Violencia en El Noviazgo y en Las Relaciones Heterosexuales como Un Problema Público

En los últimos años se ha desarrollado un proceso de toma de conciencia social y de denuncia, no sin altibajos, de las violencias hacia las mujeres. Este tipo de violencias no es un fenómeno nuevo, sin embargo, su reconocimiento como problemática que de forma estructural afecta a toda la sociedad sí es relativamente reciente (Bosch y Ferrer, 2010).

Como señala M. Clemente (1997) “un problema social existe cuando un grupo de influencia es consciente de una condición social que afecta sus valores, y que puede ser remediada mediante una actuación colectiva”.

En el abordaje del presente trabajo se hace referencia a los acercamientos que ofrecen un análisis y comprensión de las violencias de género como problema social, centrándose en las consideraciones y especifidad de la violencia contra la mujer en el ámbito de las relaciones íntimas afectivas, de pareja o expareja, al ser este uno de los modos de ejercer esta violencia más extendidos y de consecuencias más graves para las mujeres (Echeburúa, Corral y Amor 2002). Asimismo se parte de la premisa problemática de enorme complejidad de la problemática abordada a diferentes niveles en sus interconexiones. En el trabajo que aquí se desarrolla esta complejidad viene motivada por los múltiples factores que encontramos en sus raíces causales, el contexto del vínculo afectivo emocional donde se producen y/o reproducen, en el marco de las ideas de amor en pareja y los condicionantes socioculturales que legitiman, producen, reproducen, justifican, normalizan e invisibilizan. Siguiendo a Flecha, Puigvert y Redondo (2005), “la violencia en las relaciones afectivas, estaría intrínsecamente ligada a nuestro imaginario social sobre el amor, los modelos amorosos y los modelos de atractivo, con la relevante influencia que ello ejerce en el proceso de socialización que se repite y transmite”. Para Expósito (2011) esta violencia ha desarrollado una conducta instrumental, que se introduce en la relación interpersonal, generando un binomio inseparable con una desigualdad subyacente y estructural, siendo por tanto una manifestación de una sociedad patriarcal y de relaciones de poder de los hombres hacia las mujeres donde la violencia ejerce de mecanismo perfecto para conseguir o mantener dicha desigualdad.

Considerando esta perspectiva en el presente análisis, considerando la complejidad y multicausalidad de la problemática que se aborda en el presente trabajo, se corre dos peligros en acometido por un lado, se pretende un acercamiento a la literatura que recoge las diferentes perspectivas que lo abordan, reconociendo de antemano el constreñimiento de todo intento de categorización de dichos postulados y por otro lado la complejidad en cuanto a las perspectivas de análisis de los mismos y la confusión conceptual o terminológica que puede dar lugar.

En la actualidad se mantienen vigentes los diferentes conflictos, iniciado hace décadas, en cuanto a la definición de la violencia que se ejerce contra las mujeres en las relaciones de pareja, no existiendo un término aceptado de manera universal.

Con el objetivo precisar las diferentes matizaciones de la violencia en las relaciones afectivas intimas de pareja o ex pareja, se expone la utilizada por Diaz-Aguado y Martinez Arias, 2002: “Aquel tipo de violencia ya sea física, sexual o psicológica, en este último caso si se produce de modo reiterado, ejercida sobre la cónyuge o la persona que está o haya estado ligada al agresor por una relación de afectividad y normalmente, es ejercida porque el agresor está en una posición de dominio permanente sobre la mujer”.

Continuando con dichas autoras esta definición de violencia de género contra la mujer contiene el ejercicio de la violencia física, sexual y psicológica, ejercida por el cónyuge o ex cónyuge, pareja o expareja, o varón que forma o haya formado una unión sentimental. Este tipo de violencia se da en relaciones en principio estables y constituidas, ahora bien como consecuencia de la sociedad actual, a día de hoy debido la versatilidad de relaciones de pareja se debe entender en sentido amplio y aplicado a todas las formas de parejas posibles, tanto a nivel de compromiso, de convivencia, de noviazgo y de ex parejas, es decir aquellas relaciones que se ha roto o que aún no se han constituido como las etapas preformativas al noviazgo

El presente trabajo se centra en aquella violencia contra las mujeres en las relaciones heterosexuales en los que el agresor es un hombre, ya que esta es una de las formas más comunes de las violencias que sufren las mujeres en nuestra sociedad, analizada desde la perspectiva de género.

