Cadena Perpetua En Los Grandes Delitos

Introducción

La cadena perpetua es una aflicción privativa de excarcelación de índole indeterminada, que normalmente se impone como sanción ante un incumplimiento grave, y que puede provocar la inhibición de libertad de por vida. La cadena perpetua ha sido una de las polémicas más controversiales que ha existido en Colombia en cual se encuentra muchas opiniones divididas por parte de la sociedad donde muchos están a favor que se implemente y muchos están en desacuerdo con esta implementación. Por lo cual este texto pretende explicar por qué es conveniente que en Colombia se adopte la cadena perpetua para crímenes de lesa humanidad.

Desarrollo

En primer lugar, se puede señalar que en Colombia se ha incrementado notoriamente la violencia y el abuso sexual en contra los niños. Vólmar Pérez menciona en su Artículo: “En medio de la coyuntura por los absurdos y dolorosos hechos de violencia contra los niños, como el caso del menor Andrea del Pilar Cubides, en el Guaviare, se ha venido agitando la propuesta como sanción ejemplarizante y como mecanismo disuasivo que permita contener a los perpetradores de crímenes contra los menores, y el presidente Duque ha expresado su apoyo a una iniciativa de estas características”. Sabiendo esto.

La necesidad de una condena lo suficiente justa para estas personas sería la cadena perpetua. La inocencia de la niñez en nuestro país no puede ser vulnerada por personas que pueden arremeter contra ellos sin ningún tipo de castigo. Farid Samir Benavides. Tres niños y una niña fueron asesinados en Caquetá este 4 de febrero, 2015. Un niño de 12 años sobrevivió a la masacre y alertó a las autoridades sobre lo sucedido. La directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) afirmó que estos delitos deberían castigarse con cadena perpetua, posición que ha sostenido cada vez que se produce un hecho de violencia contra niños o niñas. 

Lo mencionado en esta evidencia es solo uno de los muchos casos que no se han esclarecido bajo el marco judicial solo por no tener la certeza de los hechos. Se está siendo muy condescendiente con estos enfermizos hechos que solo reflejan el nivel de anti socialismo y la poca capacidad de actuar de forma justa contra los agresores. En segundo lugar, al adoptar la cadena perpetua en Colombia se habrán cumplido todas las peticiones y demandas de las víctimas. Yesid Alvarado del El Espectador afirma que, con la legislación vigente, sus agresores están en prisión por lo menos hasta que cumplan 78 años, tiempo durante el cual no pueden volver a atentar contra los niños.

Con la propuesta de cadena perpetua, los menores estarán a salvo de sus ataques hasta que el condenado muera, lo que en Colombia ocurre, estadísticamente, alrededor de los 73 años. Consecuente a esta evidencia, las penalidades contempladas en la constitución no son lo suficiente pertinentes para un delito a un menor, aun siendo así que lo priven de la libertad por 73 años que es el promedio de años vital para una persona en Colombia. La única sentencia válida es que nunca pueda entrar en contacto con la sociedad, seguiría siendo una amenaza. Velázquez (como se cita en Rincón Herrera) manifiesta que la cadena perpetua tiene la finalidad de producir un impacto tranquilizador a la sociedad. 

Sería una forma de pagar por los delitos atroces cometidos contra los menores y más como un correctivo para esta sociedad que es ignorante ante estos abusos. Por último, la aprobación de la cadena perpetua como sistema de protección es una garantía para los niños. Cuneo (Como se cita en Rincón Herrera) afirma que la finalidad de la cadena perpetua es la búsqueda de control social como una función de protección para todo aquel individuo que sea vulnerable a crímenes de lesa humanidad para poder dar garantías de una comunidad sana. Sin embargo, busca regular las conductas de los ciudadanos por medio de estrategias instauradas.

Por el estado respetando los derechos de todos como lo consta en la constitución. Teniendo en cuenta lo anterior,  este mecanismo de protección protegerá a nuestra sociedad de estos agresores, aunque esto no nos exime de que estos lamentables sucesos sigan ocurriendo y algunos sin poder ser esclarecidos. Argumentando que la cadena perpetua no viola tratados internacionales pues no existe una prohibición expresa a ese tipo de penas en los tratados ratificados por Colombia; y diciendo que esa condena sí podría ser un mecanismo efectivo de protección de los niños, el Consejo de Política Criminal emitió un concepto favorable para el proyecto de ley.

Conclusión

Pide cadena perpetua para los violadores y asesinos de niños. Siendo así, no hay ninguna ley que prohíbe al estado en poder aprobar la cadena perpetua como condena carcelaria para crímenes de lesa humanidad, ya que no se está atentando contra el agresor, solo se le cohíbe de la libertad por ser tomado como una amenaza para la nuestra sociedad; algo lo suficientemente justo. En conclusión, se puede reafirmar que es conveniente implantar la cadena perpetua para crímenes de lesa humanidad, ya que su finalidad es la búsqueda de control social como función de protección para todos los individuos de la sociedad.

Referencias

Alvarado, Y (2019). Perpetuo debate de la cadena perpetua. Bogota, COL: El espectador.

Benavides, F (2019). La cadena perpetua: otra vez a debate. Bogotá, COL.: razón pública. 

El tiempo (2019). La dura discusión que tuvo la cadena perpetua violadores de menores.

Farid Benavides (2019). La cadena perpetua: otra vez a debate. Bogotá, COL.: razón pública. 

Rincón Herrera, M. F. (2018). La viabilidad de la aplicación de la cadena perpetua como sanción para delitos graves cometidos en contra de los niños, niñas y adolescentes en Colombia.

22 October 2021
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