Poder Constituyente y la Autoridad del Pueblo en Colombia
En Colombia el poder constituyente surge en el pueblo y para el pueblo, con la modificación de la constitución política de 1991 el pueblo les atribuye el poder a unos representantes a través de la constitución y de ahí que yace la conformación del estado y por lo tanto la figura de las estructuras jurídicas personas naturales serán los representantes, estos se establecen y se le estipularan cargos y funciones legalmente constituidas, de ahí que el poder constituyente se divide en dos tipos, el poder constituyente originario que es autónomo con el poder de hacer constitución, es absoluto, no es derivado de otro poder jurídico y sobre este no hay otro con más supremacía por el hecho de ser soberano, donde su fin es crear y reglamentar las normas fundamentales persiguiendo el beneficio de los individuos que conforman la sociedad para una acertada organización social y el funcionamiento de la misma con respeto a la convivencia política y jurídica por medio de la constitución política y el cumplimiento de esta, así entonces la asamblea constituyente deberá hacer la tarea de debatir , estructurar y redactar con fundamento las normas las cuales serán aprobadas por el pueblo.
El poder constituyente derivado tiene el poder de parte de los organismos constitucionales el modificar ciertos artículos de la constitución por el bien colectivo pero con el requisito de mantener la identidad y esencia de la misma por lo cual la constitución política por medio de la corte constitucional vigila y salvaguarda que las normas que sean expedidas no vayan en contra de ella y se ajuste a los límites explícitos o implícitos y esto se lleva a cabo acudiendo a los mecanismos de participación ciudadana como el referéndum o plebiscito porque esta modificación es por decisión y consentimiento del pueblo de forma democrática, el poder de reformar la constitución no significa que esta pueda ser derogada, sustituida parcial o en su totalidad pues las reformas se llevan a cabo con el único objetivo de introducir o modificar un artículo que logre ser significativo y transcendental que sea de carácter esencial para la misma constitución por los cambios que exigen los ciudadanos y aquellos que genera la misma sociedad a través de tiempo, pero sin alterar sus principios político jurídicos fundamentales de lo contrario se declarará como inconstitucional y será cancelado el acto de reforma.
Para el poder constituyente es imprescindible la autoridad del pueblo por tanto de forma política se adaptaron unas estructuras estatales denominándolo poder público que se encuentra regulado en el artículo 113 de la constitución política de 1991 donde establece la estructura del estado por medio de ramas del poder y unos órganos de control autónomos e independientes con funciones especiales confiadas por el estado, uno de ellos e importante es el estos son cooperantes entre sí por un mismo fin y a las cuales les atribuye tareas que habrán de desempeñar en representación del pueblo en busca de un interés general en cumplimiento de los fines de estado y se denominan legislativa, ejecutiva y judicial que ejercen poder y autoridad dentro del estado concedido por la constitución, funciones tales como administrativas en cabeza del jefe del estado responsable de garantizar los derechos del pueblo, rama legislativa con su función de expedir leyes o normas por medio del congreso de la república y quienes lo conforman, ejerciendo control sobre el gobierno y lo más importante a esta rama se le atribuye el poder de reformar la constitución, así mismo la rama judicial encargada de la resolución de conflictos jurídicos entre ciudadanos o el estado y estos, mediante la aplicación de las normas que son de obligatorio acatamiento para todo ciudadano, todas estas funciones las cuales están instituidas dentro del marco legal constitucional para alcanzar un equilibrio en la administración del estado, todas estas ramas de carácter jurídico que son sometidas a normas de necesaria obediencia.
Finalmente es así como podemos decir que el poder constituyente es fuente del derecho positivo, este poder es concedido al pueblo en general y no a determinados individuos, en tanto el poder público gobierna al pueblo pero bajo estricta normatividad del poder constituyente, tienen la facultad de estructuración jurídica, dichas normas expedidas por el congreso son el resultado de un proceso político democrático, que buscan el orden, armonía y convivencia social de quienes habitan el territorio nacional, el poder público es infalible e importante para el direccionamiento de los asuntos del estado y de la administración pública, todo debidamente reglamentado y con límites establecidos en la constitución política para eludir el abuso de poder y de esta forma no perder la esencia y fin del estado, aunque aún con esfuerzos en Colombia ha sido difícil y complejo controlar e intervenir en la corrupción dentro del estado por la ambición y mala administración de los gobernantes.