Para matizar este punto indicar que en el marco relacional de la pareja también puede darse un patrón de violencia bidireccional, simétrica y cruzada, siendo ambos miembros de la pareja agresores y víctimas a la par, existiendo diversos estudios de investigación que reflejan dichos comportamientos en ambos presentando tasa muy similares (Cáceres 2002, 2004, 2007). De lo anteriormente expuesto se puede inferir que en la definición de violencia en la pareja se puede referir a la ejercida tanto del hombre a la mujer como de la mujer hacia el hombre, así como la violencia hacia el/la igual en las relaciones homosexuales. En este sentido Echeburúa (2007) indica los siguiente parámetros para definir dicha relación de violencia de pareja: “desaparición de afecto de ambos, reacciones de sufrimiento más o menos simétricas, igual distribución de poder, presencia de conflictos esporádicos, deseo de finalizar la relación, no produce “per se” una lesión psíquica en las personas afectadas, excepto en aquellas psicológicamente vulnerables y produce malestar e incomodidad en ambos miembros de la pareja”.

Para que dicha modalidad de violencia pueda ser clasificada de dicha forma, por tanto, debe” existir una simetría en los ataques, en las fuerzas físicas y/o psicológicas de ambos” (Corsi, 1995). Si bien los estudios concuerdan que tanto las consecuencias respecto a la incidencia lesiva, como el contexto en el que se producen tienen un matiz diferente en cuanto al género de las personas implicadas (Hird, 2000, Hammed, 2001), y por otro lado desde la perspectiva de estudio denominada “combate mutuo” (Bosch y Ferrer, 2006) se puede señalar el déficit en el abordaje de partir de la simetría de estatus sin considera la estructura social sexista ni las desigualdades sociales y económicas existentes (Yllo y Stauss 1984).

Para delimitar por tanto conceptualmente ambas expresiones de violencia de pareja y violencia de género en la pareja, se debe fijar cinco parámetros básicos: “reciprocidad, control, severidad y frecuencia, consecuencia e intervención terapéutica” (Carrasco, 2003). Situando las claves explicativas de la violencia de pareja como déficit de control de impulso y control de la ira, déficit de habilidades de comunicación y déficit en la resolución de conflictos (Carrasco, 2003).

Considerando aclarada y definida la posición de partida en este punto, desde aquí se analiza el fenómeno de la violencia contra la mujer en las relaciones intimas y afectivas desde este esquema conceptual.

En el informe Mundial sobre la violencia y la salud de la Organización Mundial de la salud (OMS 2002), afirma que “la violencia contra la mujer en la pareja se produce en todos los países, en todas las culturas y en todos los niveles sociales sin excepción, por tanto nos enfrentamos a un hecho de enorme importancia (..) pero que aún no se ha conseguido erradicar”

En las formas de las violencias de género en el contexto de las relaciones afectivas e intimas, se distinguen:

  • El maltrato psíquico o psicológico, reconocido este como la forma de agresión más frecuente pero a la vez más invisibilizada y no reconocida, e incluso toleradas socialmente en determinadas formas, al no ser identificadas como forma de violencia, justificadas porque a mendo se ejercen de forma sutil y poco perceptibles.
  • El maltrato físico, como consecuencia del abuso físico del varón, quién hace uso de la fuerza física y/u objetos, siendo habitual que haya habido maltrato psicológico y pueden causar daños de diferentes tipos incluso la muerte (homicidio)
  • El maltrato sexual, que se produce cuando se fuerza a la mujer a mantener relaciones sexuales o conductas sexuales obligadas y en contra de su voluntad o que le son degradantes, siendo considerada la violación cuando hubiera habido cualquier tipo de penetración forzosa.

Estas formas de violencia suelen darse dentro de la llamada espiral de violencia, siendo habitual que no se puedan separar entre ellas.

Respecto a la denominada violencia doméstica, se entiende como “aquellas agresiones físicas, psíquicas, sexuales o de otra índole llevadas a cabo por parte de un familiar y que causan daño físico y/o psíquico y vulneran la libertad y dignidad de otra persona, o bien “ patrón de conductas abusivas que incluye un amplio rango de maltrato físico, sexual y psicológico usado por una persona en una relación íntima contra otra para ganar poder o para mantener el abuso de poder, el control y la autoridad sobre esa persona” (Walker, 1999). Esta denominación hace especial incidencia en el ámbito donde se realiza, la esfera doméstica.

