Los Adolescentes Y El Sistema Juvenil Penal

Introducción

El presente trabajo tiene como objeto analizar los factores que incitan al adolescente a cometer infracciones y estén en un conflicto con la ley penal, por lo que para poder analizar esta problemática nos apoyaremos en herramientas básicas pero fundamentales.

Por lo que para poder comprender el tema mencionado se tiene que entender lo que es el delito y sus corrientes que este posee y de igual manera entender los distintos enfoques de carreras relacionadas con la criminología para poder entender de manera amplia.

Además, enfocarnos no solo en el adolescente sino también en sus conductas antisociales y su relación estrecha con su código respectivo que es similar al de los adultos pero con ciertas particularidades, de igual manera observar la perspectiva de la modalidades de poder reintegrar a los adolescentes a la sociedad y también ayudar a la prevención de que estos vuelvan a reincidir o que no comentan ninguna infracción o delito en su vida.

Asimismo, se recopilo datos estadísticos que corroboran y dan a conocer la problemática que sufre el país por la falta de prevención y énfasis en los adolescentes en los círculos de pobreza donde es el entorno en la cual influye mucho en el accionar delictivo de los adolescentes y el inicio de su carrera delictiva.

Por ultimo poder entender lo que significa verdaderamente este problema que repercute mucho en nuestro país y que es un tema de una demasía de controversia y opiniones por varios autores desde puntos de vista respetados y respaldados.

El delito

El delito es una acción o conducta contraria a la ley penal y amenazada con una pena pública. Consta de cuatro elementos fundamentales las cuales son: la conducta, la tipicidad, la antijuridicidad, la culpabilidad y en consecuencia de los elementos anteriores da origen a la pena. Además, el delito tiene dos corrientes, las cuales son:

  1. El Causalismo.- Es una teoría que explica al delito en base a las leyes de la naturaleza, todo lo ven como una relación de causa efecto, dicho de otra forma la acción es un fenómeno causal y/o natural que trae como consecuencia un resultado que puede consistir en un delito. Fue la corriente seguida por el Código Penal de 1924.
  2. El Finalismo.- Corriente procesal para ubicar la culpabilidad del sujeto y la consecuente imposición de la pena. Nuestro Código Penal vigente se inclina por esta corriente.

El delito además está contemplado en nuestro código penal en el artículo 11 que a la letra dice “Son delitos y faltas las acciones u omisiones dolosas o culposas penadas por la ley” (MINJUS, 2016).

Adolescentes frente a la ley

La violencia realizada por adolescentes ha percibido notoriedad en el panorama público peruano. El incremento de las cifras reportadas y la mayor exposición mediática de estos hechos, han sido los principales indicadores que han puesto de relieve esta situación. Sobre los adolescentes que infringen la ley penal se ha discutido de manera amplia, tanto en la doctrina como en el tema normativo. El reconocimiento de la responsabilidad del adolescente, ha dado origen a un Sistema Penal Juvenil que, si bien se asemeja al de los adultos, posee ciertas características que lo hace singular. El proceso de determinación de su responsabilidad debe contar con todo el respaldo de las garantías constitucionales que son también otorgadas a un adulto, incluso de mucha más énfasis aquellas especiales por su condición de adolescentes, lo mencionado anteriormente es respaldado por la siguiente idea, “el Estado peruano ha suscrito tratados internacionales y es parte de las naciones unidas que protege, respeta y vela por los intereses de los niños, niñas y adolescentes infractores, estando enmarcada dentro de nuestro precepto constitucional” (Carrasco, 2017).

Para estudiar las diferentes teorías que se han presentado en torno a la delincuencia juvenil basadas en la criminología, es importante tener en cuenta ciertos aspectos que se presentan en la etapa de la juventud, es necesario asumir un rol no solo de espectador, sino de partícipe. La juventud es la etapa la cual nos permite cambiar y transformarnos de niños a adultos, por lo que dicho ciclo está comprendido por episodios y cambios muy importantes en nuestra vida. En varias personas en muy dificultoso saber controlar las decisiones que toma a lo largo de su juventud y afrontar las consecuencias que estas traerán para con el futuro. El tiempo para poder ser parte de la sociedad varía según la responsabilidad y el entorno de las personas, lo cual se asevera por la siguiente idea, “por lo tanto, la inteligencia emocional y el desarrollo de las habilidades sociales en adolescentes de contextos y zonas rurales no serán igual que el de los adolescentes de ciudades o países con mayor desarrollo ya que el ambiente, la cultura, las tradiciones, oportunidades, idealización, entre otros son de distintos conceptos”. (Fernández, 2019)

