Lavado de Dinero: Antecedentes, Características, Etapas, Métodos
Introducción
Veremos en este ensayo, un proceso donde algunas personas encubren, la existencia de bienes, los cuales provienen de actividades ilegales y así justificar dinero legítimo. Aquí esto involucra la ubicación de fondos en el sistema financiero, la estructuración de transacciones para argumentar el origen, propiedad y algunos fondos en la sociedad, que se puedan probar al parecer con legitimidad. De esta manera existen dentro de la sociedad algunos delitos específicos entre otros tráficos de drogas, prostitución, tráfico de armas, que generalmente la sociedad dedicada a este tipo de situaciones efectúan actividades paralelas, como negocios lícitos, y como producto de ello el dinero ilegal, que puedan asi circular de una forma lícita dentro del sistema financiero del país.
El lavado de activos es un problema mundial, dado que influye negativamente en la economía, el gobierno y el bienestar social de las naciones conllevando un peligro para la seguridad nacional e internacional. Las acciones delictivas anuncian un ambiente de inseguridad en la ciudadanía, esta gran problemática obstruye también al desarrollo socioeconómico de los países. Las estimaciones sobre los alcances del lavado de activos, indican que éste supera el producto bruto interno de la mayoría de los países, lo cual permite comprender fácilmente que las organizaciones criminales manejan fortunas.
Antes de entrar en materia, seria bueno destacar el significado de lo que es un activo. Activo o bien: valores, títulos, billetes o bienes de todo tipo, tales como, pero sin limitarse a, bienes muebles e inmuebles, tangibles o intangibles, recursos naturales, como quiera que hayan sido adquiridos, los documentos legales o instrumentos en cualquier forma, incluyendo electrónica o digital, que evidencien la titularidad de, o la participación en, tales fondos u otros bienes.
Desarrollo
Concepto: Lavado de activos: El lavado de activos es “Es el proceso mediante el cual personas físicas o jurídicas y organizaciones criminales, persiguen dar apariencia legítima a bienes o activos ilícitos provenientes de los delitos precedentes señalados en la presente ley.”
Como habíamos dicho, el Lavado de Activos es un delito, que consiste en dar una apariencia de origen legítimo o lícito a bienes, que en realidad son productos o ‘ganancias’ de delitos graves como: Tráfico ilícito de drogas, Trata de Personas, Corrupción, secuestros y otros.
El delito de lavado de activos es una manifestación de la criminalidad organizada transnacional y, por esto hace que la comunidad internacional se preocupe, expresada en la producción de estándares normativos que procuran la armonización jurídica global. Nuestro país no se encuentra al margen de esta influencia que esto ha propagado a lo largo de los años, que ha impactado sobre la configuración local del tipo penal de lavado de activos en los distintos momentos históricos.
El lavado de activos incluye:
- Tratar de dar apariencia de legalidad a recursos de origen ilícito.
- Adquirir, resguardar, invertir, transformar, transportar, custodiar y administrar bienes o ganancias ilícitos.
- El dinero y los bienes de procedencia ilícita nunca serán legales así hagan muchas transacciones con ellos.
- Los recursos del lavado de activos no solo vienen del narcotráfico.[footnoteRef:3] [3: ]
Antecedentes
Hay que buscar su nacimiento en los tiempos cuando la actividad criminal comienza a generar lucro. Puede agregarse que el lavado de activos explota cuando la sociedad empieza a controlar el enriquecimiento producto de actividades criminales, (cuando empiezan a tipificarse ciertas actividades como criminales). En cierto momento de la historia, el narcotráfico no era perseguido; por esto, no era necesario lavar el dinero que esta actividad generaba; el corso efectuado por los piratas no era un delito para el país de donde procedían los piratas, por eso no era necesario ocultar el origen de las riquezas por este medio obtenidas.
Al buscar el origen del lavado de dinero, vimos que la etimología de la frase lavado de dinero se deriva de que los primeros malhechores invertian el dinero producto del crimen en lavanderías,[footnoteRef:5] si ésta no es la raíz de la frase en sí, no deja de ser cierto que los mafiosos de Norteamérica solían invertir en lavanderías pues este negocio facilita la circulacion de grandes cantidades de efectivo.
