Sistema Judicial y el Perfil de los Servidores de la Funcion Judicial
En Código Orgánico de la Función Judicial comprende las atribuciones y deberes que gozan los servidores judiciales pertenecientes a los órganos jurisdiccionales, administrativos, auxiliares y autónomos, además de dar a conocer quienes integran la función Judicial y el perfil que se necesita para formar parte de esta función, mismos que se rigen a las normas del Código Orgánico de la Función Judicial y a otras leyes.
Los ciudadanos que deseen ser parte de los servidores de la Función Judicial deberán acogerse al proceso de postulación y presentarse al concurso de méritos y oposiciones; los postulantes deben cumplir con dos clases de requisitos, un requisito general y un requisito específico propio de cada servicio Judicial; en cuanto al proceso de postulación, este cuenta con cuatro etapas: etapa de recepción de postulación, etapa de calificación, pruebas de selección y obligatoriedad de los resultados.
Los servidores que forman parte de las carreras judicial jurisdiccional, fiscal y defensores públicos permanecerán en su labor por tres años; posterior al cumplimiento del mencionado plazo en noventa días se deberá revisa su expediente, el cual de acuerdo al Código Orgánico de la Función Judicial (2009) consiste en :
- Las evaluaciones respecto del desempeño cualitativo y cuantitativo de sus funciones;
- El volumen y la complejidad del trabajo que ha atendido;
- La calidad de las actuaciones procesales;
- El número de dictámenes, autos y sentencias de su autoría confirmados, revocados o sobre los que se haya aceptado recurso de casación,
- El uso adecuado de las medias cautelares;
- El número de casos resueltos mediante aplicación de procedimientos y medidas adoptadas para efectivizar el trámite, búsqueda de mecanismos alternativos para la solución de conflictos, o la ejecución de resoluciones judiciales;
- La observancia de los plazos o términos judiciales a que esté sujeto, conforme a ley;
- El informe de rendimiento académico dentro de los procesos de capacitación continua de la Escuela de la Función Judicial u otros programas;
- El resultado de la pruebas de conocimiento y psicológicas;
- La existencia de sanciones disciplinarias, que constituirán criterio en contra de la promoción; y,
- La innovación y creatividad en la aplicación, argumentación e interpretación del derecho y los precedentes jurisprudenciales en el ámbito de su competencia. (Código Orgánico de la Funcón Judicial, 2009, Art. 50)
En base a esto se considerará la nueva promoción o la permanencia del funcionario, además, en caso de que la evaluación no se realizara esta será una falta disciplinaria grave al funcionario responsable.
El órgano administrativo de la Función Judicial es el Consejo de la Judicatura y el Pleno de este, se encargará de emitir una resolución motivada
La exigencia de motivación del acto administrativo ha de ponerse en relación con la naturaleza y objeto del expediente o recurso en que se enmarca, con la entidad de las cuestiones a que se refiere y con las exigencias del derecho de defensa de los interesados, que pasan por la transparencia del fundamento fáctico y jurídico, en términos que posibilite su impugnación y revisión. (Rodríguez, Alfonso, Bernardo, Daroca, & Campos, 2017, pág. 136)
En la resolución motivada deberá constar a detalle la necesidad de implementar servidores públicos en la Función Judicial, es decir, jueces, conjueces, fiscales, defensores públicos, entre otros; para el proceso de selección de postulantes se tomará en consideración la necesidad que tenga la Función Judicial de servidores públicos, por lo cual, la postulación podrá ser a nivel nacional, regional o cantonal.
El proceso de postulación estará a cargo de la Comisión Administrativa de Recursos Humanos y en virtud al numeral 4 del artículo 181 de la Constitución de la República del Ecuador será función del Consejo de la Judicatura “administrar la carrera y la profesionalización judicial, y organizar y gestionar escuelas de formación y capacitación judicial” (Constitución de la República del Ecuador, 2008). Por tal motivo la Escuela de la Función Judicial deberá ser responsable de la formación inicial de los postulantes.
Finalizado el procedimiento por parte del órgano administrativo de la Función Judicial, en el proceso de postulación se respetará lo estipulado en el artículo 170 “Para el ingreso de la función judicial se observarán los criterios de igualdad, equidad, probidad, oposición, méritos, publicidad, impugnación y participación ciudadana”. (Constitución de la República del Ecuador, 2008)
En otros términos, la igualdad de género es aplicado para todos los postulantes así como también, presentarse al concurso públicos de méritos y oposiciones en el que debe rendir pruebas de conocimientos, prácticas y psicología que denote la capacidad que tiene el postulante; y será parte de los servidores públicos de la Función Judicial el ciudadano que destaque en el concurso de méritos y oposiciones, es decir, el ciudadano que esté en la categoría uno.
Por otra parte, en caso de que los postulantes no se los considere con la capacidad de ser parte de la Función Judicial se realizará un nuevo concurso pero en este no participarán los postulantes anteriores; a estos se los denomina concursos desiertos.
