nefasto régimen nazi los médicos estaban en favor de la eutanasia argumentando la indignidad de ciertas personas como discapacitados y débiles que necesitaban la compasión y misericordia para que dejen de sufrir y se las practicaba sin su consentimiento ni de sus familiares y sin ningún tipo de condiciones a seguir.

La finalidad de esta práctica es acabar con la vida de un enfermo, lo cual tiene un nombre como es homicidio y va en pro de la muerte siendo que los médicos hacen un juramento de hacer el bien evitar hacer daño, actuar con justicia y respetar la autonomía del paciente en pro de la vida, por lo que entra en grave conflicto con los principios rectores del Derecho y la Medicina.

Los partidarios de la eutanasia siempre hacen referencia a la autonomía personal y a los casos extremos para lograr su despenalización, es deber del Estado garantizar la protección de sus ciudadanos más todavía cuando se trata de personas en situación vulnerable, por lo que se necesita hacer leyes justas y en pro de la protección a la vida y la integridad física y los derechos de todos los ciudadanos.

Paises que aprueban la eutanasia

La eutanasia es ilegal en casi todos los países del mundo excepto en cinco de ellos en donde se deben cumplir ciertas condiciones. El primer país en legalizar la eutanasia fue Holanda quien aprobó esta ley en el año 2001, pero debió pasar por varias etapas para su aprobación, en 1989 se creó una comisión de médicos dirigida por el catedrático Remmelink quien era el fiscal general del tribunal supremo en ese entonces para que investigaran la práctica de la eutanasia en Holanda. Este informe fue presentado en 1991 al ministro de justicia y publicado en la revista The Lancet el mismo año. Para reformar los procedimientos de eutanasia se presentó una propuesta de ley ante el art 10 que hacía referencia a este caso, para poder practicar este procedimiento el paciente debe ser capaz de elegir voluntariamente el procedimiento y padecer de enfermedades crónicas que le causen sufrimiento físico y psicológico muy severo, el medico juega un papel importante puesto que debe informar a su paciente sobre su estado de salud y su pronóstico de vida, para que así se llegue a un acuerdo, además que se debe consultar a otro médico sobre el caso e informar a todas las autoridades competentes. También entran en esta lista las personas con demencia, los niños de entre 12 a 17 años que tengan capacidad mental siempre y cuando los padres o tutores del niño estén en completo acuerdo, y por último en recién nacidos, pero solo en circunstancias muy específicas. Esto se aplica a recién nacidos con enfermedades incurables, malformaciones congénitas que puedan impedir un desarrollo normal y abortos terapéuticos. Además si el niño presenta un sufrimiento insoportable y desesperado, un diagnóstico y un pronóstico ciertos, debe ser confirmado por otro médico, y que se trate de una práctica médica aceptada. Aunque se puede considerar que el sufrimiento es subjetivo puesto que los pacientes adultos pueden indicar cuál es su nivel de sufrimiento mediante distintas maneras como cuestionarios, escalas analógicas de dolor, etc. Los recién nacidos y los lactantes por otra parte no pueden expresar mediante palabras que tan intenso es su dolor, pero puede ser medido mediante algunos estados fisiológicos como la frecuencia cardíaca, presión arterial, etc.

