Correlación Entre Violencia de Cita y El Uso de Orden de Restricción
La violencia, según el Estatuto de la Florida 784.046, incluye agresión, agresión agravada, acecho, acecho agravado, secuestro, encarcelamiento falso o cualquier delito que provoque una lesión física o la muerte. Violencia de cita significa cualquiera de los anteriores cometidos contra una persona con la que tiene o ha tenido una relación continua y significativa de naturaleza romántica o íntima.
De acuerdo con la Ley de la Florida, para ser acusado de violencia por cita tiene que cumplir los siguientes requisitos:
- Debes haber estado saliendo con la persona por al menos los últimos 6 meses.
- La naturaleza de la relación debe caracterizarse por la expectativa de afecto y / o participación sexual entre las partes.
- Debe haber interactuado con la persona en la relación de forma continua y con frecuencia durante el curso de la relación.
Si la victima tuviera solamente una relación casual con el abusador, este no puedes ser condenado específicamente por violencia de cita contra la víctima, aunque aún así puedes ser acusado de agresión o violencia, dependientemente de lo que haya ocurrido.
Si la victima cumple con los requisitos acorde con la Ley de Florida, esta podría solicitar una orden de protección en contra la violencia por cita/noviazgo. Generalmente, la victima tiene que presentar la solicitud ante el secretario del tribunal de su condado/circuito, donde le facilitaran los formularios e instrucciones para poder presentar la petición. Cuando se presente dicha orden judicial, el abusador debe de cumplir con todos lo requisitos y no podrá violar la ley como por ejemplo (esto es dependiendo con el tipo de orden de restricción que pida la victima):
- Negarse a desalojar la vivienda que comparte con la presunta víctima.
- Estar a menos de 500 pies de la casa, el trabajo, la escuela o el lugar específico frecuentado por la víctima.
- Cometer una acción de repetición de violencia de pareja contra la víctima.
- Comete cualquier otra violación de la orden judicial mediante amenazas ilegales, palabras o actos de violencia.
- Contacta a la víctima directa o indirectamente, a menos que la orden permita el contacto indirecto a través de un tercero.
- Viene a menos de 100 pies del vehículo de la víctima.
- Daña o destruye los bienes personales de la víctima.
- Se niega a entregar armas de fuego o municiones si el tribunal lo ordena.
La violación de la orden judicial podría llevar a una condena por un delito menor de primer grado, que se castiga con hasta 1 año de prisión y / o una multa de hasta $ 1,000. También podría convertirse en un delito grave de tercer grado si lo viola 3 o más veces contra la misma víctima.