La Libertad De Expresión Como Derecho Fundamenteal

INTRODUCCIÓN

El presente trabajo ha sido desarrollado previo al ingreso como maestrante a la maestría de Derecho Constitucional en la Universidad Católica Santiago de Guayaquil, titulado “La libertad de expresión como derecho fundamental”, el cual tiene como finalidad definir y percibir la importancia de la libertad de expresión en el constitucionalismo y por consiguiente en la democracia de nuestro país.

El Derecho Constitucional es una rama del Derecho el cual siempre lo que considerado de vital importancia para los profesionales en general y fundamental para los profesionales del Derecho, por lo tanto, he decido aplicar al proceso y postulación a la maestría en Derecho Constitucional impartido por la prestigiosa Universidad Católica Santiago de Guayaquil.

En esta investigación desarrollaremos un estudio general sobre la libertad de expresión, su importancia para la democracia, citaremos algunos casos sobre su restricción en varios países de la región basado en informes de la CIDH; y, como punto final abordaremos la evolución de la libertad de expresión a través de las redes sociales. 

DESARROLLO

LIBERTAD DE EXPRESIÓN

Juan José Solozabal Echavarria en su libreo “LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN DESDE LA TEORÍA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES” define a la libertad de expresión como “el derecho de todos a manifestar y comunicar sin trabas el propio pensamiento”, este derecho está garantizado por nuestra Constitución y la Convención Interamericana Sobre Derechos Humanos.  

La libertad de expresión se la debe entender con claridad para no tergiversarla y llegar a considerarla como el derecho a difamar, ya que la limitación que tiene en resumen es asegurar el respeto a los derechos, especialmente a la reputación de los demás, cabe mencionar lo expresado por el ex presidente de la República Rafael Correa Delgado en varios medios de comunicación “la libertad de expresión no debe ser, libertad de difamación”.

El derecho a la libertad de expresión en varias ocasiones se ha visto en peligro especialmente por políticos de turno cuestionando de trabajo desarrollado por varios medios de comunicación y estos a su vez han pretendido extenderlo y de ser posible lograr que llegue a ser considerado “ilimitado”, lo cual deja en evidencia un claro desconocimiento de constitucionalismo o un claros y mezquinos intereses o a conveniencia por parte de estos políticos y profesionales y/o medios de la comunicación social.

Después de haber realizado un análisis prolijo al párrafo anterior he considerado muy importante que, el constitucionalismo debe ser implementado en las mallas curriculares en todos los niveles de educación, y para la ciudadanía al menos a través de spots informativos por parte de la Secretaría de Comunicación de la Presidencia por citar una alternativa, esto con el objetivo de dar conocimientos básicos mínimos de constitucionalismo y crear conciencia en nuestra comunidad, esto hará que nuestra cultura mejore y se logre el respeto en forma individual y colectiva hacia cada uno de los ciudadanos, más allá de lo que establezca cualquier norma regulatoria.

IMPORTANCIA DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

La libertad de expresión tiene una función central en la consolidación y el desarrollo de las sociedades democráticas, a través de ella se logra la consolidación de otros derechos fundamentales, así mismo cabe destacar la importancia que tiene la limitación que establece la Constitución y la misma Convención Interamericana Sobre Derechos Humanos, al instaurar que la ley pueda prohibir, como ejemplo la difusión de contenidos de odio, guerras entre otros de incitación a la violencia. (CIDH)

En palabras de la CIDH el ejercicio de la libertad de expresión define nuestra naturaleza humana,

…se trata de uno de los derechos individuales que de manera más clara refleja la virtud que acompaña –y caracteriza– a los seres humanos: la virtud única y preciosa de pensar al mundo desde nuestra propia perspectiva y de comunicarnos con los otros para construir a través de un proceso deliberativo, no solo el modelo de vida que cada uno tiene derecho a adoptar, sino el modelo de sociedad en el cual queremos vivir. Todo el potencial creativo en el arte, en la ciencia, en la tecnología, en la política, en fin, toda nuestra capacidad creadora individual y colectiva, depende, fundamentalmente, de que se respete y promueva el derecho a la libertad de expresión en todas sus dimensiones. Se trata entonces de un derecho individual sin el cual se estaría negando la primera y más importante de nuestras libertades: el derecho a pensar por cuenta propia y a compartir con otros nuestro pensamiento. (CIDH)

RESTRICCIONES A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

Dentro de las restricciones a la libertad de expresión citaremos a Cuba, ya que desde hace más de medio siglo este país es gobernado por un partido único, en consecuencia no existe debate político, según el informe de la Comisión Interamericana de Derecho Humanos Cuba ha organizado un aparato institucional con el fin de coartar la libertad de expresión y silenciar voces contrarias al gobierno incluso llegando a reprimir a periodistas independientes, ya que existe un monopolio de los medios de comunicación acaparado por el Estado, en consecuencia este país en las últimas 5 décadas ha estado liderando el escenario más adverso para el derecho a la libertad de expresión, casos similares pero en menor magnitud se dan en Nicaragua y Venezuela.  

LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN A TRAVÉS DE LAS REDES SOCIALES

Las redes sociales han adquirido un papel relevante en la vida de los ciudadanos, a través de las cuales se hace más efectivo el derecho a la libertad de expresión y a su vez de información, claro que así mismo se convierte en el enemigo de cada una de las personas que intervienen que, hoy por hoy es casi nula la exclusión a este derecho fundamental, ya que muchas de las veces su restricción en mínima y se corre el riesgo de que se violenten otros derechos fundamentales, como efectivamente sucede en muchos casos, a diferencia de los medios tradicionales que, de una u otra manera han sido regulados y controlados. 

Estas fuentes de expresar la libertad de expresión de la ciudadanía no se han regulado o, su control y regulación avanza lentamente en la mayoría de los países; y, muchas veces se convierten en un instrumento muy peligroso para los gobernantes especialmente, es por esto que ya muchas autoridades ven que se debe tomar cartas en el asunto de forma urgente e impostergable, más allá de que son eficientes para la investigación o denuncia de delitos, también se han convertido en bumerang para muchas personas que fomentan odio a través de las mismas de las cuales ya se ha tenido una sentencia por delito de odio hacia una joven que ha tuiteado burlándose de las víctimas de ETA.  

CONCLUSIÓN

Este trabajo ha sido de mucha satisfacción a pesar de que es una investigación corta y muy general, sin embargo, no ha dejado de ser interesante, seguro que, una vez cursando la maestría en Derecho Constitucional abordaremos y ampliaremos este tema, con la guía de los catedráticos especializados en el Derecho Constitucional.

El Derecho constitucional y la libertad de expresión como parte de los derechos fundamentales, aun cuando pueda ser criticada o cuestionada de acuerdo al rol que nos involucre, es primordial para el cumplimiento y fortalecimiento de otros derechos fundamentales.  

Es interesante presenciar como el Derecho Constitucional a treves de la libertad de expresión está en constante evolución ya que así lo exigen las nuevas tecnologías, lo cual hace que los profesionales del Derecho nos interesemos y preocupemos más en esta rama del Derecho por ser de vital importancia para el desarrollo de los pueblos y de la profesión misma, tal como se lo está viviendo a través de la tecnología y las redes sociales, esta evolución en los últimos años se viene implementando de forma acelerada, en consecuencia debemos tomar el mismo ritmo como profesionales responsables en la evolución del Derecho.  

Bibliografía

  • CIDH. (s.f.). Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. Marco jurídico interamericano sobre el derecho a la libertad de expresión.
  • Echavarria, J. J. (1991). LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN DESDE LA TEORÍA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTELES. Revista Española de Derecho Constitucional, 32.
  • http://www.oas.org/es/cidh/expresion/showarticle.asp?artID=623&lID=2. (2020). 3 – Capitulo II – La Libertad de Expresión en el Contexto del Sistema Interamericano de. OEA.
  • https://legislacionperiodistica.wordpress.com/2014/11/25/derecho-a-difundir-informaciones-u-opiniones/. (2014). DERECHO A DIFUNDIR INFORMACIONES U OPINIONES. Legislación Periodística.
  • https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/listados/tematica2.jsp?subtema=21546&cadena=l. (2014). Sentencia CC. Documentos para la libertad de expresión.
  • https://www.significados.com/libertad-de-expresion/. (2020). Significado de Libertad de expresión. Significados.
  • Humanos, R. E. (2018). INFORME ESPECIAL SOBRE LA SITUACIÓN DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN CUBA.
  • Lopez Prado, E. (2017). La libertad de expresión y las redes sociales, enemigos íntimos. https://www.legaltoday.com/practica-juridica/derecho-civil/nuevas-tecnologias-civil/la-libertad-de-expresion-y-las-redes-sociales-enemigos-intimos-2017-01-16/.
22 October 2021
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