  • Bélgica

Otro de los países en el que es legal la eutanasia es Bélgica en donde se la probo desde septiembre de 2002, ésta está permitida en Bélgica para personas con las mismas condiciones que las expuestas en Holand, es decir, a personas mentalmente capaces, que tengan una enfermedad incurable, además se incluye enfermedades mentales y que produzcan un sufrimiento físico o psicológico insoportable. Asimismo, la legislación belga es similar a la holandesa, sin embargo, si el paciente no se encuentra en un estado terminal, el profesional acargo debe consultar a otro especialista, y por lo menos debe transcurrir un mes desde la solicitud del paciente al acto eutanasia. Belgica elimino la restricción de edad para este procedimiento el 14 de febrero del 2014, a pesar de que existía una gran oposición por parte de algunos profesionales médicos y del ámbito religioso. Pero mucho antes de este proceso, la ley de la eutanasia ya se aplicaba a todos los adolescentes mayores de 15 años que fuesen legalmente emancipados. En la actualidad, con la implementación de la nueva legislación, cualquier niño sin importar la edad puede requerir la eutanasia, siempre y cuando estos sean capaces de entender las consecuencias de sus decisiones y que esto este certificado por un psicólogo o psiquiatra infantil. Como ya se ha mencionado antes para que se valide o se practique la eutanasia el niño debe estar en una condición terminal, además que tenga un sufrimiento físico constante e insoportable y que este no pueda ser aliviado. Sin embargo, cualquier decisión que tome el niño debe estar apoyada por sus padres o por los representantes legales puesto que ellos tienen derecho a votar. A pesar de todas las restricciones de acuerdo con la Comisión Federal entre los años del 2010 al 2014, los casos notificados se han duplicado, pasando de 953 a 1.807. La mayor parte de los casos registrados se mantiene en hombres, que van desde los 60 a 79 años, que padecen de cáncer; sin embargo, en un estudio reciente se encontró que las personas mayores de 80 años con distintas enfermedades también desean practicarse la eutanasia. Por otro lado, se estima que el 44% de las muertes asistidas ocurren en los hospitales, el 43% se dan en el hogar y el 11% en las residencias de ancianos.

Una de las principales diferencias entre la ley holandesa con la ley belga es que la holandesa no regula el suicidio asistido, por lo que sigue siendo un delito penal. Otro punto importante es que la ley no cuenta con una regulación de la intervención sanitaria al final de la vida, ni tampoco otros aspectos como la sedación paliativa o el control del dolor con los diversos fármacos. Además, es importante señalar que en la legislación belga sólo se autoriza a los profesionales médicos a realizar eutanasias y no a cualquier otro tipo de profesionales u otras personas. También el paciente tiene el derecho de acudir con otro médico con la historia clínica emitida por el medico anterior, Sin embargo, a diferencia de lo que sucede en Holanda, el médico no tiene la obligación de ayudar al paciente a buscar a otro médico.

Por último, el caso de eutanasia debe ser notificado por el medico a cargo y revisado por la Comisión Federal de Control y Evaluación en un tiempo de 4 días hábiles. Es importante mencionar que el 50% de los miembros de esta Comisión son médicos, un 25% son juristas y el otro 25% son representantes ciudadanos de voluntariado que participaron en la atención de los pacientes terminales.

  • Luxemburgo

Este país sigue el ejemplo de la ley belga sobre la eutanasia, la cual afirma que se debe respeta la libertad de conciencia del médico pero que no se debe forzar a un paciente a tomar una decisión. La ley de eutanasia se aprobó en este país el 16 de marzo del 2009 y hoy en día están reguladas por la Comisión Nacional de Control y Evaluación. Esta ley cubre a los adultos capaces de tomar sus propias decisiones, que al igual que los países antes mencionados, estas personas sean portadoras de enfermedades incurables y terminales que les puedan causar sufrimiento físico o psicológico constante y no tengan aluna posibilidad de alivio. El paciente está en la obligación de solicitar el procedimiento si se lo quiere realizar a través de sus “Disposiciones para el final de la vida”, este documento debe ser obligatoriamente revisado y analizado por la Comisión Nacional de Control y Evaluación. Este documento también le permite al paciente decidir sobre las circunstancias en las que quiere que se le realice el procedimiento, además de elegir el personal médico por el que quiere que sea intervenido, esta solicitud puede ser cancelada o revocada en cualquier momento por el paciente. Antes de realizar el procedimiento, el médico debe consultar a otro médico experto, al equipo de salud del paciente, y a la persona de confianza que hay sido nombrada por el paciente, luego del fallecimiento este debe ser informado a la Comisión al cabo de los ocho días. De acuerdo con el último informe realizado entre 2009 y 2014 fueron registrados 34 casos de muerte asistida, de los cuales 21 eran de sexo femenino, con una edad predominante entre 60 y 79 años, 27 padecían de cáncer y 22 se realizaron este procedimiento en un hospital.