Respecto al enfoque sociológico, la violencia es una forma de respuesta ante la conducta o frustración con la sociedad. El fenómeno de la violencia y su relación con la juventud es un tema de mucha controversia, según varios estudios afirman que en América Latina es la región con mayor violencia del mundo en la cual se incluye también a los adolescentes. Por otro lado también en la etapa de la adolescencia con los diversos cambios, los jóvenes tienden a ser inestables emocionalmente ya que recién en esta etapa se consolida mucho mejor su personalidad y aún no están capacitados ni cuentan con la madurez suficiente como para poder tomar decisiones, por diversas circunstancias no todos los jóvenes son aptos para ver el mundo tal como es y aceptarlo insertándose en él, íntegra y generosamente, por lo que se puede confirmar la siguiente idea:

Las teorías sociológicas orientadas al estudio de la conducta, son sumamente influyentes en el desarrollo autónomo de la ciencia criminológica, que se inició con las disciplinas biológicas del siglo XIX, pasando por las psicológicas y otras interdisciplinarias, hasta aquellas otras, que las consideran como parte de la sociología político-económica. También se explica por la manifiesta profusión de series de teorías que tratan de explicar, la relación entre las conductas desviadas de los adolescentes infractores y el control mínimo que pudiesen tener cada uno de sus integrantes. (MERCEDES, 2019)

Sistema Penal Juvenil

La justicia penal juvenil reconoce los derechos y garantías del debido proceso a los adolescentes a quienes se acuse de haber estado participe en la comisión de una infracción a la ley penal. Lo que verdaderamente resalta al sistema penal juvenil es que la sanción penal debe tener fundamentalmente una finalidad educativa y de inserción social, propiciando que el adolescente remendar el daño ocasionado, realice actividades comunitarias o se capacite profesionalmente.

Desde una perspectiva de reintegrar a la sociedad a los jóvenes en conflicto con la ley se aplica dos modalidades de atención:

  1. Medio Cerrado.- Dirigido a adolescentes que cumplen la medida socioeducativa de internación y/o mandato de internamiento preventivo. Se desarrolla en los Centros Juveniles de Diagnóstico y Rehabilitación a cargo del Poder Judicial. Se lograr brindar al adolescente atención integral a través de programas graduales, secuenciales e integrados que actúan progresivamente en el adolescente, hasta conseguir su reinserción a la sociedad.
  2. Medio abierto.- Dirigido a adolescentes de ambos sexos que cumplen medidas socioeducativas no privativas de la libertad. Se desarrolla en Centros Juveniles denominados Servicio de Orientación al Adolescente (SOA). Ofrece al adolescente una atención integral a través de programas de intervención diferenciados que responden a sus características personales, familiares y culturales mediante espacios educativos que propicien el aprendizaje de habilidades, el ejercicio de su creatividad y autonomía en permanente interrelación con su entorno social.

 

Igualmente, los jóvenes en factores de riesgo en nuestro país están más predispuestos a cometer actos delincuenciales, asimismo se puede establecer factores de riesgo en la cual el joven o jóvenes tienden a delinquir, las cuales son las siguientes:

  1. Factores de riesgo ambientales y contextuales.- Es probablemente el contexto más importante y con mayor impacto en el desarrollo individual y social de los adolescentes. En este factor se incluye a las instituciones educativas (privadas o públicas) que pueden ser origen del comportamiento antisocial del alumnado al que educan, lo cual se puede dar en consecuencia al vandalismo y pandillaje.
  2. Factores de riesgo familiares.- Los padres que han cometido crímenes son un factor riesgo grave ya que son el modelo para sus hijos y en muchos casos los hijos reflejan el comportamiento de sus padres.
  3. Factores de riesgo individuales.- Se caracteriza primordialmente por la baja autoestima, vulnerabilidad, inseguridad, la forma en cómo afrontar un problema, curiosidad.

