Concepto de República en el Trabajo de Bodin "Los Seis Libros de República"
Jean Bodin fue un destacado intelectual francés que desarrolló sus ideas en los campos de la filosofía, el derecho, la ciencia política y la economía. Bodin nació en el seno de una familia burguesa. En su juventud recibió formación en los claustros de los carmelitas en Angers; luego, en París, sigue cursos en la Universidad y en el Collège de France, impregnándose de la escolástica medieval y del humanismo renacentista. A partir de 1549 fue liberado de los votos monacales. Estudió y enseñó derecho romano en la Universidad de Tolosa durante la década de 1550.
Vuelve a París en 1561, en medio de una época en que comienzan las guerras de religión; su formación religiosa en lo personal es testimonio de esa época, pues al parecer –habiendo sido monje carmelita– se sintió atraído por las enseñanzas rabínicas, así como por la corriente reformada de Calvino.
En París ejerció como abogado y como miembro del Parlamento de París (tribunal superior de justicia).
A partir de 1566 comenzó a dedicarse a los temas que marcarán su pensamiento: la filosofía de la historia, la filosofía del Estado, la Economía. Sus aportes a la teoría del Estado, en particular mediante el concepto de soberanía, han sido de gran importancia para la modernidad y conservan engran medida valor.
Bodin murió alcanzado por la peste en 1596.
En la filosofía política su gran aporte es la construcción del concepto moderno de soberanía, de un modo similar al que se concibe en la actualidad. Junto con Maquiavelo, sienta las bases o presupuestos teóricos del Estado Moderno (en su concepción histórica), sustituyendo al llamado Estado Estamental. Su obra más importante es Los seis libros de la República (“Les six livres de la Republiqué”), que es un clásico del pensamiento político, en el que define al Estado en base a su soberanía.
Llama República a lo que hoy conocemos como Estado y lo define como el recto gobierno de varias familias y de lo que les es común con potestad soberana. Bodin no manifiesta de manera expresa lo que entiende por recto gobierno, pero de su obra se deduce quees un gobierno conforme a la justicia.El origen de la referencia a la familia en la definición de la república, viene a determinar la prioridad de aquella en relación con ésta , lo que, a Bodino, le será doblemente útil en sus argumentaciones. Por un lado, porque la familia, constituida previamente en derecho, proporcionará un cómodo modelo para la construcción del Estado y permitirá, especialmente, comprender la naturaleza de la autoridad “al igual que la familia bien dirigida es la verdadera imagen de la república, y el poder doméstico es comparable al poder soberano, así, el recto gobierno de la casa es el verdadero modelo del gobierno de la república”[footnoteRef:1]. [1: Bodin, J.(1577). Seis libros de la República.]
Gracias a la adopción de este criterio, puede establecer un paralelismo:
Familia, patria, potestad (poder ejercido sobre la familia y los bienes por una persona a través de esta). propiedad privada, Estado (varias familias). Poder soberano (recto gobierno). Dominio público (lo común a todas las familias). Establece un principio de autoridad manifestando que toda república, toda corporación, todo colegio y toda familia se gobierna por mando y obediencia. el recto gobierno de la casa es el verdadero modelo del gobierno de la república, esto lo plantea por el poder que ejerce el marido sobre la mujer, eso sí, nos advierte y aclara, la mujer legítima. También es la del poder del padre sobre los hijos.
La soberanía va a ser para Bodin lo que caracteriza al Estado frente a cualquier otra forma de organización política, el vínculo que une a los ciudadanos y les convierte en pueblo o súbditos de un Estado. Define la soberanía como el poder absoluto y perpetuo de una República.
Por absoluto entendemos a aquel poder que se encuentra libre de condicionamientos y ataduras. Bodino libera la condición de la voluntad real de la concepción occidental de Dios y propone, a través del coloquio, una idea de un mínimo religioso a la que el poder se atañe. Esto puede parecer paradójico en el sentido de, que si es absoluto el poder, no debe atenerse a ningún condicionamiento. Esta paradoja la resuelve Bobbio cuando explica que el poder absoluto no es el ilimitado; simplemente significa que el soberano, siendo el que tiene el poder de hacer leyes, no puede estar sometido a éstas porque no puede gobernarse a sí mismo.y conpoder perpetuo se refiere a que puede ocurrir que se conceda poder absoluto a uno o varios sujetos por tiempo determinado, los cuales, una vez transcurrido éste, no son más que súbditos.
