La Valoración De La Prueba En El Delito De Violación Sexual En Menores De Edad
El agresor en los delitos sexuales de menores de edad, actúa de forma clandestina, a provechándose del estado de indefensión de la víctima, por lo cual en muchas ocasiones el único medio probatorio es la declaración del agraviado y agraviada de dicho modo también se tienen diferentes formas o métodos para saber si dicho acontecimiento sucedió, para que la persona salga impune de cargos por haber cometido este acto en agravio de un menor de 14 años de edad, todos tenemos la creencia que los niños siempre dirán la verdad.
Binnet (1900) “indica que los niños son relativamente incapaces de distinguir la realidad de la fantasía”; Freud (1940) “los niños son propensos a la fantasía en materia sexual”; Saywita (1987) “postulaba que tal propensión era en realidad hacia las fabulas en general”
Últimos estudios han presentado el aumento de este acto delictivo en el país y cada día, cada hora, decae nuestra confianza en la seguridad de si los niños o diferentes personas están seguras. Dra. Ana Jara Velásquez (Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables) ”el silencio es una de las principales armas que utilizan los perpetradores de estos hechos execrables en agravio de nuestros niños, niñas y adolescentes, por eso el conocimiento y compresión de la problemática nos permitirá convertirnos en su voz y detener el círculo del abuso sexual para que tengan una vida plena y libre de violencia” Dra. Ana Jara Velásquez(Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables)
Dicha actividad que prueba el delito de violación consiste en la búsqueda de elementos que prueben la violación que ha hecho un fiscal durante el proceso de investigación, estos serán usados en ante el juez para resolver el caso
El CPP (Código Procesal Penal) del 2004 ofrece diversos procedimientos que son de ayuda con respecto a la protección de derechos de las victimas menores de edad, la entrevista única en cámara Gesell como su nombre hace referencia es una entrevista con un lugar adecuado y personal especializado en este tipo de acontecimientos para evitar la “victimización en la victima” por el acoso sexual. Existen tres etapas especificas a) etapa previa: es donde se regulan las formas de conocimiento de dicho delito, que haya una evaluación médico-legal como también la asistencia de la (UPV);b) etapa entrevista única: es la única etapa en donde se define la entrevista solo una vez según el antes, el durante y después de este proceso; c) la etapa posterior: realización de los procedimientos para la estabilización psicológica de la víctima, donde también intervienen la unidad de protección y asistencia a víctimas y testigos asimismo a derivación de la víctima a la red de asistencia y tratamiento. Por otra parte, la prueba anticipada y la prueba pre construida, estos medios deben probarse y actuarse ante un juez encargado del caso, debe seguir varios pasos y en algunas ocasiones estas pruebas no pueden ir al momento del juicio, el CPP de 2004 dicta que durante la investigación se puede hacer la prueba anticipada como también la prueba pre construida; cuando el juicio ya se acerque el fiscal y los otros sujetos pueden solicitar la actuación de la prueba anticipada
Estrampes (1997) la prueba anticipada no es una diligencia de investigación o instrucción, sino un verdadero acto de prueba cuya particularidad radica en que se practique en un momento anterior al juicio, como excepción a la regla general, pero sujeto a las mismas garantías que predicen la práctica de la prueba en este (…) mediante la prueba anticipada non se realiza una labor estructurada de acopio y aseguramiento de fuentes de prueba si no una autentica actividad probatoria p.335
Aquella es la que actúa fuera de la sala con el fin, de si la prueba se pierda o si dicho elemento no puede ser utilizado en la celebración del juicio.
La participación del menor de edad víctima del delito de violación (aunque no es factible) con inspección judicial y reconstruida se comienza con la inspección, este tiene como objetivo de comprobar la veracidad de las huellas y otros materiales que el agresor hay dejado en el lugar o en la persona(victima) como también está la reconstrucción judicial: esta tiene como fin ver y probar si el delito se cometió, esto se hace a partir de las declaraciones y demás pruebas actuadas; con respecto a la participación de la víctima(menor de edad) no es un medio tan confiable sin que esta pueda ser afectado psicológicamente, es mejor evitar para que no haya victimización.
CPP de 2004 “El examen médico del menor de edad que ha sido víctima del delito de violación sexual”, según el artículo 199.2 en casos de agresión sexual, el examen médico será practicado exclusivamente por el medico encargado del servicio con la asistencia, si fuera necesario e un profesional auxiliar, solo se permitirá la presencia de otras personas previo consentimiento de la persona examinada” .
Gálvez, Castro, Rabanal (2010) solo si fuera necesario, urgente o indispensable, se permitirá la asistencia de un, enfermero. Etc. La presencia de otras personas está prohibida, salvo que la víctima lo consienta, cuando es mayor de edad; si la víctima fue menor de edad el consentimiento lo realizara su padre o madre; la familia más cercana, la persona que la tenga bajo cuidado, siempre y cuando este no este procesado p.401.
La pericia del médico-legal en el delito de violación sexual en agravio del menor, la violación sexual en muchas ocasiones es una acusación fácil de hacer, difícil de probar y más difícil de defender que la parte acusada, actualmente en nuestro país el único que se encarga de realizar este acto es el ministerio público, está constituido por un examen general y preferencial para conocer la gravedad de las lesiones generadas por dicho acto delictivo.
