La Anexión de Crimea y las Leyes en las Que Se Basó

En cuanto a la intervención armada, primero, cabe destacar que la utilización de la fuerza por parte de Rusia en Crimea vulnera el artículo 2.4 de la Carta de las Naciones Unidas que prohíbe “el recurso a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado”.

A pesar de que en principio el uso de la fuerza armada no estaba muy clara, la situación se esclareció cuando Vladimir Putin pidió al Consejo de la Federación Rusa que autorizara el despliegue militar ruso en Crimea y aprobó dicha petición basándose en “la extraordinaria situación que tiene lugar en Ucrania y […] las amenazas contra la vida de ciudadanos rusos, nuestros compatriotas, y miembros del contingente militar de las fuerzas armadas de la Federación de Rusia desplegados de conformidad con el acuerdo internacional en el territorio de Ucrania, la República Autónoma de Crimea”.

El artículo 2.4 de la Carta de las Naciones Unidas prohíbe el recurso a la fuerza, sin embargo, este principio tiene dos excepciones: la autorización del Consejo de Seguridad (artículo 42 de la Carta de las Naciones Unidas) y el derecho de legítima defensa (artículo 51 de la Carta). Por lo tanto, es necesario analizar si dicha intervención armada entra dentro de alguna de las dos.

En cuanto a la excepción del artículo 42 de la Carta, se sabe que el Consejo de Seguridad no le dio dicha autorización a Rusia. Por lo que Rusia tratando de justificar su intervención armada, “invocó un argumento relativo a la protección de la población rusa y de las tropas rusas que insinúa el ejercicio de la legítima defensa. Debido a la debilidad de este argumento, Rusia se basó igualmente en la existencia de una petición de Viktor Yanukovych para intervenir en Ucrania, considerando que la invitación de las autoridades oficiales de un Estado descartan, efectivamente, la violación de su soberanía y de la prohibición del recurso de la fuerza contra su integridad territorial.”

En relación a la excepción del derecho de legítima defensa recogido en el artículo 51 de la Carta de Naciones Unidas, sólo cabe frente a un “ataque armado contra un Miembro de las Naciones Unidas”. Para ello, es necesario saber en qué consiste un ataque o agresión armada, este concepto lo definió la Resolución 3314 (XXIX) de la Asamblea General de las Naciones Unidas como “el uso de la fuerza armada por un Estado contra la soberanía, la integridad territorial o la independencia política de otro Estado, o en cualquier otra forma incompatible con la Carta de las Naciones Unidas”.

Para que se pudiese aplicar la legítima defensa a esta situación concreta, la base naval rusa en Sebastopol debería haber sufrido un ataque armado por parte de Ucrania, de manera que pudiese justificar esa intervención como un acto para proteger a las tropas rusas. Sin embargo, a este respecto la CIJ manifestó, que incluso aun habiendo ataques aislados, este tipo de incidentes no son suficientes.

Por tanto, tras afirmar que ese primer argumento no justifica la intervención armada de Rusia en Crimea como legítima defensa, vamos a pasar a analizar el segundo argumento elaborado por Rusia como protección de la población ruso-parlante en Ucrania. Sin embargo, Tom Ruys ha demostrado que el comportamiento de los Estados en dicho ámbito es equívoco, ya que “las tesis doctrinales que apoyan la existencia de dicha norma se refieren principalmente a operaciones de rescate de rehenes e incluyen operaciones en las cuales el Estado cuyo territorio fue el objeto de la intervención había consentido”, y que de todas formas, al faltar la opinio iuris necesaria para para que se convierta en costumbre internacional no existe un consenso con respecto a su obligatoriedad. Aunque los estados lo hubieran consensuado, la legítima defensa solo hay que ejercerla en las circunstancias particulares.

Debido a que esa doble justificación de la legítima defensa no era válida, Rusia planteó otro argumento, afirmando que la intervención se debía a una invitación hecha por Viktor Yanukovych como Presidente de Ucrania. El 1 de marzo de 2014 el representante de la Federación Rusa ante el Consejo de Seguridad afirmó que “el Primer Ministro de Crimea, Sr. Aksyonov, se dirigió al Presidente de Rusia para solicitarle asistencia a fin de restablecer la paz en Crimea. De acuerdo con la información disponible, la solicitud también recibió el apoyo del Sr. Yanukovych, cuya destitución, a nuestro juicio, fue ilegal”.

Según la CIJ, la solicitud se debe formular por las autoridades oficiales del Estado, ya que el principio de no intervención, “perdería su importancia como principio de derecho si la intervención pudiese estar justificada en una sola petición de ayuda formulada por un grupo de oposición en otro Estado”. Por lo tanto, tampoco sirve como justificación de la intervención dicha solicitud, pues solo representa a un grupo de oposición y no a las autoridades del Estado como tal.

La duda, no obstante, podría subsistir respecto de la petición de Viktor Yanukovych en su supuesta calidad de representante de Ucrania en el orden internacional. La supuesta invitación de Viktor Yanukovych no puede considerarse como una justificación para la acción militar rusa en Ucrania, ya que había sustituido y se había formado un nuevo gobierno para aquel entonces.  

27 April 2022
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