La Orden Que Averigua Como Concluir Un Procedimiendo Penal
Introducción
En este trabajo investigativo estudiaremos el Procedimiento abreviado, que significa, cuál es su propósito, sus reglas y todo lo que conforma dicho procedimiento. El Procedimiento Abreviado es un orden que averigua como concluir prontamente con el procedimiento penal, ya que el Código Orgánico Integral Penal está integrado por distintos tipos de procedimientos los cuales son, el procedimiento ordinario, procedimiento directo, procedimiento abreviado y el ejercicio de acción privados, es considerado como un proceso alternativo registrado en la carta magna, la Constitución de la República del Ecuador
Desarrollo
Este procedimiento tiene como objetivo que la persona procesada tenga la posibilidad a través de una alianza con la Fiscalía, admitir la culpabilidad de la conducta que se encuentra en investigación y tener la oportunidad de tratar la pena a través de una transacción jurídica se instaure una pena atenuada distinta a lo que recoge el tipo penal.
Existe una gran diferencia entre el COIP y la Constitución por dicho procedimiento y los derechos que se encuentran implantados en la Carta Magna. Me tomaré el atrevimiento de citar a Darío Jorqué, que en su obra Juicio abreviado y suspensión de juicio a prueba, evidencia que en este tipo de procedimiento existe un acuerdo entre el Fiscal y el procesado, por medio el cual el procesado admite los hechos fácticos de la acusación, a cambio de lo cual el representante de la Fiscalía mociona una pena mínima como sanción.
Ya con el concepto mencionado podemos determinar que el Procedimiento abreviado tiene como objetivo finalizar el proceso penal de forma diligente. Este tipo de procedimientos se encuentra estipulado en el artículo 634 del Código Orgánico Integral Penal donde podemos visualizar que es la cúspide de los procedimientos especiales.
Jorge Zavala Baquerizo manifiesta el procedimiento abreviado aparece de los primeros esbozos de acortar la actuación de los ofendidos por la comisión de un delito en busca de la reparación del daño, disminuyendo la controversia a una negociación entre el ofensor y el ofendido, la negociación, desde el inicio, es directa entre uno y otro y que luego es de carácter social cuando el negocio de mi referencia fue sacramentado por la comunidad por intermedio de lo que hoy podríamos llamar un juez.
Este tipo de procedimientos corresponde a las nuevas tendencias del derecho procesal, el cual propone disminuir la violencia punitiva del Estado, analizando los derechos correspondientes de la víctima y del victimario, consiente perfeccionar el sistema de administración de justicia, ya que disminuye el trabajo de las fiscalías, los juzgados y tribunales, pero también disminuye la población carcelaria.
El Procedimiento abreviado, tomando de nuevo al Código Orgánico Integral Penal, en el artículo 335 está compuesto por reglas y este hace mención de dichas reglas.
Sabiendo todo esto acerca del Procedimiento abreviado y la diferencia existente del COIP y la Constitución, surgen varias incógnitas y son ¿Que ocurre con los derechos que son violentados?, ¿Qué sucede con la presunción de inocencia?
Bien, en el artículo 76 numeral 2 la Constitución de la República del Ecuador, determina que Se presumirá la inocencia de toda persona, y será tratada como tal, mientras no se declare su responsabilidad mediante resolución firme o sentencia ejecutoriada.
A que se quiere llegar con esto, a pesar de que el procesado acepte su participación en dicha acción que lo llevo a estar en esa situación, no significa que es culpable, ya que no se llega a la sentencia firme o ejecutoriada, por consiguiente, la presunción de inocencia sigue estando intacta, ya que lo único que deshace la presunción de inocencia es la sentencia ejecutoriada.
Este procedimiento se puede maquillar de la mejor manera al momento de quererle poner fin con rapidez al suceso, pero es aquí donde se vulneran los derechos del imputado, sin embargo, acude a él para así evadir la etapa acusatoria.
Así como el artículo 76 de la Constitución, encontramos un sin número de derechos que son violentados al momento de optar por la salida más rápida que en este caso vendría a ser el Procedimiento abreviado, en el artículo 5 numeral 4 de la Constitución el cual indica que toda persona goza de un status de inocencia, en el artículo 75 que encontramos el derecho a la tutela efectiva, en el artículo 76 numeral 7 que establece el derecho total a la defensa, continuamos con el artículo 168 numeral 6 que establece el principio de contradicción, el cual rige todos los procesos.
Conclusión
Esta investigación acerca del procedimiento abreviado cuenta como base para poder realizarla y determinar cuáles son los derechos que han sido violentados durante el procedimiento ya antes mencionado, se utilizó la metodología cualitativa, puesto que se investigó y se realizó encuestas a profesionales totalmente entregados a la materia y al Derecho, aplicando también los métodos deductivo, inductivo y analítico, para realizar dicha investigación se utilizó las encuestas. Dicha metodología cualitativa es definida como la investigación que genera datos descriptivos tales como las palabras de las personas, ya sean tomadas de forma oral o escritas junto con la conducta observable.