  • Suiza

En este país la eutanasia como tal está prohibida. Sin embargo, se permite ayudar a una persona a suicidarse para que ésta no sufra al momento de fallecer. Esta asistencia al suicidio la prestan los ‘Freitod-Helfer’ (asistentes a una muerte libre) que son profesionales capacitados específicamente para este tipo de procedimientos, sin embargo, el médico es quien prescribe la receta que facilita la muerte, ya que es quien ha examinado a la persona, se ha entrevistado con ella y ha realizado su historia clínica. Las organizaciones suizas que ofrecen este tipo de procedimientos son ‘Dignitas y Unique’. Se debe tener la total certeza de que el paciente este en total control de sus capacidades mentales y que no haya sido influenciado por terceros, caso contrario se presentara el caso a la Comisión.

Los médicos que prescriben el fármaco son responsables del proceso y tienen la obligación de informar al paciente sobre su estado de salud y los posibles tratamientos que se le puede brindar. Sin embargo, no es requisito que se establezca una buena relación médico-paciente antes de realizar el procedimiento, y por lo general estos médicos no se encuentran presentes al momento del fallecimiento.

Argumentos a favor de la eutanasia 

A continuación, se presentarán algunos argumentos que aprueban la práctica de la eutanasia la cual para muchos es visto como un acto que va en contra de la ética y la moral.

  • Derecho de cada cual a disponer de su vida:

Este derecho se refiere a que cada persona puede decidir sobre los tratamientos que se le realicen en su cuerpo y si es lo mejor para cada persona. Hoy en dia se ve a la eutanacia como una forma de suicidio asistido, pero es una forma de aliviar las dolencias, antes las personas lo veian como una forma de asesinato y no estaban de acuerdo con esto, pero al pasar de los años se ha ido cambiando la forma de pensar de las personas.

  • Derecho a una muerte digna:

Para definir muy bien este derecho tenemos que saber primero que es morir con dignidad, morir con dolores y lleno de sufrimiento para muchos es una muerte que carece de dignidad. Entonces mediante la práctica de la eutanasia el paciente o la persona afectada que padece de una enfermedad que le impida morir con dignidad es una alternativa para evitarse todo tipo de sufrimiento y dolores.

Morir con dignidad, significa poder morir con toda la asistencia médica necesaria, los equipos y métodos que brinden una mejor comodidad al paciente al momento de morir, y que este no se vuelva algún tipo de feria y que todas las personas lo hagan público.

  • Evitar el sufrimiento:

Hablar de este argumento seria redundar un poco en lo antes ya mencionado por lo que solo queda mencionar que toda persona sin importar su sexo, religión, etc. tiene derecho a que su sufrimiento sea detenido y por qué no mediante esta práctica.

  • Evitar que los familiares sufran durante la agonía:

Mediante esta práctica además se puede evitar que los familiares de la persona sufran al ver como su hermano, tío, tía, padre, madre, etc., se retuerce en un dolor tan intenso, y ver cómo va muriendo lentamente escuchando toda la agonía de la persona afectada.

  • Ahorro de recursos:

Esto nos lleva a decir que la muerte de una persona antes de tiempo nos podría ahorrar los recursos de ese tratamiento en otras personas que de verdad lo necesiten y que probablemente tengan mayor esperanza de vida. además de que mediante la utilización de tratamientos seria solo alargar lo inevitable y en muchos casos solo alargar la agonía del paciente, tal vez solo para satisfacer a los familiares diciéndoles que se hizo todo lo posible pero que no resistió. La utilización de recursos escasos en una persona que no los necesita o que podían ser ocupadas en otra persona se denomina distanasia, la solución a este problema no es la eutanasia sino la ortonasia, que es la muerte de la persona a su tiempo, sin acelerarla ni tampoco alargarla. 