Algunos creen advertir una contradicción en la obra de Bodin, ya que este poder supremo tiene límites, que él traza con un fin estabilizador y para evitar que el monarca (o titular de la soberanía) se exceda en su ejercicio. Estos límites son
la ley divina y la ley de la naturaleza, Y si, así convenimos que el príncipe soberano no está sujeto a las leyes de los que le preceden, menos estará obligado, en consecuencia, a sus propias leyes. Aunque cabe aceptar ley de otro, por naturaleza, es imposible darse ley así mismo, o imponerse algo que depende de la propia voluntad.
Esto límites los concreta en:
El respeto a la palabra dada, observancia de los pactos y el respeto de la propiedad privada. En consecuencia al carácter sagrado que Bodino otorga a la propiedad como atributo imprescriptible de la familia crea restricciones hacia ella “Si el príncipe soberano no tiene poder para traspasar los confines de las leyes naturales que Dios, del que es imagen, ha puesto, tampoco podrá tomar los bienes ajenos sin causa justa y razonable, es decir, por compra, trueque o confiscación legítima, o bien para hacer la paz con el enemigo, cuando ésta, sólo pueda lograrse de este modo”.
Ningún soberano puede cambiar la ley de sucesión al trono ni derogar la ley sálica. Esos trazos son los que dan origen al Estado Moderno: concentración de poder en el Rey, poder absoluto, supremo (a diferencia del Estado Estamental, en que todos están sometidos al poder soberano).
Es necesario ver quiénes son los que en la república detentan la soberanía.
Existen tres tipos: Monarquía cuando la soberanía reside en una sola persona, sin que participe en ella el resto del pueblo; democracia o estado popular, cuando todo el pueblo o la mayor parte, en corporación, detenta el poder soberano; aristocracia, cuando la parte menor del pueblo detenta en corporación, la soberanía y dicta la ley al resto del pueblo, sea en general o en particular. El estado popular, dice, es el más estimable, en la medida que persigue la igualdad y rectitud en todas las leyes, sin favor ni consideración de las personas, y reduce las constituciones civiles a las leyes naturales. Además los verdaderos atributos de la república parecen encontrarse solamente en el estado popular, donde todo el pueblo goza del bien público y todos participan de los bienes comunes.
Para Jean Bodin existian 3 tipos de república las cuales eran: república popular, la república aristocrática y la república monárquica a la cual describe como la república por excelencia ya que es el tipo de gobierno donde la soberanía es desarrollada de mejor manera ya que concentra todo el poder en una sola persona, que en ese tiempo era el príncipe. Bodin entiende la soberanía como el poder que se tiene para hacer y legislar las leyes. El creía que el soberano no podía autogobernarse , ósea la persona que hacia las leyes para el orden entre sus súbditos no para el ya que gozaba de poder absoluto. Según Norberto Bobbio dice que el poder absoluto es cuando el soberano hace todas las leyes pero que este no esta sometido a estas porque no se puede autogobernarse. Las condicionantes:el soberano debe apegarse; Bodin dice que el poder soberano del príncipe se encuentra condicionado por la Ley divina y la Ley natural si fuera de otra manera el perderia la soberanía si se le condiciona con otro tipo de leyes. De igual modo el soberano esta condicionado cuando se refiere a la propiedad privada ya que este no puede decidir sobre alguna propiedad sin el consentimiento del propietario. El príncipe tiene la facultad de que los ciudadanos paguen impuestos (necesario para el estado). También debe apegarse a las leyes ya que en estas dice todo acerca de su soberanía y si no sabe podría perderla aunque este cuenta con mas facultades que condicionantes como poder hacer leyes , cambiar o anularlas.Esta facultad es solo del soberano. Según Bodin la soberanía es ilimitada en poder, en responsabilidad y en tiempo ya que “lo cierto es que el rey no muere jamás” el cual menciona esto porque al momento de morir el monarca, automáticamente el heredero se convierte en soberano sin necesidad de ceremonia alguna y de esta forma la soberanía conserva su “poder perpetuo”.
Podemos concluir que la soberanía en el tiempo que Jean Bodin escibe su libro “Los seis libros de la República” ha servido actualmente en la composición del ejercicio de poder y además en la clasificación que este autor le daba a ellas. Se logra entender que el tiempo en que esta obra es escrita existía como gran fuente de poder el monarca, lo cual hacía que este tipo de soberanía fuera la predominante en las sociedades. Para Bodin la soberanía puede residir en uno solo, en unos pocos o en muchos (Monárquia, Aristocracia, Democracia) y en todos estos casos debe ser absoluta, permanente, suprema, independiente y no estar regida por las leyes, además esta debe ser indivisible por lo tanto no puede ser compartida. Según este autor la monarquía era la que mayores ventajas entregaba y por lo tanto, para el esta se encontraba en la cúspide de la jerarquía de los gobiernos.
Bibliografía
- Los seis libros de la República, Jean Bodin (1577)