El Cambio Climático Y La Unión Europea
El cambio climático actualmente es una de las mayores amenazas a la que nos enfrentamos como ciudadanos, dejó de ser una mera especulación hace años para convertirse actualmente en una cruda realidad, los casquetes polares se están fundiendo, el nivel del mar está subiendo, al igual que la temperatura del planeta. Esto son hechos con claras evidencias como el acqua alta de Venecia, o la oleada de incendios que está arrasando Australia actualmente, con consecuencias tan catastróficas como la consideración del koala como una especie “funcionalmente extinta”.
Todo esto es una resultado claro del cambio climático que está sufriendo el planeta, siendo que, si no hacemos nada para evitarlo, a partir de 2030 habremos llegado a un punto del cual no podremos regresar, siendo que las consecuencias serán devastadoras a partir de tal momento, tal y como ha dado a conocer el Panel Intergubernamental sobre el Cambio Climático de la ONU (IPCC)
Lo que nos hace falta preguntarnos llegado tal punto es, qué podemos hacer, tanto como individuos como naciones, para intentar salvar a nuestro planeta.
Es por estas razones que he decidido escoger este tema, el cambio climático y las acciones que está tomando la Unión Europea para frenar sus efectos a través de acuerdos internacionales, para poder explicar las actuaciones que podemos realizar para salvar el planeta, pues todavía hay esperanza por un futuro mejor.
Objetivos de la Unión Europea
La Unión se ha planteado una serie de objetivos a cumplir para unas fechas determinadas, para 2020, 2030 y 2050.
Los objetivos claves que se plantea son tres, reducir las emisiones de gases de efecto invernadero hasta un 40% en relación a los niveles de 1990, aumentar el consumo de energías renovables, proponiendo que al menos el 20% del consumo total de energía provenga de estas fuentes, y finalmente, un incremento del 20%, como mínimo, de la eficiencia energética. Siendo que uno de sus objetivos a más largo plazo es lograr reducir en un 80 – 95% sus emisiones, con respecto a los niveles obtenidos en 1990.
Para lograr todos los objetivos propuestos la Unión ha tenido que establecer una regulación para poder establecer un orden sobre las diferentes materias que implica el calentamiento global, como puede ser el régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la UE, regulado en la Directiva 2003/87/CE, la obligación de los diversos países de la Unión de promover las diferentes fuentes de energía renovable, la reducción del consumo energético, puesto que las industrias europeas tienen la obligación de mejorar la eficiencia energética de sus instalaciones, o, la obligación de los fabricantes de coches de reducir las emisiones del CO2 a través del Reglamento (UE) 2019/631 del Parlamento Europeo y el Consejo.
Sin embargo, la Comisión Europea ha adoptado una estrategia según la cual pretende que todos los Estados miembros, a través de planes nacionales, adopten medidas para frenar los efectos inevitables del cambio climático, siendo conocida esta como la Estrategia de adaptación de la Unión Europea.
Estrategia de adaptación de la Unión Europea
El cambio climático ha supuesto una serie de alteraciones en el planeta, evidenciándose como la consecuencia más visible la subida de la temperatura media de la tierra, siendo que no deja de aumentar. Como consecuencia de esta subida de las temperaturas diversos cursos naturales están sufriendo numerosas modificaciones como puede ser la variación de los patrones que rigen las precipitaciones.
Ante estas circunstancias la Unión Europea ha decidido adoptar una serie de decisiones para poder frenar el cambio que estamos sufriendo, estableciéndose como el principal propósito mantener el calentamiento global a una temperatura límite inferior a 2ºC por encima del nivel experimentado con anterioridad a la era industrial.
El territorio europeo experimentó una media de temperatura en la década pasada de 1.3ºC superiores al nivel anterior a la era industrial, lo cual implica que el aumento de las temperaturas en Europa ha sido más rápido que en el resto del planeta. Este hecho va a generar una serie de consecuencias graves para el territorio, produciendo numerosos efectos negativos en la economía europea, causando problemas de salud pública y teniendo como consecuencia, numerosas muertes, siendo que también supondrá graves efectos sobre sectores como la agricultura, el turismo, la pesca y en otros servicios como la distribución del agua.