Eutanasia en Ecuador

El derecho a la vida constituye un valor que es la base para la sustentación de todos los demás derechos, es uno de los artículos fundamentales que se encuentra dentro de la Declaración de los Derechos Humanos, y se refiere a garantizar a la persona una vida digna tanto física, psicológica, biológica y emocionalmente; desde el momento de su nacimiento hasta el día de su muerte. En el transcurso de la vida, nos vemos obligados a pasar por lamentables condiciones de salud. Por lo tanto, todos estamos propensos a adquirir enfermedades, unas que son leves y curables; pero hay otras que son incurables y solo hay tratamientos para disminuir los síntomas y prolongar más el tiempo de vida de aquellas personas.

Con el fin de evitar el sufrimiento de aquellas personas que padecen enfermedades terminales o incurables, se ha propuesto la práctica de la eutanasia, como ya vimos anteriormente, no es más que la “muerte digna” del ser humano a través de métodos terapéuticos ya sea por decisión propia del paciente o por consentimiento de la familia. Urgilés Vera Edita Fernanda

La eutanasia es una práctica que está legalizada en muy pocos países del mundo, entre estos tenemos a Holanda, Bélgica, Luxemburgo, Suiza, Estados Unidos, Colombia y Argentina.

Hablando del marco legal del Ecuador, en nuestro país la eutanasia no se encuentra legalizada, pero el Estado está en su deber de garantizar el cumplimiento de todos y cada uno de los derechos determinados tanto en la Constitución Ecuatoriana como en documentos internacionales, entre los más importantes tenemos el derecho a la vida y el derecho a la salud.

Teniendo claro estos dos derechos esenciales, nos enfocaremos en la dignidad del ciudadano ecuatoriano, siendo así que en la Constitución encontraremos artículos que hacen referencia a lo que tiene que ver con la “muerte digna” como una elección legítima del ecuatoriano. En uno de los preámbulos nos dice que “todo el pueblo ecuatoriano, está en su deber de construir una sociedad donde haya respeto en todas sus dimensiones, en la dignidad del ciudadano y sus habitantes”. María José Vélez Romero

Tenemos la sección séptima art.50 de la Constitución, que hace referencia a las personas con enfermedades catastróficas y nos dice que “El Estado deberá garantizar una atención especializada y gratuita en cualquier nivel de salud”, así mismo que tendrá el derecho de recibir un tratamiento oportuno y la adquisición de medicamentos para sobrellevar la enfermedad.

También contamos con el Régimen del Buen Vivir o Sumak Kawsay, que se ha planteado objetivos para el bienestar completo de los ciudadanos ecuatorianos. El objetivo de importancia para estudiarlo será el objetivo 3 que hace referencia a “Mejorar la calidad de vida de la población”, esto quiere decir que todos los ciudadanos sin importar edad, sexo o religión tienen derecho a una vida digna que requiere el acceso universal a todos los bienes necesarios para alcanzar metas, tanto personales como colectivas. Con este objetivo nos aseguramos que los ciudadanos tengan acceso a la salud, agua potable, ambiente saludable, nutrición y alimento, vestido, ejercicio, trabajo, tiempo libre, entre otros. Plan Nacional del Buen Vivir

En 1985 fue aprobado el Código de Ética Médica, que consta de 20 capítulos con sus respectivos artículos cada uno; pero en esta ocasión nos centraremos en el capítulo III y el capítulo XII. El capítulo III contiene 19 artículos que hacen referencia a los deberes que tiene el médico con su paciente, en resumen, nos dice que el médico mediante los respectivos cuidados debe procurar en todo momento la conservación de la vida del paciente, así como debe tener presente que todo lo que hable y trate con el paciente debe ser confidencial y ante la presencia de enfermedades de riesgo debe dar aviso de inmediato al paciente o a algún miembro de la familia.

