El Conocimiento Del Derecho Administrativo en la Cultura Empresarial

Para el autor García Maynes, “es la rama del derecho publico que regula la organización de la empresa de la administración publica y de las diversas personas administrativas en las cuales ha encarnado”. (Maynes Eduardo, 1980; pág. 8).

Esta área del derecho surge de la rama del derecho publico el cual deberá de ser aplicado para todas aquellas relaciones y actividades entre el Estado y sus órganos y entidades y la relación humana social donde intervenga, cuya finalidad es regular el ámbito jurídico cuando exista conflicto para efectivizar la defensa de los derechos de la colectividad asegurando de esa cuenta el bien común.

Características del derecho administrativo

El derecho administrativo esta caracterizado por lo siguiente:

  • Común: porque se aplica a todos los órganos públicos.
  • Local: porque es creado y aplicado internamente de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de la Republica derivado de sus mandatos.
  • Autónomo: en virtud de que goza de plena autonomía al contener sus propios principios y un ordenamiento jurídico distinto al del derecho privado.
  • Exorbitante: ya que al existir cualquier entidad publica será aplicado el derecho administrativo, y en la relación jurídica que emanan los intervinientes no existe una igualdad de condiciones pues el Estado es quien ejerce el poder publico y los habitantes del Estado son sus administrados.

Estas características son de suma importancia para poder contrastar esta rama del derecho con otras áreas, pues nos aportan elementos propios y únicos de los cuales hacen que sea indispensable su uso y no sea parte de otra área, sino goce de autonomía propia para poder surtir efectos en la vida jurídica

Fuentes del derecho administrativo

Las fuentes son aquellas que otorgan la fuente del conocimiento que es utilizado para la creación de normas y procedimientos jurídicos dentro de las doctrinas que sustentan todas las leyes. Por lo tanto constituyen un conjunto de razonamientos e información de donde surgido la actividad humana en diferentes épocas para acentuar y dar vida a un derecho o una ley en concreto.

Por lo tanto las fuentes del derecho administrativo son todos los factores, hechos históricos o elementos relevantes que directamente influenciaron en la creación de las normas jurídicas del ámbito administrativo.

“Las fuentes son la Constitución, leyes federales y locales, tratados internacionales, usos y costumbres, las ideas político-sociales de los gobernantes, hechos sociales que engendran normas del derecho administrativo, reglamentos administrativos federales, locales y municipales, las circulares, jurisprudencia, principios generales del derecho administrativo”. 

Lo anterior refleja que las fuentes del derecho administrativo se constituyen de actividades, documentos, normativas, resoluciones, estudios y entre otros factores utilizados en épocas anteriores siempre por órganos que ejercen el poder mando o gobierno pues son hechos que marcan la vida social, jurídico y político entorno a la administración publica.

Relación del derecho administrativo con otras áreas del derecho

Esta relación se da, porque tradicionalmente se encuentra dividido en categorías de derecho publico y derecho privado que a su vez comprende cada categoría una serie de normativas del ámbito de aplicación distintas por tanto esta clasificación nace por que una normativa conlleva a la otra o se conexa para su interpretación y aplicación. Es por ello que se relaciona de la siguiente manera:

  1. Con Derecho Constitucional: En virtud de que la Constitución contiene los mandatos obligatorios, regulando de manera escrita la organización y estructura del estado así como sus limitaciones, requisitos y funciones primordiales. La función de este derecho abarca estudia y regula los tres órganos por los cuales se compone el Estado.
  2. Con Derecho Penal: Se relaciona ya que, el exceso de aplicación o los abusos y arbitrariedades generan una sanción tipa de ámbito penal a trabes del derecho administrativo disciplinario que lo contempla.
  3. Con Derecho Civil: En virtud de que en ocasiones le es aplicable en cuanto a la capacidad, persona, personalidad, negocio jurídico, entre otras figuras.
  4. Con Derecho Financiero: Se relaciona bastante en virtud de que regula la actividad financiera del Estado, pues constituye parte del recaudo, gestión y administración de la hacienda publica, siendo esta relación directa e inmediata, pues las normas financieras forman parte de la administración publica del Estado.
  5. Con Derecho Municipal: Se da esta relación pues las municipalidades son entes públicos descentralizados y autónomos y tienen relación con el particular.
  6. Con Derecho Procesal: Pues se constituye como la parte adjetiva o practica del derecho, cumpliendo con las formalidades de los procesos que se inician en los tribunales competentes en el caso de incumplimiento del ordenamiento jurídico que regula el Estado.
  7. Con Derecho Ambiental: En este derecho se da en virtud de concesiones, protección y administración de los bienes del Estado y del patrimonio natural del que se cuenta en donde se regula todas aquellas propiedades administradas por el Estado y que de cierta manera son explotadas introduciendo al ambiente en sus efectos directos y futuros.

 

El análisis de estas relaciones es de importancia para estructurar las normativas desde un punto jerárquico pero también de interrelación pues las actividades humanas pueden tener efectos o relaciones con varas áreas del derecho al mismo tiempo y de existir una interpretación y técnica jurídica adecuada. 

17 August 2021
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