Canciones De Inocencia Y De Experiencia: Roma

Introducción

En la antigua Roma, el jurista Ulpiano sostenía que nadie debe ser condenado por sospechas, porque es mejor que se deje impune el delito de un culpable que condenar a un inocente, el marqués de Becaria en su famosa obra Tratado de los delitos y las penas advertía, ningún hombre puede ser llamado culpable antes de la sentencia de un juez, estos pensadores ya anunciaban la necesidad de reconocer este principio de presunción de inocencia para evitar que hubiera arbitrariedades o tratos injustos hacia la persona a la cual seguía un proceso jurisdiccional, pero pues debido a la época era complicado que este se plasmara en una norma que la sociedad la aceptara.

Fue hasta el año 1789 que estas ideas fueron plasmadas en el documento llamado Derechos del Hombre y del Ciudadano, que reconoce la presunción de inocencia en su numeral 9 que dicho señala: que toda persona, siendo presumida inocente hasta que sea declarada culpable, siendo con esto afianzarse en al ámbito jurídico, no solo siendo una idea o pensamiento de un jurista, sino como una norma aplicable y de observancia general dentro del sistema jurídico.

Desarrollo

En México la presunción de inocencia tiene su antecedente más antiguo en la constitución de Apatzingán de 1814, estableciendo en su numeral 30: que todo ciudadano se reputa inocente, mientras no se declare culpado, aunque esta constitucional tuvo vigencia, pero con solo consagrar este principio, posteriores constituciones incluida la del año 1917, no tomaron en cuenta este derecho fundamental.

Es a partir del 18 de junio del año 2008 cuando se reforma la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de justicia penal y seguridad pública, pasando de un sistema inquisitivo a un contradictorio adversarial, que estaba caracterizado por un proceso obscuro propicio para que el Ministerio Público pudiera emplear todos los medios a su alcance para obtener “pruebas inculpatorias”. 

Absurdamente quien tenía la carga de prueba para desvirtuar el delito y la responsabilidad penal, era la persona acusada, teniendo que demostrar su inocencia, siendo la principal problemática de este sistema, teniendo la necesidad de reformar el sistema penal mexicano, a efecto de garantizar la observancia jurídica del principio de presunción de inocencia, en las diversas etapas del proceso penal. 

Esta reforma tiene su fundamento en el principio del debido proceso penal en el cual se respetan las garantías procesales, con igualdad de las partes y los demás principios que hacen posible un sistema penal que debe garantizar mecanismos de defensa que al mismo tiempo permita la participación de todas las partes en aras de obtener el debido proceso y con ello el acceso a la justicia.

Conclusión

El Código Nacional de Procedimientos Penales vigente, en su numeral 13 es garante del denominado principio de presunción de inocencia, que implica que toda persona se presume de inocente y será tratada como tal en todas las etapas del procedimiento mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el órgano jurisdiccional, logrando con ello finalmente el derecho a la presunción de inocencia.

Lo anterior cobro más fuerza en junio de 2011 con la reforma en materia de derechos humanos, con la integración de figuras como el control de convencionalidad, de constitucionalidad y el principio pro- persona, obligando así a los jueces a hacer uso de los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos y realizar una interpretación de la norma conforme al principio pro-persona, para lograr una protección efectiva de los derechos fundamentales, incluida la presunción de inocencia.  

17 August 2021
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