El capítulo XII tiene 3 artículos resumidos a continuación: Art. 90.- El médico no se encuentra autorizado para disipar la vida de sus pacientes, el deber del médico frente a enfermedades terminales es buscar alternativas terapéuticas. Art. 91.- Únicamente en caso de muerte cerebral, el médico estará autorizado a ya no prolongar más esa agonía. Art. 92.- se accederá a la eutanasia en aquellos procesos que las guías médicas muestren situaciones incompatibles con la dignidad del paciente, esta decisión quedará al criterio del médico o de los familiares del paciente, caso contrario se recurrirá a la decisión de una Junta Médica formada por tres médicos relacionados al caso. Ministerio de Salud Pública

Asimismo, contamos con la Ley Orgánica de Salud, que junto con todas las instituciones de salud y profesionales de la salud garantizan el cuidado y regulación de la aplicación de las leyes para la promoción, prevención, curación y rehabilitación de las enfermedades, para de esta manera prestarles un servicio de salud de calidad y calidez. Se encarga de mantener a los ciudadanos en buenas condiciones de salud y en el caso de adquirir algún tipo de enfermedad prestar sus servicios y mediante los medicamentos que se distribuyen gratuitamente curar a las personas que presentan enfermedades leves y a las personas con enfermedades incurables darles una buena expectativa de vida y de ser el caso ofrecer cuidados paliativos. Congreso Nacional

El Código Orgánico Integral Penal, también busca garantizar el derecho a la vida, es por eso que el Estado tiene la potestad de sancionar con la pena privativa de libertad a aquellas personas que atenten contra su vida. En la sección primera del capítulo II que se refiere a Delitos contra los Derechos de Libertad encontraremos varios artículos que sanciona a la persona que no cumpla con el derecho a la vida, entre estos tenemos: Art. 144.- Tendrá una pena privada de libertad de diez a trece años aquella persona que mate a otra. Art.145.- Recibirá una pena de tres a cinco años, la persona que por culpa mate a otra y el Art.146.- Aquella persona que mediante la ejecución de su profesión ocasione la muerte de otra persona tendrá una sanción de uno a tres años de privación de su libertad. Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos

Diferentes puntos de vista

  • Ético

Habrá muchos casos donde un paciente con alguna enfermedad de gravedad piense que se ha convertido en un estorbo para su familia y para evitarse y evitarles el sufrimiento le pida a su médico que le ponga fin a su vida. Pero las cosas no son así, el médico no tiene ningún derecho en acceder a esta petición y saben que dejar morir al paciente va en contra de la ética médica profesional.

Actualmente ya no hay respeto para nada ni para nadie y la eutanasia se practica del mismo modo que los abortos clandestinos. Como sociedad debemos encontrar la manera de que ya no existan este tipo de abusos, de que ya no haya debates sobre la eutanasia, escuchar las motivaciones y peticiones éticas, y de esta manera encontrar la forma de que esta práctica pueda ser regularizada y vista de carácter ético para ya no juzgar a las personas que decidan acogerse a esta práctica. Santiago José Mera Villacres

  • Social

No todas las personas pensamos igual, todos tenemos diferentes puntos de vista con respecto a algo, por lo mismo que seremos criticados por los demás. Con respecto al tema de la eutanasia solo lo entenderán aquellas personas que han pasado por el momento en que tienen que decidir si quieren seguir viendo sufrir a un ser querido que presenta una enfermedad terminal, porque como se sabe estas enfermedades implican momentos difíciles de agonía y no solamente para el paciente, sino también para la familia, porque es muy duro ver día a día como se va apagando la vida de aquella persona y no poder hacer nada al respecto.

A esto se refiere la muerte digna, en ya no seguir con más días de sufrimiento para la persona moribunda, porque con los tratamientos y medicamentos solo alargamos este difícil proceso, de igual manera que se alargan los días de angustia de la familia, de verlo sufrir a diario y saber que quieran o no llegara el día en que ya no lo vuelvan a ver más.