Se empezó a estudiar el lavado de dinero en el año 1975, en el 5to. Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del delito y tratamiento del delincuente, en Ginebra; en esta no se conoció el Lavado de Dinero en sí, sino que se fue planteando la problemática. En 1988 se hizo una Conferencia Internacional en Viena, que aprobó la Convención de las Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas. En ésta, al fin, se establece la penalización del lavado de dinero.
En 1989 se creó el Grupo de Trabajo de Acción Financiera (FATF), Para 1990 nueve de los estados miembros de la OEA se habían adherido a la Convención de Viena, entre ellos la República Dominicana. En ese mismo año, Se crea el Grupo de Trabajo de Acción Financiera del Caribe (CFAFT). En 1992 la Comisión de Prevención del delito y justicia penal invitó a los Estados a modificar sus legislaciones para combatir el lavado de dinero. El 29 del mes de marzo de 1996, la República Dominicana suscribió la Convención Interamericana contra la Corrupción, que obliga a los estados partes a sancionar el lavado de activos originado en actos de corrupción administrativa. El 15 de diciembre del 2000, la República Dominicana se hizo signataria de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, obligándose a adoptar mecanismos y procedimientos que promuevan la cooperación para prevenir y combatir más eficazmente la delincuencia organizada transnacional.
Luego en República Dominicana se promulgó la Ley 55-02, del 26 de abril del 2002, que prevé y sanciona el lavado de activos provenientes del tráfico ilícito de drogas y sustancias controladas. Como respuesta a las fallas de la citada legislación, el 7 de junio de ese mismo año se promulgó la Ley 72-02, como respuesta a las fallas de la segunda ley, se promulgó una nueva ley que es la ley no.155-17 que deroga la 72-02.
Características, etapas, modelos y objeto del proceso de lavado de activos.
Este proceso varía en atención a múltiples factores; tiene formas complejas, y otras muy simples; puede ser costoso o barato. Las características del lavado de dinero sólo son apreciables en cada caso de lavado en particular, así como es difícil caracterizar el proceso de lavado, así de difícil es caracterizar a quien hace la acción de lavar el dinero, porque este proviene de cualquier estado social; no se dedica solamente a blanquear dinero.
- Es considerado como un delito económico y financiero, perpetrado generalmente por delincuentes que manejan cuantiosas sumas de dinero que le dan una posición económica y social privilegiada.
- Integra un conjunto de operaciones complejas.
- Trasciende a dimensiones internacionales.
La mayoría de los lavadores de dinero disfrutan de buena reputación en su sociedad. Hoy, hay una tendencia para que muchos profesionales se especialicen en las actividades de blanqueo de activos. El lavador moderno realiza estudios de mercado para conocer los riesgos que entrañan sus actividades; se especializa en legislación económica, en derecho penal; desarrolla contactos que le permiten corromper a las autoridades encargadas de perseguir el crimen. Existen varios modelos que la doctrina utiliza para desarrollar las fases o etapas del lavado de activos.
Modelo del GAFI. (cabe destacar que este es el modelo más utilizado)
Primera Etapa. Colocación de los bienes o del dinero en efectivo. Esta se basa en el recibimiento físico de los bienes de cualquier procedencia o de dinero, en desarrollo y que son consecuencias de actividades ilegales y colocarlo de forma que parezca legal en el sistema económico y financiero, este suele ser el paso más difícil en el proceso de lavado de dinero.
Segunda Etapa. Fraccionamiento o transformación. Aquí los fondos se mueven a través de operaciones y negocios con los cuales se desprenden de su origen ilegal, haciéndose difícil de identificar su procedencia y su propietario.
Se logra mediante las siguientes operaciones:
- Depósito de dinero en efectivo en un banco extranjero;
- Crear una cuenta ficticia en el extranjero para recibir y distribuir fondos;
- Transferir dinero por vía electrónica de una cuenta bancaria nacional a otra en el extranjero;
- Transferir dinero por vía electrónica a través de varias cuentas bancarias;
- Hacer préstamos garantizados por los mismos fondos depositados; Vender o intercambiar diversos tipos de instrumentos financieros.
