Sistema Penal Acusatorio En Latinoamérica Y El Caso De México
Las reformas en los sistemas de justicia en la región Latinoamericana han surgido desde el siglo pasado por apoyos de organismos financieros multilaterales como el Banco Mundial (BM), el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Por ejemplo, parte de las actividades del BM han sido mediante la concesión de préstamos y labor consultiva con apoyo para reformas de las instituciones del sector justicia, la lucha contra la corrupción, la seguridad de los ciudadanos y el desarrollo económico para mejores climas empresarial y de inversión.
Asimismo, la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID por sus siglas en inglés), ha auspiciado programas en la región tendientes a fortalecer las instituciones que administran la justicia, en especial en la modernización y actualización de sus legislaciones con métodos alternos para la resolución de conflictos y lucha contra la corrupción, considerando además, reformas administrativas, desarrollo institucional y mejoramiento de la infraestructura física e informática, sin perder el punto de la capacitación profesional del personal del poder judicial.
También es claro que la dinámica del nuevo sistema de enjuiciamiento no responde al desarrollo cultural de la sociedad mexicana, sin embargo, al entrar en vigor la vigencia del sistema acusatorio los diversos operadores y autoridades encargadas en su implementación lo dieron por hecho, situación que hace que la corrupción institucionalizada principalmente en las mal denominadas fiscalías, unidades de gestión administrativa, así como en los órganos jurisdiccionales, sean difíciles de erradicar, existiendo ilegalidades de todo tipo, como la selectividad de los asuntos, de las personas, de la interpretación de la ley penal , del desarrollo de los juicios en la valoración probatoria, subsanando y tolerando las deficiencias del órgano de acusación, en aras de que se haga manifiesta la eficiencia del nuevo sistema de enjuiciamiento.
A pesar de la ayuda financiera y jurídica que recibió México de organismos internacionales para llevar a cabo su implementación en el plazo legal estipulado -junio de 2016- el sistema penal se puso en marcha con deficiencias de infraestructura, operativas, y vacíos legales que han suscitado tendencias en ámbitos jurídicos, académicos y grupos de la sociedad civil hacia una contrarreforma .
En este sentido, las reformas al sistema penal han estado muy lejos de cumplir con los objetivos ligados a la impartición de justicia, al menos en México, porque, el acceso a la justicia en América Latina es un fenómeno profundamente desigual que tiene de origen vicios en cuanto a la producción de normas, a su aplicación discrecional y a la ejecución de la pena, tendiendo a producir-reproducir las desigualdades estructurales en el sistema de justicia; Estas ideas se conjugan en la lógica de la modernización de los sistemas penales relacionados con la política criminal de los Estados y seguridad ciudadana que adopta el BID, que algunos autores identifican con un modelo de reforma judicial pro-mercado, buscando una correspondencia de objetivos entre el fortalecimiento de marcos institucionales eficientes que proporcionen seguridad jurídica y política a los actores del mercado para la estimulación de inversión privada.
Es innegable que la implementación del sistema pregona aspectos novedosos y de vanguardia en la impartición de justicia acordes con una sociedad capitalista globalizada, pero que en la aplicabilidad existe desconocimiento e ignorancia de los operadores del sistema de enjuiciamiento, ya que siguen aplicando las viejas formas del sistema tradicional, al margen del respeto de los derechos humanos, la presunción de inocencia y el debido proceso, por lo que estamos frente a un sistema de enjuiciamiento con duro contenido de control social disfrazado de un garantismo excesivo que en la realidad social y cultural mexicana no existe.