  • Religioso

Existen muchas controversias con respecto al punto de vista religioso, porque como sabemos hay una infinidad de religiones cada una con su distinta forma de pensar. En su mayoría demuestran total rechazo y se basan en que la vida es sagrada y hay un Dios que nos dio la vida, por lo tanto, es el único que nos la puede quitar o disponer de ella. En este aspecto también se habla del quinto mandamiento que nos dice “No mataras”, es decir que de ninguna manera una persona tiene el derecho de atentar contra la vida de otra, dentro de este mandamiento está incluido todo tipo de tentativa contra la vida, ya sean homicidios, suicidios o abortos.

En 1980, el Vaticano publico una Declaración de la Eutanasia, que lo considera un homicidio; pero también reconoce el sufrimiento por el que pasa un paciente en estado terminal y aprueba el uso de medicamentos y tratamientos terapéuticos para aliviar la agonía, aun si estas reducen la vida. Tienen presente que el paciente merece una muerte digna siempre y cuando no involucre provocar la muerte. María José Vélez Romero

Conclusión

Cada persona tiene el derecho a decidir sobre su propio cuerpo, al someterse a la práctica de la eutanasia se impide que la persona sufra mucho dolor o aflicciones en el momento de su muerte, se busca brindar un entorno cómodo y con todo el personal de salud que se necesite, una infraestructura adecuada y u procedimiento que no invada la privacidad del paciente.

Cada país está regido a normas y condiciones sumamente estrictas para practicar la eutanasia en las personas, para esto se elaboraron leyes o legislaciones que sirven de control y a manera de filtros con lo que se impide que cualquier persona se realice este procedimiento

Con todas las revisiones realizadas, se ha llegado a la conclusión de que Ecuador es uno de los países donde no se encuentra legalizada la práctica de la eutanasia, ya que se considera como un atentado contra la vida. Por lo tanto, existen un sinnúmero de leyes que garantizan uno de los derechos universales, el derecho a la vida, así como también el derecho a la salud. Entre los organismos que apoyan estos derechos tenemos a la Constitución del Ecuador que vela por el cumplimiento de todos y cada uno de los derechos de los ciudadanos y ciudadanas ecuatorianas.

El Plan Nacional del Buen Vivir, que se ha planteado objetivos fundamentales para garantizar el bienestar del pueblo ecuatoriano. También tenemos al Código Orgánico Integral Penal, el mismo que se encarga de sanción con privación de la libertad aquellas personas que atenten contra la vida de otras.

En relación con el derecho a la salud, tenemos a la Ley Orgánica de Salud y al Código de Ética Médica, que garantizan una salud de calidad y calidez por parte de todas las instituciones y profesionales de la salud, y de esta manera promover una mejor calidad de vida.

