Tribalismo Extremo Y Los Derechos Humanos

Los derechos humanos conforman la base principal de nuestro desarrollo como sociedad. Estos en su esencia son inalienables, correspondiéndonos a todos como seres humanos. Pero es una realidad que, al analizar la historia de diversos países, incluyendo el mío, dichos derechos que en su definición parecen ser obvios para todos, han sido ultrajados constantemente, siendo la razón principal el sesgo que se produce entre individuos producto del tribalismo, hasta tal punto de expulsar del territorio individuo de pensamientos contrarios, sin medir las consecuencias que esto genera.

Si se presta atención a los diversos medios de información, ya sea, televisión y/o diarios, nos daremos cuenta de que, hay países del medio oriente en guerra, individuos viviendo en situaciones absolutamente deplorables, y, asimismo, personas trabajando en condiciones para nada óptimas. Cabe señalar que alteraciones a los derechos humanos existieron y existen en todo el mundo, es por esto que mi país no se encuentra al margen de dichas realidades.

En Chile, el impacto de la época de la dictadura militar durante 1973-1990 fue enorme en todo aspecto, potenciando una polarización política que se ha mantenido hasta el día de hoy, instalándose en las raíces de nuestra historia como sociedad.

Uno de los aspectos que más impactó al analizar lo ocurrido en época de dictadura fue el tema de los exiliados, producto a que se considera a priori gravísimo tener que abandonar la vida que una persona llevaba con “normalidad” tiempo atrás. Existen dos variantes de exilios, el voluntario, cuando las condiciones sociales, políticas, y/o por cualquier otra causa, llevan al individuo a la determinación de autoexiliarse por temor. Y también está el exilio forzado, producto de decisiones arbitrarias, en este contexto, en nombre del gobierno militar.

En el presente ensayo, me propongo estudiar el impacto que generó el tribalismo extremo, al imponerse un grupo sobre otro, produciendo exilios de las personas, asimismo sobre la base de que toda persona tiene un sentido de vida, esto pasa a llevar un derecho humano fundamental como la libertad. En específico pretendo argumentar que ser exiliado genera un daño psicológico profundo, y por lo tanto atenta el derecho a la vida, en su dimensión de calidad. Del mismo modo, ejemplificar con casos de personas reconocidas que sufrieron de exilios y analizar la situación con base en sus testimonios.

Primero que todo, se debe tener claro qué derechos se están violando cuando se habla de exilios.

En primera instancia la Declaración de los Derechos Humanos señala en su artículo número uno: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.” (ONU, 1948). Este principio es la base fundamental de los Derechos Humanos, y me parece sumamente importante, producto que a causa de la dictadura militar se corrompe dicho artículo por parte de los perpetradores hacía la ciudadanía en el sentido de comportarse fraternalmente los unos con los otros, esto conforma uno de los primeros y principales antecedentes que generará posteriormente el exilio de personas.

Por otro lado, la Declaración de los Derechos Humanos avala tres derechos fundamentales en los seres humanos, mencionados en el artículo número tres: “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona” (ONU, 1948). Esto es equivalentemente a decir que se debe respetar y promover todas las dimensiones de la vida, ya sea calidad, cantidad y capacidad, lo cual se ve presente en el trabajo realizado por un académico destacado en el área:

La riqueza de un pueblo debiera medirse por la cantidad, la calidad de la vida que nace, crece y se desarrolla en las personas y en la sociedad y ello se traducirá, sin duda, en la potencia real de creación que habita el corazón de ese pueblo en cada persona. Más importante que el ingreso económico per cápita, es su ingreso en cantidad, calidades y capacidad de 28 vida, pues el primero puede ser objeto de subsidio, pero no existen estos en la realización libre y autónoma de la dignidad humana. (Domínguez, 1983)

Es ese aspecto en dónde surge un problema debido a que el exilio genera un atentado a la dimensión de la calidad de vida. Diversos estudios realizados por psicólogos exiliados y por la Fundación de Ayuda Social de las Iglesias Cristianas (FASIC), demuestran y señalan algunos problemas psicológicos y sociales que desencadenan haber sido exiliado, dentro de ellos se encuentran:

  • Sentimiento de pérdida de identidad: Provoca una inhibición en la persona, generando problemas para insertarse en la sociedad en el futuro.
  • Sentimiento de transitoriedad: Producto a los deseos de volver, se producen situaciones de inestabilidad emocional y material ante la incertidumbre acerca de la duración que tendría el destierro.
  • Transculturación: La dificultad de trasladar y procesar los elementos de diversas culturas, esto posteriormente genera el Bi culturismo

Asimismo, existe un derecho consagrado e importantísimo en el desarrollo pleno de la vida de un individuo, tal como lo es el derecho a la libertad, mencionado en el artículo número nueve: “Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado” (ONU, 1948).

Para complementar de mejor manera esto último, es importante saber lo que se define como libertad, según la RAE consiste en la: “Facultad natural que tiene el hombre de obrar de una manera o de otra, y de no obrar, por lo que es responsable de sus actos.” (RAE, 2006). Es decir, el individuo debe tener la facultad y capacidad de decisión de qué hacer con su vida, lo cual incluye en qué país vivir y con quién hacerlo, lo que se ve pasado a llevar por los exilios involuntarios generados en la dictadura militar.

Existen diversos testimonios de exilios, los cuales respaldan los hechos y las consecuencias que estos generan. En este contexto es lamentable tener que mencionar a Nora Strejilevich, una mujer argentina la cual fue exiliada de su país y su testimonio se recoge en el libro “Una sola muerte numerosa” escrito por Nely Maldonado:

[Refiriéndose a Nora Strejilevich] La han convertido en una extranjera para siempre. De raíz judía, el exilio y la marginalidad han signado su vida desde que vivía en Argentina y han ido configurando a lo largo de los años una suerte de identidad marginal. Ella misma lo refiere así:

“Cada lugar me cataloga diferente, aunque el común denominador es la extranjería… Al mismo tiempo, por puro desafío, me identifico con todas las categorías, especialmente con las segregadas. Las que en mi caso son: mujer, judía y latinoamericana, tres etiquetas que no parecer ser favorables para subir la escalera social” (Maldonado, 2005)

Cabe señalar que el exilio prohibía el reingreso al país de las personas en dicha condición, lo cual quebrante en su esencia el artículo número trece, que señala:

Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.

Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país. (ONU, 1948)

Así es como cualquier situación que determine el exilio de una persona fuera del país, fuesen las razones que fuesen atentan contra los derechos humanos de la persona.

Para finalizar, se puede concluir que producto del tribalismo extremo, sí existieron derechos humanos pasados a llevar a través del exilio, afectando a los individuos en su dimensión de calidad de vida producto a los daños psicológicos, y, asimismo, en su derecho a la libertad. Esto nos permite cuestionarnos acerca del rol vital que cumple la libre decisión de cada uno de nosotros, y de la capacidad que debemos tener de discernir entre el bien y el mal, no influenciándonos por los pensamientos que se pueden instaurar como correctos en el grupo que pertenecemos, por otro lado, también se debe señalar sobre la importancia de la tarea que debe llevar el estado siendo garante de los derechos humanos, y que, en dicha época, brilló por su ausencia.

Me gustaría terminar citando el artículo número dos de la Declaración de los Derechos Humanos: “Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición” (ONU, 1948). En donde, se puede apreciar que todos tenemos el derecho y las libertades señaladas, independientemente de la manera de pensar y/o color político de la persona, es por esto, que, como sociedad, no debemos dejarnos pasar a llevar.

Por último, es importante señalar que, en primera instancia, todo tipo de acción que restrinja cualquier derecho humano y/o alguna dimensión de este debe reconocida como un crimen por la sociedad de una manera transversal. Posterior a esto, en conjunto se debe reflexionar para así poder reaccionar en el futuro con políticas encaminadas en el bien común, y no sesgarnos dentro de nuestras ideologías, sin ver la realidad detrás de todo. 

20 July 2021
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