Tercera Etapa. Inversión, integración o goce de los capitales ilícitos. En este paso, el dinero que se logró lavar vuelve a la economía o al sistema financiero disfrazado de dinero legítimo, mediante transacciones de importación y exportación, ficticias o de valor altamente elevados, mediante pagos por servicios inexistentes, o por el aporte de intereses sobre préstamos falsos, y por toda una serie, de otros subterfugios.
Se configura con cualquiera de las operaciones siguientes:
- La formación de una corporación extranjera en paraísos fiscales;
- Depósitos en la cuenta bancaria de algún negocio;
- Pago de salarios, comisiones u honorarios;
- Recibir dinero de un casino o una lotería a título de ganancia de juego.
Modelo de Bernasconi ‘modelo de fases'(autor alemán,citado por Isidoro Blanco Cordero en su Libro ‘El delito de blanqueo de capitales’):
La primera fase en primer grado la denomina Money Laundering, es decir conjunto de actuaciones con las cuales en el corto plazo se liberan los bienes contaminados. La de segundo grado (recycling) son las operaciones a mediano y largo plazo de bienes ya lavados que son posteriormente utilizados para lograr una desconexión absoluta del delito previo.
Modelo de Zund
(Modelo del ciclo del agua) citado por Isidoro Blanco Cordero en su Libro ‘El delito de blanqueo de capitales’.
Primero se da la precipitación: Producción del dinero o billete originado en el delito previo; el segundo paso es la infiltración: aquí el dinero es sujeta un lavado transformándolo, en billetes de alta denominación; el tercer paso es la corriente de aguas subterráneas. El dinero se convierte en otras formas patrimoniales; el cuarto paso es el desagüe: se realizan transferencias al exterior; el quinto es; nueva acumulación y estación de bombeo. El dinero es recibido por la organización lavadora y se disponen para la apertura de cuentas en entidades financieras, el sexto paso es la estación de depuración y aprovechamiento. Se utilizan testaferros y se mueve el dinero de cuenta en cuenta para encubrir rastros criminales y el séptimo y último paso es la evaporación y precipitación. El dinero lavado cuyo rastro legal ha sido borrado es utilizado para el goce del delincuente.
Modelo de FinCEN (Departamento del Tesoro)
Comienza con la producción de la riqueza generada por los delitos graves. Luego se introducen a la economía legal, donde se reagrupan y reinvierten.
Modelo Teleológico (Autor Suizo Ackerman)
Se inspira en los objetivos de las etapas de lavado. Tiene tres objetos que son: principales: evitar el decomiso o confiscación de los bienes y asegurar su disfrute; secundarios: confusión de los activos con otros de origen legal y complementarios: Evitar el juzgamiento de los autores del delito previo.
Objetivos
- Preservar y dar seguridad a su fortuna.
- Efectuar grandes transferencias.
- Estricta confidencialidad.
- Legitimar su dinero.
- Formar rastros de papeles y transacciones complicadas que confundan el origen de los recursos y su destino.
Métodos y técnicas para el lavado de dinero.
El servicio de Rentas Internas de los Estados Unidos reconoce tres métodos principales para el blanqueo de activos: el uso de negocios legítimos, las transacciones de compra/venta, y el desplazamiento a países considerados refugios seguros.[footnoteRef:14] [14: ]
Uso de un negocio legítimo: Aquí se harán las siguientes operaciones:
- Exageración de los ingresos;
- Exageración de los gastos;
- Depósito de efectivo.
- Transacciones de Compra y Venta. Se pueden hacer transacciones de bienes raíces para ocultar el producto de actividades ilícitas.
- Refugios en el extranjero.- Los lavadores de dinero usan las instituciones financieras y los negocios legítimos de estos países para movilizar su dinero de origen ilegal.
Técnicas
- Estructurar o hacer trabajos de pitufo, se hacen múltiples transacciones que hacen grandes sumas de dinero en cantidades inferiores al límite.
