Leyes y Derechos Fundamentales Para la Vida
Introducción
El nacimiento del derecho también es de la naturaleza convertida, escindiéndose los autores en dos posturas: El derecho nace como reparación a una ofensa física o moral que una persona aflige a otra. El derecho nace para regular la indemnización debida por el cumplimiento de una palabra dad. El derecho se inspira en postulados de justicia y constituye el orden normativo e institucional que regula la conducta humana en la sociedad.
El derecho es el conjunto de principios, y normas, generalmente inspirados en ideas de justicia y orden, que regulan las relaciones humanas en toda sociedad y cuya observación. Esto se aplica mediante la constitución y las leyes que puede tener, el derecho es el ente que regula a las personas a cumplir una serie de normas establecidas por pactos y contribución del estado como.
Desarrollo
Derecho Constitucional o Político: se ocupa del estudio de las leyes esenciales que define a un estado.
Derecho Penal: comprende las normas que regulan las conductas reprobables de los ciudadanos, aquellas que se consideran delictivas, para las cuales las normas jurídicas tienen prevista una sanción.
Derecho Procesal: regula la organización y las atribuciones de los tribunales de justicia y la actuación de distintas personas que intervienen en los procesos judiciales.
Derecho Laboral: Se refiere a las relaciones entre los patrones y sus empleados, fijando sus deberes y derechos recíprocos, así como la protección del trabajador.
Derecho Tributario: Es el conjunto de reglas, normas y principios que se encargan de regular la relación jurídico-tributaria entre la administración y el contribuyente.
El derecho positivo es aquel que surge de los procesos, formación de una ley, nuestra misma constitución establece como se genera una ley establece que debe haber una iniciativa, discusión, sanción, aprobación e iniciación de la vigencia, se opone para algunos autores al derecho natural, pero otros consideran la más acertada es una concatenación de ambos porque nos exige e impone el respeto de la vida de los demás simplemente por un ordenamiento moral, y en caso de violentar este principio jurídico tendremos una sanción la relación podría ser más clara en el sentido de que donde se purga una pena la llamamos penitenciaría como lo asociamos, que penitenciaría se deriva de pena lo que compuesta por normas morales que la religión en primera instancia nos impuso.
El interés jurídico es la convivencia y el respeto a las normas, ordenamientos del deber y la asociación que este tiene con el ser, la decisión del hombre de hacer las cosas y de sujetarse a los ordenamientos que impone una sociedad implica ordenación de las partes que integran la sociedad, regulación de las actividades del hombre.
Derecho en plural, es lo que se concede o se reconoce a un sujeto de derecho (independiente de que haya sido exonerado no por él); a diferencia de derecho, en singular, que puede referirse a la ciencia jurídica, al ordenamiento jurídico o a un sistema jurídico. La función de orientación social consiste en que el Derecho actúa dirigiendo la conducta de las personas hacia el cumplimiento de las normas jurídicas. La función de tratamiento o resolución de conflictos consiste que el Derecho es un instrumento para encauzar que surgen en todo grupo social.
La teoría del derecho o teoría general del derecho es la ciencia jurídica que estudia los elementos del derecho u ordenamiento jurídico existente en toda organización social y los fundamentos científicos y filosóficos que lo han permitido evolucionar hasta nuestros días. L eficacia, la valides y la justicia son predicados de las normas jurídicas que no se aplican los unos a los otros, pues puede haber normas que tengan eficacia, del mismo modo los unos a los otros, pues puede haber normas que tengan eficacia, del mismo modo en que pueden existir normas justas que sea válidas, pero que nos sean eficaces.
El derecho como el sistema de las normas sociales de la conducta declarada obligatorio por la autoridad por considerarlas soluciones justas a los problemas surgidos de la realidad histórica.
Se los conoce como fuentes del derecho a los actos, eventos y tradiciones pasadas que sirven para la creación, modificación o extinción de las normas jurídicas, o sea, de las leyes. Esto incluye a menudo los órganos mismos de los cuales emanan leyes, así como a los participantes históricos en la constitución del Derecho como disciplina humana.
La base fundamental del derecho es de utilidad en la jurisprudencia, pues proveen de ejemplos previos y casos considerables antes de tomar una decisión (algo particularmente importante en el derecho anglosajón o Commonlaw). Por otro lado, también son utilizados desde una perspectiva histórica a la hora de pensar más teóricamente la disciplina. Se considera que el derecho tiene varias características. Una de ella es la bilateralidad (un individuo distinto al afectado está facultado para exigirle el cumplimiento de una norma), que le otorga la cualidad del imperativo atributivo al derecho.
Es de suma importancia tener un conocimiento base la materia de introducción al estudio del derecho es el pilar de una pirámide de nuestra formación profesional en lo que respecta en la carrera de derecho tiene tres acepciones deriva del vocablo latín directo que quiere decir directo y nos lleva a lo recto a lo justo y lo mío lo recto deriva de la palabra ética de la palabra del concepto que se tiene que seguir en el profesionalismo en nuestra conducta y principalmente en la actitud honorable, responsable que todo abogado debe tener frente a la sociedad (Ulpiano, 228) nos remite a la definición de justicia diciendo que es dar a cada quien lo que le corresponde nuestro mundo o ámbito de derecho sería excelente si en realidad esas siete palabras las pudiéramos cumplir a la perfección, esto es nuestro papel en el futuro, buscar que la justicia dé a cada quien lo que le corresponde y que no influyan factores externos para poderla aplicar correctamente. Lo que poco pide poco se le da y quien no sirve para defender sus derechos tampoco, sirve para defender de los demás.
Conclusión
Conjunto de normas imánenteles al hombre, como es el derecho a la vida debemos saber que el hombre tuvo la necesidad de asociarse por dos cuestiones fundamentales primero contribuir a una formación social y segunda la defensa u obtención del alimento el hecho de crear planes provoca y genera la necesidad de un liderazgo en sus inicios el liderazgo era la obtención de la persona que era la más fuerte, el avance cognoscitivo del hombre hace que cuando el fuerte deja de tener el poderío entra la experiencia y la razón que es lo que inicia la formación de esas bases sociales con las que nosotros actuamos actualmente, este derecho desarrolla a norma jurídica y en primera instancia en forma de organización, intrínsecamente justas, impuestas en su esencia por su voluntad suprema, que tienen su fundamento en la naturaleza humana, con los que estimamos la justicia y el bien.