Otra conceptualización que se utiliza es la denominada violencia familiar o intrafamiliar, marcando el ámbito relacional donde se produce, por tanto es exclusiva hacia la mujer, sino que los receptores de la mismas puede ser cualquier persona integrante de la unidad familiar, si bien las más vulnerables y proclives a recibir maltrato debido a esto mismo son las mujeres, los y las menores y, las personas ancianas, así como las personas dependientes. En esta definición entraría los malos tratos de los y las hijos/as hacia su progenitores (maltrato descendente) o viceversa (maltrato ascendente).

Con frecuencia se emplea la expresión “violencia doméstica” o violencia intrafamiliar como sinónima de “violencia de género” una consideración respecto a esta incorrección sería indicar “cualquier acción u omisión intencional que dañe o pueda dañar a una persona porque se desvía de los estereotipos socialmente construidos (Lorente, 2001; Ferrer y Bosch, 2005; Sanmartín, 2007).

Por tanto bajo la expresión de violencia de género podría tener cabida la violencia ejercida sobre el varón por este alejamiento de los roles sociales a éste atribuidos, sin embargo como este tipo de violencia no es numéricamente significativa, habitualmente la expresión “violencia de género” se refiere solo a la violencia dirigida hacia la mujer, según los citados autores y autoras.

Otra precisión al respecto, es que no toda la violencia contra la mujer es violencia de género (Izquierdo, 1998), es decir no todas las formas de violencia que tienen como víctima a una mujer ha de sustentarse en el género, por la agresión recibida por otra mujer, por un/a familiar, resultado de un acto terrorista, existiendo otros muchos factores explicativos que den cuenta de estos actos violentos.

En relación a esto el movimiento feminista a lo largo del siglo pasado y en especial en la década de los setenta supuso una denuncia centrada en la violencia contra las mujeres, no como un problema privado sino como un problema público, centrando en la condición de ser mujer. No hay sino recordar que en España por ejemplo hasta 1975 en el código civil se mantenía la potestad que autoriza al marido a “corregir” a la mujer, así como obligaba a esta su obediencia (potestad marital) (Laufarri, 1994)

Un hito fundamental para la visibilización, fue la definición de la violencia contra la mujer o también llamada violencia de género o sexista en la “Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer” de la Organización de las Naciones Unidas en 1994 en la conceptualización de la violencia de género y que apela al origen sexista de la violencia, en el ámbito de la Plataforma para la Acción de Beijing, en 1995, donde se formuló la siguiente definición de violencia contra la mujer: “Todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada”

En España, la promulgación de la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género señala en su preámbulo que “la violencia de género no es un problema que afecte al ámbito privado. Al contrario, se manifiesta como el símbolo más brutal de la desigualdad existente en nuestra sociedad. Se trata de una violencia que se dirige sobre las mujeres por el hecho mismo de serlo, por ser consideradas, por su agresores carentes de los derechos mínimos de libertad, respecto y capacidad de decisión”.

Lo que no hace tiempo se entendía como un problema dentro del ámbito privado, en el contexto de la relación de pareja, se ha convertido en un problema de ámbito público (Echeburúa y Corral, 1998).

La violencia de estas características es considerada una violación de los derechos fundamentales y un atentado contra el derecho a la vida, la seguridad, la libertad, la dignidad y la integridad física y psicológica, que produce graves consecuencias en la salud física y mental de las mujeres.

El presente estudio se centra en aquella violencia contra la pareja en las relaciones heterosexuales en los que el agresor es un varón, siendo esta una de las formas más comunes de violencia contra la mujer en nuestra sociedad, donde se consideran tres formas de violencia, la física, la psicológica y sexual. Aunque esta diferenciación es por facilitar la descripción del ejercicio de la violencia, según la bibliografía al respecto, que estos tres tipos de violencia se dan de forma aislada en raras ocasiones y se solapan de manera constante (Dutton, 1992). Así las agresiones físicas suelen verse precedidas del abuso psicológico, o acompañadas del mismo (Strauss 1990; Walker, 1979). Además, el maltrato sexual se encuentra asociado a las relaciones en las que existe principalmente violencia física (Yllo, 1985). Aunque puede ejercerse también en las que existe violencia psicológica (Gelles y Straus, 1988).

La violencia en las relaciones íntimas y afectivas en la actualidad es considerada en el consenso científico como un fenómeno multicausal y complejo en el que se ven involucrado múltiples factores para su desarrollo.

Las distintas teorías multicausales explicativas de la conducta del varón agresor en la pareja inciden en la importancia las diversas dimensiones y factores implicados en dichas conductas. Así lo factores sociales, culturales, interaccionales y personales se muestran con un peso específico en el desarrollo de los comportamientos violentos.

08 December 2022
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