Violencia Contra La Mujer En La Actualidad
Introducción
Desde hace tiempo la violencia contra la mujer se ha producido de diversas maneras, según El Plan Nacional contra la violencia de género (2016-2021) indica que existen más de 16 modalidades de violencia, de estas modalidades las que agrupan más víctimas es la violencia psicológica, física, verbal, etc. Al hablar de violencia psicológica se produce un atentado que por lo general tiene como fin subyugar a la mujer haciendo que esta se sienta inferior en todo sentido. Un tipo de violencia con más controversia es la física, ya que arremete directamente con el cuerpo de la víctima. Comúnmente la violencia verbal pasa inadvertida sin embargo generan sensaciones igual de dolorosas que los otros tipos de violencia.
Desarrollo
Considero que frente a estos tipos de violencia debemos de tomar una postura cada vez más activa a favor del cambio logrando así que se incline en beneficio de las víctimas, ya que son estas las más afectadas. La violencia contra la mujer ha estado presente a lo largo del tiempo, en la actualidad se le ha dado la importancia que merece y esto es notable al apreciar la creación de diversas organizaciones, programas de ayuda e implementación de leyes que pretenden prevenir y erradicar esta problemática; esta cuestión no es ajena a los países desarrollados, ya que en estos también se produce.
Sin embargo, se ha mostrado que se da en menor intensidad debido a diversos procesos sociales junto a las conexiones de género que produjo el desarrollo económico, entre ellos destaca el incremento de espacio de las mujeres en el campo laboral y un mayor número de mujeres con acceso a la educación. La violencia en el entorno familiar está presente en todo el mundo, por ello se le ha dado una preocupación de primer grado. Podemos apreciar que a lo largo del tiempo se ha ido tomando una postura más activa y esto ha ayudado notablemente a reducir los diversos tipos de violencia que se presentan.
Tenemos como modelo la Resolución 40/36, de 29 de noviembre de 1985 “Violencia en el hogar” de la Asamblea General de las Naciones Unidas; donde se muestra claramente que la violencia en el núcleo familiar era ‘un problema crítico con graves consecuencias físicas y psicológicas para sus miembros, y que pone en peligro la salud y supervivencia de la unidad familia’. En 1993 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó en Viena la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, que en su art. 1 define la violencia como «cualquier acto basado en la pertenencia al sexo femenino que causa o es susceptible de causar a las mujeres daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico.
E incluye amenazas de tales actos y la restricción o privación arbitraria de la libertad, tanto en la vida pública como en la privada». Tomando en cuentas estos dos modelos se aprecia el notable cambio que ha surgido hasta la actualidad, debido a que estimamos la magnitud del problema y tomamos una postura activa por el cambio mientras hemos ido caminando en el tiempo. La violencia de género es un tipo de comportamiento en el que se muestra de manera persistente el empleo de fuerza física a manera de agresión, violencia psicológica, intimidación o persecución por parte del agresor.
Una de las modalidades de violencia más comunes es el de la violencia psicológica que tiene como resultado un grave daño emocional. El abuso psíquico suele seguir una estrategia que ataca tres aspectos básicos: un ataque social que intenta desligar las relaciones con la familia, las amistades y un atentado contra las conexiones de identidad del pasado, este tipo de violencia es incluso más impactante que los otros tipos de violencia, ya que se podría decir que conducen a un lavado de cerebro por parte del agresor lo que produciría que la víctima no sea consciente de lo que sucede, ya que no es tan perceptible como la violencia física, por ello incluso en diversas ocasiones es minimizada.
Resulta un problema el querer determinar qué tipos de conductas están sujetas para determinar una sanción penal debido a que no todos los comportamientos que son generados por los agresores conforman un maltrato el cual puede ser considerado como delito. Por ello se presentan tres posturas diferentes: Para un sector doctrinal, el término violencia psíquica debe comprender los actos que ponen en peligro la salud mental de la víctima; esto incluye insultos, amenazas, etc. En esta línea, defendida no solo por autores del Derecho, sino mecanismos sutiles, «micromachismos», utilizados por los agresores de forma habitual que poseen un efecto también de la Psicología o el Trabajo Social.
Se sitúa Bonino, al señalar que existen una serie de devastador sobre sus víctimas. Para el sector opuesto al del sector doctrinal, la violencia psíquica debe tener un carácter restrictivo que se separe de la tipificación penal aquellas acciones que no sean relevantes, a pesar de que la sociedad pueda rechazarlas. Una tercera postura intermedia, representada por Del Moral García, señala que hay que buscar un equilibrio entre este amplio término, lo que sí es claro es que no es necesaria la ocurrencia de un daño psíquico efectivo, debido a que consideran que es suficiente que se ponga en peligro la salud de la víctima para que la conducta pueda quedar considerada como violencia en lo penal.
Considero que de estos tres puntos de vista el más relevante y que defiende completamente los derechos de la mujer es el del segundo debido a que considera cualquier acto de violencia contra la mujer como un acto condenable y esto es necesaria, ya que en la actualidad si no se procede con cautela para frenar y erradicar los actos de violencia estos seguirán incrementándose y así cobrando más víctimas. Si analizamos los diferentes factores culturales, se revelan particulares prácticas en las que se ponen en evidencia ciertas costumbres que no eran consideradas punibles, al contrario, eran alentadas y aceptadas por la sociedad.
Como la diferencia de poder desigual entre hombres y mujeres ya sea en lo laboral, económico, político, etc. Un caso particular seria en como desde ya hace tiempo atrás, el fenómeno del patriarcado connota la situación que hacía referencia hacia el hombre como centro de la familia, y como este era quien aportaba el sustento económico tomaba control de un rol dominante respecto a los demás, es así que poco a poco se fueron revelando los tipos de violencia tanto implícita como explícitamente; en la actualidad la sociedad ya no concibe como algo natural los casos de agresión. En palabras de Buompadre señala que, no toda violencia contra una mujer es violencia de género.
Por cuanto, no se trata de una cuestión que deba dilucidarse por la sola circunstancia de la existencia de una posición de superioridad física entre el hombre y la mujer, sino de una situación de discriminación intemporal que tiene su origen en una estructura social de naturaleza patriarcal’. Canalizaremos entonces el sentido de la prohibición únicamente ante la existencia de “un contexto de dominación masculina”. De lo expuesto por Buompadre notamos su posición al querer hacer una notación respecto a si la violencia de mujeres se produce por su género o si existiesen otras variaciones.
Conclusión
Cada vez que se expone una norma que modifique o complemente el código penal en favor de la violencia, surge un gran número de críticas que por lo general son negativas; sin embargo, si se toma una actitud positiva y se considera los beneficios que trae consigo podríamos mermar los diversos actos de violencia que se producen en la actualidad día a día. Debido a la existencia de diferentes tipos de violencia entre estos la psicológica, física y verbal con diversas variables de influencia e impacto en cada una es relevante la posición que tomemos frente a esta situación dado que esto lograra grandes cambios, al igual que el grado de aceptación que se dé a las nuevas leyes que salen en beneficio de la mujer víctima de violencia.