Historia de los Derechos y Condiciones Laborales
En la ciudad de Chicago para el año 1886, se establece un antes y un después en las condiciones laborales de los trabajadores en todo el globo terráqueo, producto de protestas masivas en reclamo de la disminución de las horas de la jornada laboral de dieciséis a ocho; a precio de sangre lograron esta gran victoria y por eso el primero de mayo se celebra lo que conocemos como “El Día Internacional del Trabajo” en conmemoración de las vidas entregadas por la causa.
Es entonces a partir de este acontecimiento que los derechos de los trabajadores, por medio de leyes y reglamentos, han ido incrementado de modo que aseguren la cobertura de las necesidades básicas de éstos. Algunos derechos adquiridos de los empleados son: La no discriminación, la privacidad, y la protección al despido injustificado, entre otros.
A continuación se mostrará una breve explicación de los principales derechos de los empleados mencionados en el acápite anterior:
- Derecho a la no discriminación que se refiere a un trato equitativo sin importar género, raza, edad, orientación sexual, ideología política o religiosa. Aunque este derecho no impide que los empleadores de forma directa o indirecta incurran en violación al mismo.
- Derecho a la privacidad que evita que las empresas invadan de manera injustificada en la vida personal del trabajador. Sin embargo, los empleadores justifican esa invasión en la privacidad del trabajador alegando que algunos asuntos personales pudieran degenerar en un bajo rendimiento, en daños a la seguridad y a la moral dentro de la organización.
Existen medidas que interfieren con el derecho de privacidad dentro de las cuales, podemos mencionar:
- Realización de analíticas de laboratorio pre-selección tales como VIH, prueba de embarazo y prueba antidoping. El trabajador desconoce cuales tipos de pruebas se realizan en específico, pero de estas dependerá la aceptación o no del candidato.
- Pruebas aleatorias, generalmente de orina, para determinar el abuso de sustancias contraladas a todo el personal activo.
- Grabación de llamadas o de video sin el conocimiento y consentimiento del trabajador.
- Conducta de los empleados fuera del trabajo. Situaciones que se presentan con el trabajador fuera de su ámbito laboral no deberían ser tomadas en cuenta para fines la aplicación de sanciones disciplinarias o despido. Dentro de estas circunstancias tenemos:
- Problemas de ámbito legal o crediticio hasta tanto no haya un veredicto legal que prive al empleado de su libertad.
- Relaciones sentimentales con compañeros de trabajo o supervisores.
- Despido Injustificado. La realidad sobre el empleo es que, no hay una cláusula de peso legal que establezca que el mismo sea un derecho del trabajador, por lo que la relación laboral de acuerdo al principio de empleo a voluntad puede terminarse en cualquier momento, ya sea por decisión del mismo trabajador o del empleador sin la necesidad de explicar dicha decisión (desahucio). Por lo expuesto anteriormente, la mayoría de los despidos se realizan de forma arbitraria y en muchos casos de forma injustificada.
Aunque existe el derecho del empleador a despedir cuando así lo considere, el trabajador tiene derecho a ser protegido por la ley y este último pudiere incoar una demanda en contra de su empleador si puede demostrar que ha sido despedido de manera injustificada. Existen derechos de los trabajadores dominicanos que no se encuentran de manera expresa o clara en el código de trabajo (ley 16-92), pero en nuestra carta magna específicamente en el artículo 62 que trata sobre el derecho al empleo, sí. En los numerales 1, 3, 5 y 9, nuestra constitución abarca los derechos a la no discriminación, a la intimidad y a la protección del despido injustificado. Sin embargo las empresas, debido a que los trabajadores poseen derechos que generalmente desconocen, suelen accionar en seria violación a dichos derechos desde que agotan el proceso de reclutamiento y selección y no existe ninguna consecuencia legal para las mismas.