Corte Internacional de Justicia y la Soberanía de las Naciones

La soberanía de las naciones

La soberanía de las naciones es un tema muy largo y complejo en toda la historia de la humanidad. Han estallado guerras y conflictos, que incluso perduran en nuestros días, por no existir un acuerdo entre como delimitar el territorio o las aguas que cada nación reclama como suyas, que se agravo aún más con el fin del colonialismo europeo y el inicio de conflictos territoriales entre los nuevos estados que surgen de las antiguas colonias. Ejemplos en África, en América, o en Asia no sobran. Me permitiré en este ensayo comentar dos fallos de la corte internacional de justicia relacionados con el tema, e intentare profundizar un poco en ellos. Los elegidos para estos son el fallo del 12 de abril de 1960, “Portugal contra la India”, y el fallo del 20 de febrero de 1969, “Plataforma continental del Mar del Norte”. Ambos fallos pertenecen a la corte internacional de justicia, quien posee competencia contenciosa con los conformantes de la ONU.

Comencemos con el fallo “Portugal contra la India”. En este se ve un conflicto entre ambos estados por el supuesto derecho al paso de Portugal sobre territorio de la India para acceder a los enclaves coloniales de Dadra y Nagar-Aveli, pertenecientes al estado portugués, y poder así comunicarlos con su otro territorio colonial costero de Daman. Por lo anteriormente mencionado Portugal denuncia varias veces ante la corte internacional de justicia que la India le está impidiendo ejercer esta costumbre internacional del derecho al paso, que el propio estado portugués acordó con el Reino Unido cuando la India era su colonia. En este caso, la razón de la negativa de la India para el acceso de Portugal en su territorio se debe a que este último planeaba hacer atravesar tropas armadas para poder sofocar una rebelión que depuso a la autoridad portuguesa en dichos enclaves, yendo en contra de varios tratados firmados con anterioridad entre Portugal y el Reino Unido que impedían la mutua entrada de fuerzas armadas en territorio del otro y la prohibición del tránsito de armas por parte de civiles portugueses que comercien con los enclaves. Finalmente la corte fallo como en anteriores caso, no vieron que la India este privando a Portugal de derecho alguno.

Si analizamos bien el fallo podemos ver que hay un trasfondo muy interesante en cuanto a la soberanía de ambas naciones, Portugal e India. Por un lado la ocupación de Portugal de estos enclaves en la India continuando con el colonialismo y por ello siendo contrario al derecho a la autodeterminación de los pueblos, el cual se encuentra en tratados internacionales de derechos humanos, como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales que lo reconoce en su artículo 1. Y por otro lado vemos a la India someter su soberanía para permitirle a Portugal atravesar su territorio para sostener así sus enclaves, permitiendo así la continuidad del colonialismo y violando la libre determinación de la población local que se ve sometida a la hegemonía europea.

Hablemos ahora del fallo “Plataforma continental del Mar del Norte”. En este se puede nuevamente ver una cuestión de soberanía, en este caso por la determinación de la plataforma continental en el Mar del Norte por parte de los Países Bajos, Dinamarca y la República Federal de Alemania. Al no existir un acuerdo entre estos estados sobre como delimitar la plataforma continental, acudieron a la corte internacional de justicia. La corte analizo diferentes modos de delimitar las aguas y justamente Dinamarca y los Países Bajos propusieron utilizar el principio de equidistancia, que se encuentra en la Convención de Ginebra sobre la plataforma continental en su artículo 6. La corte considero que esta propuesta no era aceptable, puesto que iría en contra del espíritu de la convención y del artículo, ya que no se obliga el uso del principio de equidistancia sino que se recomienda. Por lo que la corte simplemente se limitó a dar una recomendación de como evaluar y marcar los límites de la plataforma continental. El análisis de la profundidad de la plataforma continental, los recursos existentes en esta, el tamaño de las costas de cada país, son algunas de las cuestiones a tener en cuenta para la delimitación.

En este caso podemos ver la búsqueda de una solución para este conflicto soberano por el mar, en el que por suerte se recurrió a vías diplomáticas. Muy diferente hubiera sido el escenario si esto fuera en el pasado, donde las guerras por cuestiones nacionales y soberanas no eran pocas. Por ejemplo, la Alemania del pasado poseía un poder del estado homogéneo y absolutista durante el Segundo Reich, a finales del siglo XIX e inicios del siglo XX. Y en la primera mitad del siglo XX apareció el Tercer Reich con una política totalitaria y revanchista, buscando la grandeza e importándoles poco o nada el factor humano. En aquellas épocas el positivismo era la principal doctrina jurídica de las potencias mundiales, con leyes tan contrarias a los principios del Iusnaturalismo como las “antijudías” del Tercer Reich. Tendríamos que esperar hasta 1945, después de tantas aberraciones cometidas, para que los estados reconozcan los principios naturales de los seres humanos y para que buscan garantizarlos, esto último se logró con la creación de derechos internacionales de derechos humanos, con la firma de la carta de la ONU y la suscripción de tratados internacionales de derechos humanos por la mayoría de los países. Para redondear lo expuesto, es de gran esperanza saber que hoy en día los estados y los propios seres humanos, buscan la solución de los conflictos por vía diplomática, ya no por medio de la guerra y el sufrimiento del ser humano.

Como podemos ver la soberanía de los países y de sus habitantes es algo muy importante para cada identidad nacional. Sin embargo eso no puede permitir el sometimiento de pueblos enteros o la solución de los conflictos bilateral por medio de las armas y la muerte. La humanidad ya ha dado un paso adelante en pos del respeto mutuo entre países y los derechos de sus habitantes. Aún quedan en el mundo colonias y conflictos armados, lo único que podemos esperar es que estos acaben pronto y sean los últimos. Por el bien de nuestro futuro, nuestra dignidad, y nuestra vida.

24 May 2022
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