- Complicidad de funcionarios bancarios, aquí evitan llenar el formulario de transacciones en efectivo.
- Compañía de fachada, entidad legítimamente incorporada que se actividad comercial sirve como fachada para el lavado.
- Compra de bienes o instrumentos monetarios con efectivo.
- Contrabando de efectivo, se transporta físicamente el efectivo de un lugar a otro.
- Transferencias electrónicas.
- Exportación de bienes, los bienes adquiridos con dinero sucio son exportados, así la identidad del comprador se borra.
- Ventas fraudulentas de inmuebles.
- Falsas facturas de importación-exportación.
- Garantía de préstamos, usan como garantía los depósitos de fondos ilícitos, el lavador consigue préstamos, y adquiere bienes.
El delito de lavado de activos
El 1 de junio del dos mil diecisiete (2017) fue promulgada la Ley 155-17 sobre lavado de activos y financiamiento del terrorismo en la República Dominicana, que esta aporta consecuencias potentes en contra todos los que violen esta ley. La aplicación de esta ley implica más trabajo y cargas económicas para las empresas, con la aplicación de esta ley resultará muy beneficiada la República Dominicana y el mundo, porque con la dicha ley se combate el crimen organizado.
La principal tarea de los sujetos obligados es que se mantenga al tanto de toda información a la Unidad de Análisis Financieros, UAF, y por esto establece algunos parámetros para que le sean notificadas las sospechosas, complejas, insólitas, significativas, también las que no son hechas con patrones que no sean utilizados comúnmente o insignificantes,pero que se hagan en cierto periodo de tiempo, que su fundamento económico o legal no sea evidente, produzcan sospechas a que están involucradas en el lavado de activos, algún delito precedente o en la financiación al terrorismo; todo según el artículo 2 de dicha ley.
La Ley determina como lavado de activos:
- La conversión, transferencia o transporte bienes, sabiendo que son el producto de algo ilícito, con el para de ocultar su naturaleza, la localización o la propiedad real de bienes o derechos sobre bienes;
- Ocultar, encubrir la naturaleza, la localización, o la propiedad real de bienes o derechos sobre bienes, a sabiendas de que dichos bienes provienen de cualquiera de los delitos precedentes;
- adquirir o administrar bienes, a sabiendas de que proceden de los delitos precedentes;
- asistir o colaborar con personas que estén implicadas en lavado de activos para eludir la persecución, sometimiento o condenaciones penales;
- la participación, en cualquiera de actividades dichas en los numerales anteriores, la asociación para cometer este tipo de actos, las tentativas de perpetuarlas y el hecho de ayudar a su comisión con una prestación esencial para realizarlas o facilitar su ejecución.
Luego de esto la a Ley No. 155-17 establece las infracciones penales asociadas al lavado de activos. A título de persona, una infracción aliada al lavado de activos, es cuando un empleado u otro representante autorizado de los sujetos obligados que, actuando en tal atribución, no cumpla de manera intencional con las obligaciones de información o reporte establecidas en la Ley. La pena general es de 3 a 20 años y multas de no menos de 60 mil salarios mínimos.
Conclusión
Como vemos el lavado de activos es un problema socioeconómico y cultural internacional, como hemos destacado mencionando, porque es en donde el sistema financiero de los países es utilizado como un medio de blanqueo o lavado de dinero, afectando la conservación del mercado internacional, por esto y un sin número de razones cada país debe tener las medidas necesarias para prevenir esta actividad llamada blanqueamiento o lavado de dinero, además de que se debe dar un adecuado intercambio de información entre los países.
La República Dominicana no está al margen de lo que es la problemática del lavado de activos. gráfica hacia la contexto planteado pone a simple vista el hecho de que la banca de este país, completamente opuesto a lo que se ha querido plantear en algún momento, ha puesto en evidencia un real cumplimiento a todas las normativas y medidas que se han dispuesto para el antilavado, existentes, de lo cual dan fe las autoridades reguladoras y del orden. Pero todos estos esfuerzos, sin embargo se identifican tipologías que filtran miles de dólares que provienen del narcotráfico y otras demás actividades ilícitas en la economía dominicana.