Constitución en Americana: Constitución Política de Colombia de 1991

El proceso de profundización de la democracia es el resultado de procesos que surgieron en la manifestación de distintos actores sociales, los cuales, reclamaban participación o visibilización institucional; su desarrollo, llevó a una variedad de resultados, que incluso, en algunos procesos, alcanzan reformas o sustituciones constitucionales (Perbellini, 2012). Origen de una verdadera participación ciudadana y real manera de ejercer la ciudadanía para una democracia participativa y la formación de un estado social de derecho.

Las transformaciones que sucedieron se identificaron como procesos de transición democrática, en los cuales diferentes países optaron por abrir la participación política a actores políticos que en un momento previo no contaban con representación (de Sousa, 2014), como en Colombia, donde a partir de la Asamblea Nacional Constituyente de 1991 se logró hacer más participativo el sistema político colombiano a partir de la inclusión de distintos actores que no tenían antes la posibilidad de participar en la conformación y decisión del orden y fin del Estado; pasando por un proceso de ruptura de la tradicional representación y relación unidireccional Estado – sociedad civil según Boaventura de Sousa (2006) y que se evidencia en lo que autor llama sociedades semiperiféricas. En el siguiente texto se reflexionara sobre la manera como el poder constituyente se vería como el poder social en Colombia.

En las trasformaciones constitucionales, el mecanismo que interviene es el constituyente y con este el poder constituyente que puede reformular el sistema jurídico-político de una sociedad, en el momento que este así lo considere (Holmes, 1999) siendo la final causa y fin de la Constitución: el pueblo o también dicho el poder constituyente no obstante existe la tendencia a pensar que la democracia es el resultado del consenso normativo dado en la constitución. De acuerdo con la manera como esta se logre, da pie a debates respecto a su legitimidad y validez en el ordenamiento jurídico, pareciendo entonces que este es un debate que incumbe tan solo al constitucionalismo y sus tratadistas ajenos al pueblo como tal.

Pero , concebirlo de esa manera puede llevar a considerar que el sujeto constituyente no es quien determina la norma básica y que no funda el sistema jurídico, por lo cual figuras como el poder constituyente entrarían a ser ficciones quitándole todo crédito al poder constituyente. Como crítica a esta postura de concepción y formación del Estado Boaventura de Sousa (2006) y Hésper Pérez (s.f.), argumentan, que la democracia reflejada en la Constitución que la soporta, no es resultado de unos arreglos institucionales de orden estatal, ni tampoco, el diálogo entre constitucionalistas, sino el resultado de un poder constituido empoderado a través de la participación y la representación.

Aun cuando hoy en día se mantenga la defensa argumental de la Constitución como un texto cuya legalidad reposa en su capacidad de contar con una validez jurídica, no se puede desconocer que los arreglos constitucionales que, en las últimas décadas han sucedido en Colombia, se construyeron bajo una óptica mucho más progresista, cuyos contenidos convergen hacia lo que esta misma plantea a título de reconocer a Colombia como un Estado Social de derecho.

Esta progresividad en los derechos cuyos fines propenden por la participación igualitaria de todas las partes, en las instancias de decisión institucional, muy de la mano de los modos de producción del poder social que destaca Boaventura de Sousa (2006).

En este sentido, la Constitución Política de Colombia de 1991 establece la soberanía del pueblo como elemento político primario sobre el cual emerge la relación político-jurídica de la nación, exigiendo con esto el papel del poder constituyente como determinante de la dirección de la organización socio-jurídica de la sociedad colombiana que, entre otras cosas, desmitifique la construcción imperativa de un orden social fundado en la división, y si se quiere, subyugación, del poder popular frente al Estado. La participación ciudadana vista también en el ejercicio del voto; que juega un papel importante no obstante este tema conllevaría a otra discusión interesante que conduciría a otro escrito pero cabe recalcar como argumenta Peralta (2010) toda participación ciudadana demanda una participación política porque se supone que para que realmente haya una intervención de la ciudadanía en la toma de decisiones públicas y no podrían darse fuera del ejercicio del poder político,

Para finalizar, algunas reflexiones a modo de conclusión , primero, el poder constituyente como forma importante de participación ciudadana debe tener una estrecha relación con el orden constituido (normativo) de lo contrario, en la medida que desconozca la participación y representación en consenso, puede estar permeada por el interés de trasformación individual según intereses, lo cual sucede generalmente, con el uso de la violencia como mecanismo de disputa que hemos vivido y vivimos actualmente y aquí surgen otros debates como el de la legitimidad que tienen estas vías de hecho.

Segundo, la relación puesta a consideración, también se puede plantear como un conflicto latente que convoca la variedad política en la conformación de la institucionalidad política, en la medida que se logre de manera más o menos satisfactoria la representación y la participación de los distintos actores sociales y políticos, creando en este sentido una mejor armonía constitucional e institucional a través de la construcción de consensos que lamentablemente en Colombia después de la constitución de 1991 no se refleja, por el contrario se busca desprestigiarla y desmantelarla y como menciona Boaventura de Sousa (2006) sobre la modernidad del estado constitucional con su sistema jurídico unificado son un reflejo de los intereses privados y particulares que responden a lo económico. 

Todo lo anterior nos lleva a reflexionar frente a la importancia de la participación ciudadana activa y consciente para poder influir en las decisiones públicas pero que no se pueden apartar de la participación política es nuestro verdadero poder social para una verdadera democracia, estado somos todos y todos deberíamos participar en su regulación, conformación y funcionamiento. 

24 May 2022
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