Bibliografía

  • http://repositorio.ucsg.edu.ec/bitstream/3317/9490/4/T-UCSG-PRE-JUR-DER-MD-156.pdf Urgilés Vera Edita Fernanda
  • http://dspace.udla.edu.ec/bitstream/33000/149/1/UDLA-EC-TAB-2013-14.pdf María José Vélez Romero
  • https://www.unicef.org/ecuador/Plan_Nacional_Buen_Vivir_2013-2017.pdf Plan Nacional del Buen Vivir
  • http://instituciones.msp.gob.ec/somossalud/images/documentos/guia/Doc_Codigo_Etica.pdf Ministerio de Salud Pública
  • http://instituciones.msp.gob.ec/dps/snem/images/PDF/ley-organica-del-sistema-nacional-de-salud.pdf Congreso Nacional
  • https://www.justicia.gob.ec/wp-content/uploads/2014/05/c%C3%B3digo_org%C3%A1nico_integral_penal_-_coip_ed._sdn-mjdhc.pdf Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos
  • http://repositorio.pucesa.edu.ec/bitstream/123456789/2093/1/76516.pdf Santiago José Mera Villacres
  • http://www.dspace.uce.edu.ec/bitstream/25000/3210/1/T-UCE-0013-Ab-89.pdf Baños Remache René Patricio.
  • https://tbinternet.ohchr.org/Treaties/CEDAW/Shared%20Documents/ECU/INT_CEDAW_ARL_ECU_18950_S.pdf
  • http://dspace.ucuenca.edu.ec/bitstream/123456789/25502/1/Tesis.pdf Margoth Vanessa Rodríguez Mosquera
  • http://repositorio.puce.edu.ec/bitstream/handle/22000/9672/TRATAMIENTO%20JURIDICO%20DEL%20SUICIDO%20ASISTIDO%20EN%20EL%20ECUADOR.pdf;sequence=1 Zaida Carolina Almeida Falcón
  • http://repositorio.puce.edu.ec/bitstream/handle/22000/14027/%E2%80%9CAPLICACI%C3%93N%20DE%20LA%20EUTANASIA%20EN%20EL%20ECUADOR%20EN%20ENFERMEDADES%20TERMINALES%20PLANTEAMIENTO%20DE%20UN%20LITIGIO%20.pdf?sequence=1&isAllowed=y María Gabriela Castaño Flores.
  • Núñez AR. LA EUTANASIA ACTIVA EN LA LEGISLACIÓN HOLANDESA ^ [Internet]. [cited 2019 Jan 26]. Available from: http://e-spacio.uned.es/fez/eserv/bibliuned:BFD-1994-6-28E351B3/PDF
  • Parreiras Reis de Castro M, Cafure Antunes G, Maria Pacelli Marcon L, Silva Andrade L, Rückl S, Lúcia Ângelo Andrade V. Eutanasia y suicidio asistido en países occidentales: una revisión sistemática. Rev bioét [Internet]. 2016 [cited 2019 Jan 26];24(2):355–67. Available from: http://dx.doi.org/10.1590/1983-80422016242136
  • FERRER ISABEL. Holanda regula la eutanasia a recién nacidos con males incurables | Edición impresa | EL PAÍS [Internet]. [cited 2019 Jan 26]. Available from: https://elpais.com/diario/2005/11/30/sociedad/1133305208_850215.html
  • Manuel J, Villares M, José M, Segovia G. THE END OF A SLIPPERY SLOPE? Cuad. Bioét. XVI. 2005.
  • Simón Lorda P, Barrio Cantalejo IM. La eutanasia en Bélgica. Rev Esp Salud Publica [Internet]. 2012 Feb [cited 2019 Jan 27];86(1):5–19. Available from: http://www.scielosp.org/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1135-57272012000100002&lng=es&nrm=iso&tlng=es
  • EUTANASIA NOTICIAS – Sólo cinco países del mundo y algunos estados de EEUU permiten la eutanasia – Mundo – Diario La Informacion [Internet]. [cited 2019 Jan 27]. Available from: https://www.lainformacion.com/mundo/Solo-paises-EEUU-permiten-eutanasia_0_917309223.html
  • Federal Derecho A, Dignamente M. Dossier sobre la eutanasia Asociación Federal Derecho a Morir Dignamente CÓDIGO DE LA LEGISLACIÓN S u m a r i o LEGISLACIÓN QUE REGULA LOS CUIDADOS PALIATIVOS ASÍ COMO LA EUTANASIA Y ASISTENCIA AL SUICIDIO [Internet]. 2016 [cited 2019 Jan 27]. Available from: www.eutanasia.ws
  • JIMENEZ J. El derecho a una muerte digna: la eutanasia [Internet]. 2013 [cited 2019 Jan 27]. Available from: http://www.ub.edu/ciudadania/hipertexto/evolucion/trabajos/0304/3/indice.htm