En caso de que exista alguna anomalía durante el proceso se considerará lo tipificado en el artículo 53 “si en las diferentes fases del proceso de los concursos se advierte alguna anomalía importante, que lo afecte de nulidad insanable, se rehará el procedimiento, total o parcialmente, por resolución de quien dirige el respectivo concurso” (Código Orgánico de la Función Judicial, 2019)
Perfil de los postulantes
Para ser postulante y posteriormente servidor de la Función Judicial se requiere cumplir con dos ciertos requisitos:
- Ser ecuatoriana o ecuatoriano y hallarse en goce de los derechos de participación política;
- Acreditar probidad, diligencia, y responsabilidad en el cumplimiento de sus obligaciones, de conformidad con el reglamento que dictará el Consejo de la Judicatura. (Código Orgánico de la Función Judicial, 2019)
El código es claro al indicar que solamente los ecuatorianos podrán participar, excluyendo a los extranjeros que no tenga ciudadanía ecuatoriana; aquellos deben estar en la capacidad académica, ser responsables con sus obligaciones y acatar las disposiciones del reglamento de Consejo de la Judicatura.
Los documentos que piden son necesarios para que evaluar al personal y escoger al mejor elemento para que la atención al cliente y el servicio a la ciudadanía sean de calidad. El certificado de calificaciones denotará la responsabilidad y sacrificio que el estudiante puso en su vida de estudiante; el certificado de evaluación de prácticas mostrara que todo lo aprendido en clase sea aplicado de manera correcta en las prácticas así como también la responsabilidad con las prácticas; además de haber un motivo por el cual quiere ser parte de determinada carrera judicial e indicará si se encuentra en la capacidad orales y psicológicas para ser parte; y por último, no estar inmiscuidos en delitos contra el Estado debido a que va a ocupar un puesto que combata contra toda clase de delitos. Los mencionados serán objeto de evaluación dentro del proceso para la elección de un servidor de la Función Judicial.
El proceso de postulación cuenta con cuatro etapas: etapa de recepción de postulación, etapa de calificación, pruebas de selección y obligatoriedad de los resultados según Código Orgánico de la Función Judicial, (2019) en su capíuclo segundo denominado Ingreso y Promoción.
La etapa de recepción de postulaciones consiste en que la convocatoria debe ser publicada en el registro oficial y se dará a conocer a la ciudadanía por los medio de comunicación y en la página web de la Función Judicial, por tal, la convocatoria es a nivel nacional con la finalidad de que todos los ciudadanos interesados participen.
La socialización de la convocatoria por los medios de comunicación indicarán detalladamente los requisitos y formularios, así como también, fechas y lugares de recepción; el instructivo del concurso únicamente se lo podrá acceder por medio de la página web de la Función Judicial.
Culminada aquella etapa, inicia la etapa de calificación en esta se considera los requisitos generales y específicos, es decir, los participantes que estén interesados por ingresar a las carreras judiciales jurisdiccionales, fiscales, y de defensoría pública deberá presentar los siguientes requisitos de acuerdo al artículo 57:
- Certificado de calificaciones generales de carrera otorgado por la universidad en la que obtuvo el título;
- Certificado de evaluación del periodo de prácticas previa a la obtención del título de abogado otorgado por la institución en la que se lo realizó. Este requisito es válido para quienes hubieren obtenido su título con posterioridad a la expedición del reglamento que regula la práctica pre profesional obligatoria.
- Relación escrita de las motivaciones por las cuales el postulante aspira a ingresar al servicio judicial. Esta relación se utilizará como uno de los elementos n las pruebas técnicas orales y psicológicas.
- Declaración juramentada de no haber sido condenado por delitos de concusión, cohecho, extorción, peculado, defraudación al Estado y demás entidades y organismos del sector público o prevaricato (sic). (Código Orgánico de la Función Judicial, 2009)
La evaluación de estos requisitos estará a cargo de Unidad de Recursos Humanos e indicará las posibles inhabilidades o incompatibilidades, y evaluarán el motivo que impulsa a los postulantes a ser parte de la Función Judicial. Los postulantes preseleccionados recibirán un informe motivado en sus domicilios y se les indicará el lugar, hora y fecha para rendir las pruebas previstas.
Las pruebas de selección, según el Código Orgánico de la Función Judicial (2009) consisten en que, “los preseleccionados rendirán las pruebas teóricas, prácticas, y psicológicas, de forma escrita y oral, que sean adecuadas para los puestos o cargos objeto del concurso” (Art.61).
Pruebas prácticas, consiste en evaluar al postulante por medio de simulacros diligencias y audiencias de acuerdo al cargo que aspira.
Conclusión
Para ser parte de los servidores de la Función Judicial debe sobresalir del resto de los postulantes en el concurso de méritos y oposiciones; a su vez el postulante debe cumplir con requisitos generales como ser ciudadano ecuatoriano a estos se le deberá añadir los requisitos propios del servicio de la Función Judicial que aspira desempeñar.