“Se tiene la creencia que el examen es la mejor forma de probar si hubo penetración por parte del agresor hacia la víctima y saber si hay desgarros internos y externos como también la estabilidad mental que se puedan usar en la presentación del juicio” según (Coria, Castro, 2000 p.259)
Se inicia con el interrogatorio; donde ocurrió el hecho igualmente la fecha y hora exacta, relatar todo el acto si hubo penetración o fue obligada al coito oral, si fue amenazada con armas, golpeada, atada o si la drogaron con una bebida, inyección o pastillas asimismo el lugar ya sea un hotel o casa y si los agresores eran conocidos o tuvieron una relación con la víctima, pueden ser su hijo su expareja o hasta una persona desconocida. principalmente la inspección(verificar que la víctima tenga los síntomas después de ser agredida sexualmente), examinar la actitud de la víctima (angustiada, desinhibida, agresiva o indignada), si esta acude al centro médico con la compañía de su familia amigos o personas cercanas y cuantas y su actitud previa al examen si tiene lesiones, ropa limpia o sucia, se considera principalmente a tres áreas específicas, principalmente área genital; secundado por la región ano rectal y finalmente los genitales externos, en segundo lugar el área para genital, hallada en la superficie interna de los abusados, para ver si hay rastro de moratones ya que el lugar donde se encuentra es más fácil para reducir a su víctima y volverla indefensa, después de estos pautas, está el diagnostico de ruptura (Himen) presenta las variadas fases , el himen anular, semilunar y el labiado, representados de esas formas gracias al movimiento lunar para describir tales actos estas puede ser presentada fácilmente ya que sus labios (bajos) muestran la inflamación aguda (alteración en el cuerpo de la víctima), ya sea sangrante o enrojecidos o hinchados, si la ruptura es antigua los labios se encuentran cubiertos por la cicatrización, la elasticidad del orificio, hay dos principales, el himen complaciente denominado así, ya que en el momento en el cual se comete el delito de violación no lo rompe y solo juega con ellos metiendo el pene sin llegar a concretar dicho acto , por otra parte el siguiente es llamado himen dilatable, este puede estirarse ya sea por los dedos (penes pequeños) y regresar a su forma original ya que tiene muchas fibras elásticas y permiten el acto coital sin romperse del mismo modo el examen médico legal vía anal, se ve si los pliegues están conservados o desaparecidos y si este tiene forma de embudo también existe la ruptura que fácilmente puede ser vista si el acto sexual no fue consentido ya que se notan los desgarros (escoriaciones o equimosis).
Las muestras de laboratorio la principal es saber si existe la presencia de semen o de líquido prostático en la vagina en el recto o la boca, exámenes de sangre el en victimario y la victima para ver si hay presencia secretora (secreciones causadas por el acto coital) que pueda identificar al agresor(res), ver su sistema si está lleno de narcóticos y estupefacientes también establecer si había enfermedades de trasmisión sexual que persisten en la victima (estos tratan de encontrarlos antes de que pase a una etapa avanzada y sea difícil de tratar) y el embarazo preexistente (que la víctima se haya desarrollado de forma adulta y pueda concebir) de la violación, así también como la presencia de pelos, fibras en el lugar del acontecimiento y en las ropas de la víctima, concluye con la pericia psicológica, evaluando el estado mental de la agredida y agresor para hallar una solución antes de llegar a depresión suicidio y ansiedad y descartar posibles enfermedades mentales (desequilibrios mentales).
La valoración judicial de la prueba en el delito de violación sexual en los menores de edad, el juez después de haber visto todas las pruebas y actuaciones finalmente llega a la seguridad de que dicha persona si violo a un niño o niña la cual debe ser menor de los 14 años, en algunas ocasiones no se puede hallar el lugar donde se cometió este acto así que solo tienen la versión del agraviado, en algunos casos el juicio puede llegar a un punto muerto ya que algunas víctimas son fáciles de manipular creando problemas para el juez y los fiscales, existen dos valoraciones la Judicial-Probatoria en donde no hay más testigos que solo el niño según la N° 2-2005/CJ-116 que para preservar al sospechosos como acusado el testimonio se puede usar este debe tener la coherencia y solidez, no debe haber cambios por que aquella declaración se puede desestimar a continuación la pericia del delito, esta orienta la opinión del juez, estos buscaran pruebas de mayor categoría y se afianzaran ellas y ponerlas en prioridad ante todas las pruebas, el juez debe examinar y apreciar adecuadamente el dictamen del perito ni una sola prueba escapa de esto para probar que dicho acto delictivo si se cometió sin lugar a las dudas.
Para concluir “los niños no son juguetes sexuales” hay medios probatorios para saber cómo proceder ante este acto inhumano y apoyar quien necesite de esta información, proteger los débiles y vulnerables que son los niños para lograr una estabilidad en la seguridad de las personas y niños sin el miedo de salir y acabar en un hospital y peores casos una muerte.