En los conos o círculos de pobreza de nuestra ciudad se puede apreciar un considerable índice de delincuencia en los siguientes distritos: San Juan de Miraflores es el distrito con mayor índice de victimización con 40%, seguido de Puente Piedra (35.5%), San Juan de Lurigancho (33.2%), Carabayllo (32.9%) y Villa El Salvador (32.5%). Al respecto, el subjefe del INEI, Aníbal Sánchez, reveló que el 70% de los hechos delictivos están relacionados a robo de dinero, carteras y celulares, mientras que el restante 30% lo constituyen delitos mayores como asesinatos, violaciones, robo de vehículos, secuestro o extorsión. (INEI, 2018)

De igual modo, en los casos de delitos contra el patrimonio el 26.7% se registra para los adolescentes, lo cual es una cifra alarmante en la cual se tendría que plantear un proyecto de prevención tanto en instituciones educativas, en los círculos de pobreza y en los centros juveniles para poder reducir el porcentaje progresivamente respaldado por el estado y con la contribución de la sociedad. Lo mencionado anteriormente es respaldado por el siguiente grafico en la cual se aprecia el porcentaje de los jóvenes por distintos delitos.

Conclusiones

  1. Es evidente que la protección a los adolescentes lo que pretende es que éstos sean juzgados y reciban medidas socioeducativas en  instituciones especializadas en menores. Comparto la  visión protectora  de  la  legislación nacional, considero, además, que más que legislar sobre sanciones, lo que se  debería  de  hacer es prevenir las conductas antisociales de  los jóvenes, luchar  por mejorar  las condiciones económicas y sociales que fortalezcan a  la  familia.
  2. Los niños deben estar protegidos cualquiera que sea su edad, y si es necesario que las leyes se modifiquen con el fin de hacerlas más estrictas y menos benévolas.

Opinión personal

Respecto a este tema tan discutido sobre el conflicto penal que tienen los jóvenes con la ley penal es poco respaldado ya que cada día se puede observar mediante los diarios o los programas de televisión informativos que se incrementa el actuar delictivo de los adolescentes y mucho más en el lugar donde vivo (San Juan de Lurigancho) el cual es el tercer distrito de Lima con una victimización de 33.2%, se puede observar a adolescentes desde los 13 años delinquiendo con la participación o ultraje en los robos de celulares, carteras, mochilas y la posesión de estupefacientes sea para su consumo o para su venta y en mi experiencia el haber estudiado en un colegio privado y público pude darme cuenta que en el colegio privado se tenía de dos a tres charlas al año sobre la prevención dictada por un efectivo policial sobre dos de los delitos más comunes en los adolescentes como: delitos contra el patrimonio y sobre la posesión de drogas, pero por otro lado en el colegio nacional o del estado no se tenía ninguna charla, por lo que ahí se nota un punto bajo del estado para con nosotros ya que si no hay dinero entre las familias los jóvenes no reciben una educación de calidad, es por eso que hay un mayor incremento de delincuencia. Pero, no estoy excusando a los jóvenes que concurren con los actos delictivos porque también hay mucho que no reciben dicha charla pero escogen otro camino que la vida fácil como se le dice. Pero en lo que si se tiene que enfocar el estado es en los jóvenes para poder tener un país con mejores profesionales y con una mayor seguridad.

Bibliografía

  • Carrasco, L. E. (2017). Implicancias de las sanciones por infracción a la ley penal […]. Lima: Universidad Cesar Vallejo.
  • Fernández, A. N. (2019). Inteligencia […] habilidades sociales […]. Huancayo: UNIVERSIDAD PERUANA LOS ANDES.
  • INEI. (22 de Noviembre de 2018). Andina . Obtenido de Andina: https://andina.pe/agencia/noticia-conoce-los-distritos-lima-mayores-hechos-delictivos-733573.aspx
  • Interior, M. d. (2018). Diagnóstico de la Seguridad 2011-2018. Lima: Ministerio del Interior.
  • MERCEDES, I. F. (2019). SITUACION JURÍDICO-SOCIAL DEL ADOLESCENTE INFRACTOR […]. Lima: Universidad Nacional Federico Villareal .
  • MINJUS. (2016). Codigo Penal. Lima: Deposito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú.
  • Perú, P. J. (2018). Informe Estadistico. Lima : Gerencia de centro juveniles.
09 July 2021
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