Derechos En La Constitución Y El Debido Proceso
Introducción
Dentro de la constitución de la república del ecuador del año 2008 nos podemos dar cuenta que la misma es considerada como una ley superior he importante sobre cualquier otra, la misma que deberá ser acatada y respetada por todos, ya que la misma es un reglamento o estatuto de carácter indispensable, de la misma manera ocurre con el derecho que tenemos las personas en general, las mismas que por algún motivo o circunstancia esta o están pasando por un proceso judicial, el mismo que tendrá el derecho al debido proceso o el derecho a la defensa por parte de su abogado o defensor público, el mismo que será escogido libremente por los implicados.
Desarrollo
El uso de todos los recursos brindados por las leyes procesales, según lo indica la constitución en el capítulo octavo del derecho de protección, en el mismo nos indica que todos los ciudadanos y ciudadanas del país tenemos el derecho a acceder a la justicia de manera gratuita, y a la protección adecuada, sea esta dada para el procesado, para la víctima o para los testigos y para los que la justicia crea que necesiten de protección, desde que inicia el proceso hasta el fin del mismo, por ende también deberán de presentarse ante la autoridad para ser interrogados, pero ante la presencia de su propio abogado, caso contrario eso no podrá llevarse a cabo.
De igual manera que la o las decisiones tomadas por el juez o la jueza a cargo deberá ser dada de manera justa, clara, independiente, honesta, igualitaria y con base en lo que estipula la ley y las pruebas recibidas en el establecido, sean estás verbal o escritas. Se hace referencia a ciertos principios del ordenamiento procesal ecuatoriano como del debido proceso, así el acceso a la justicia será gratuito, todo proceso se desarrollará bajo los principios de inmediación y celeridad, al derecho a la tutela judicial efectiva lo que significa en primer lugar el derecho de acceso a la jurisdicción, esto implica la prohibición constitucional de la denegación de justicia.
Conclusión
Cualquier facultad, sea derecho subjetivo o interés legítimo, que otorgue el ordenamiento jurídico debe ser plenamente justiciable; además la tutela judicial efectiva comprende: a) el derecho a no sufrir jamás indefensión; b) el derecho a obtener una resolución motivada sobre el fondo de la pretensión dirigida al órgano judicial; c) el derecho a utilizar los recursos previstos por las leyes procesales; d) el derecho a la intangibilidad de las resoluciones judiciales firmes, así como a la ejecución de las mismas. Esto se llevará a cabo con la única finalidad de que los derechos de ninguna de las partes este siendo vulnerado y que no exista de por medio la injusticia por parte de las autoridades a cargo.