Jornada Laboral del Servicio de Vigilancia en Colombia
Introducción
En Colombia existen más de un millón de personas del sector de vigilancia y seguridad afiliadas a ARL. Parte de esta comunidad se encuentra apoyando el servicio de vigilancia en más de 26 mil instituciones educativas, lo que permite cuestionarse: ¿qué tan expuesto está el personal de seguridad a factores de riesgo laborales que puedan desencadenarle enfermedades o accidentes laborales?, se busca conocer, especialmente, aquellos factores de riesgos relacionados con el tiempo de labor y los que se derivan de la ubicación o de los puestos de trabajo de los vigilantes en el sector educativo.
Desarrollo
En cuanto a la jornada laboral, es tal vez el factor de riesgo predominante, por la programación de 12 horas que maneja el personal de seguridad en programaciones rotativas, la cual limita el tiempo que el vigilante disfruta con su familia y su entorno social, ya que el trabajo es rutinario con actividades repetitivas y poco estimulantes. En el sector educativo las porterías y las zonas en las cuales opera el personal de seguridad obliga a los vigilantes muchas veces a trabajar solos.
Dicho de otra manera, los turnos rotativos y nocturnos para un trabajador repercuten negativamente en la calidad de vida de las personas pertenecientes a este sector, aumentando la fatiga y la tensión, generan a su vez, alteración en los ritmos biológico normal, que además pueden ocasionar trastornos del sueño, insomnio, molestias a nivel digestivo, fatiga, irritabilidad, etc., también puede ocurrir, que estos turnos y sus puestos de trabajo no faciliten la obtención de oportunidades de promoción profesional, desmotivando al vigilante en su desempeño y generando abandono para un empleo operativo que garantiza los mismos ingresos, con posibilidad de crecimiento personal y profesional.
En la ley 1562 de 2.012 que modifica el sistema de riesgos laborales, estipula la prevención de riesgos laborales por parte del empresario, quien debe garantizar la salud en todos los puestos de trabajo de forma tal que genere ambientes de trabajo adecuados, procurando minimizar posturas que afectan la fisionomía, la antropometría y en general, las condiciones físicas y mentales del ser humano.
La actividad económica del sector de la seguridad privada y sus características resaltan diferentes factores de riesgo propios de la actividad misma: factores de riesgos como los psicosociales, relacionados con la violencia en el trabajo y el estrés laboral, y factores de riesgos biomecánicos como: sobre esfuerzos que se derivan en la manipulación de cargas, las posturas asumidas: en bipedestación prolongada, posturas forzadas y trabajos repetitivos.
En el sector educativo, la seguridad privada está expuesta a riesgos en el día a día como disparos accidentales, acoso moral, agresiones y malos tratos, caídas al mismo o a diferentes niveles, golpes contra objetos móviles o inmóviles, atropellos por vehículos en parqueaderos, ruido, Factores de riesgos eléctricos, incendio, entre otros. El diseño del sitio de trabajo e incluso la infraestructura del lugar pueden hacer que los vigilantes realicen posturas inadecuadas en la prestación del servicio, y la probabilidad del suceso se acrecentará en la medida en que las jornadas laborales no sean las adecuadas, influyendo directamente en el trabajador, quien a la larga terminará con patologías que nacen de su ejercicio laboral.
Conclusión
La jornada laboral de trabajo máxima en Colombia está regulada por el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), y es el horario máximo en que un trabajador puede laborar en un día y en una semana. La norma establece que, la jornada laboral máxima en 8 horas diarias y en 48 horas semanales, con posibilidad de dos horas extras al día, es decir, un máximo de 10 horas día, sin embargo, en la actualidad el personal de seguridad maneja turnos de hasta 12 horas diarias.