  • Padovani Cantón AM, Clemente Rodríguez ME. Revista de ciencias médicas de Pinar del Río. [Internet]. Vol. 12, Revista de Ciencias Médicas de Pinar del Río. 1999, Editorial Ciencias Médicas; 2008 [cited 2019 Jan 27]. 139-149 p. Available from: http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1561-31942008000200016
  • Nombela Cano C, Nombela Cano C. La eutanasia: perspectiva ética, jurídica y médica [Internet]. 2008 [cited 2019 Jan 24]. Available from: http://eprints.ucm.es/11693/1/La_Eutanasia_perspectiva_etica_juridica_y_medica.pdf
  • Moro T, Moro T. Utopía [Internet]. [cited 2019 Jan 24]. Available from: http://www.laeditorialvirtual.com.ar/pages/Moro_Tomas/TomasMoro_Utopia.htm#C15
  • Sellés MM, Martínez Sellés M. La muerte, reflexiones desde la bioética. Premio Hipócrates 2010 del Col Of Médicos Madrid [Internet]. [cited 2019 Jan 24];12. Available from: http://www.profesionalesetica.org/wp-content/uploads/2010/10/MARTINEZ-SALLES-La-muerte-reflexiones-desde-la-Bioética-oct-2009.pdf
  • Drane J, Drane J. Eutanasia y suicidio asistido en las culturas antigua y contemporánea [Internet]. [cited 2019 Jan 24]. 36 p. Available from: http://www.fundacionmhm.org/pdf/Numero1/Articulos/articulo3.pdf
  • Ruíz-Calderón JMS, Serrano Ruíz-Calderón JM. Política de Estado ante el final de la vida. La transformación de la deontlogía médica. Cuad Bioética [Internet]. 2012 [cited 2019 Jan 24];1a:132. Available from: http://www.aebioetica.org/revistas/2012/23/77/125.pdf
  • Cruz García Á, Cruz García Á. Sociedad y educación en Esparta. Artehistoria [Internet]. [cited 2019 Jan 24]; Available from: http://www.artehistoria.jcyl.es/v2/contextos/7834.htm
  • Aller G, Aller G. Eutanasia, eugenesia y vida. Criminol y derecho Penal [Internet]. 2005 [cited 2019 Jan 24];I:1–2. Available from: http://www.fder.edu.uy/contenido/penal/pdf/aller-eutanasia.pdf
  • Engelhardt D Von, Von Engelhardt D. La eutanasia, entre el acortamiento de la vida y el apoyo a morir: experiencias del pasado, retos del presente. Acta Bioética [Internet]. 2002 [cited 2019 Jan 24];I:60. Available from: http://www.scielo.cl/pdf/abioeth/v8n1/art07.pdf
  • García E del CT, Trejo García E del C. Legislación internacional y estudio de derecho comparado de la eutanasia [Internet]. 2007 [cited 2019 Jan 24]. Available from: http://www.diputados.gob.mx/cedia/sia/spe/SPE-ISS-02-07.pdf
  • Peeters GB, Bram Peeters G. Por qué practico la eutanasia infantil [Internet]. 2004 [cited 2019 Jan 24]. Available from: http://www.elmundo.es/cronica/2004/465/1095091206.html
  • Zapata Feliciano JA, Zapata Feliciano JA. Once argumentos contra la eutanasia [Internet]. 2007 [cited 2019 Jan 24]. Available from: http://www.webislam.com/articulos/31287-once_argumentos_contra_la_eutanasia.html
  • Solana EP, Postigo Solana E. Bioética, concepciones antropológicas y corrientes actuales [Internet]. [cited 2019 Jan 24]. 11 p. Available from: http://bioeticaab.es/resources/Bio$C
24 May 2022
close
Tu email

Haciendo clic en “Enviar”, estás de acuerdo con nuestros Términos de Servicio y  Estatutos de Privacidad. Te enviaremos ocasionalmente emails relacionados con tu cuenta.

close thanks-icon
¡Gracias!

Su muestra de ensayo ha sido enviada.

Ordenar ahora

Utilizamos cookies para brindarte la mejor experiencia posible. Al continuar, asumiremos que estás de acuerdo con nuestra política de cookies.