La respuesta que ha preparado la Unión Europea ante esta situación ha sido la Estrategia de adaptación para la UE.
El origen de esta estrategia se encuentra en el Libro Blanco titulado “Adaptación al cambio climático: Hacia un marco europeo de actuación” publicado en 2009, introduciéndose en este la aplicación web European Climate Adaptation Platform. Dicha plataforma es la encargada de recoger los datos acerca de las medidas de adaptación implantadas en la Unión Europea, al igual que varios instrumentos de ayuda para la adopción de normas de gran utilidad estratégicas.
El fin último que se persigue con esta estrategia es lograr una Europa más resistente al clima, esto implica mejorar la preparación y la capacidad de respuesta que se debe tener frente a los efectos del cambio climático, tanto a nivel local, regional, nacional y de la UE.
El primero de los objetivos es el fomentar la actuación de los Estados miembros. El gran problema al que nos enfrentamos en este aspecto es el cómo crear medidas rentables en materia de adaptación aplicable a diferentes niveles de planificación y gestión. El instrumento recomendado a nivel mundial son las conocidas como estrategias nacionales de adaptación, consistentes en instrumentos para poder lograr una mayor información. La Comisión, con la voluntad de lograr una mayor cooperación y coherencia en el ámbito europeo, dirigirá su apoyo al intercambio de buenas prácticas entre los diferentes Estados miembros, las regiones, y demás partes interesadas, con el objetivo de preparar directrices con base en las buenas prácticas sobre prevención de catástrofes.
Algunas de las actuaciones previstas dentro de este primer objetivo son; impulsar a los diferentes Estados miembros de la UE a adoptar estrategias de adaptación, regulando sobre temas como lo son los problemas presentados en las fronteras.
Otra posible actuación será la ayuda de financiación de LIFE para apoyar la creación de capacidades y agilizar el procedimiento de medidas de adaptación en Europa, centrándose en los ámbitos más vulnerables, como son la gestión sostenible del agua, la gestión transfronteriza de las inundaciones, o los sectores agrarios y forestales en zonas de montañas.
Otro de los objetivos que se pretende lograr a través de esta Estrategia de adaptación es la ayuda de toma de decisiones con un mayor conocimiento de la causa. Consiguiendo mejorar el procedimiento a través de programas de investigación, estrategias nacionales y regionales de adaptación.
Sin embargo es igual de importante el disponer de una base de conocimientos sólida para poder apoyar el mercado de energías renovables para una futura adaptación al clima. Con este medio se tiene por fin el llenar algunas de las mayores lagunas de conocimiento, como lo pueden ser la información acerca de los daños y sobre los costes y beneficios de la adaptación, o sobre análisis de riesgos en el ámbito regional y local.
El último objetivo de la UE es promover la adaptación en los sectores más vulnerables para lograr la mayor reducción posible de los efectos del cambio climático.
Esta adaptación se ha integrado en diversas materias, como son las aguas marinas, la silvicultura, transporte, la biodiversidad, la migración y la movilidad. Promoviendo también la reducción del impacto del calentamiento global en la política agraria común (PAC) y en la política pesquera común (PPC), garantizando asimismo unas infraestructuras más resistentes.
Legislación de la Unión Europea
La Unión Europea en su misión por ralentizar el calentamiento global ha dedicado un gran esfuerzo a crear una amplia legislación, contando ésta con más de 50 políticas para enfrentarse a la lucha contra el cambio climático.
La unión se ha centrado principalmente en seis sectores a la hora de crear legislación, estos son, la política de cambio climático de la UE, energía limpia y eficiente, un transporte más limpio, responsabilidad medioambiental de las empresas, agricultura y ordenación del territorio, y un marco de innovación.
A continuación desarrollaremos algunas de las políticas más relevantes que se han desarrollado en este ámbito de actuación.
En el ámbito de la política de cambio climático se ha creado una amplia legislación, con algunas medidas tan relevantes como el Programa de Medio Ambiente y Acción por el Clima, creado a través del Reglamento 1293/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, cuyo objetivo es poder contribuir al desarrollo sostenible y al alcance de los objetivos y metas establecidos en la Estrategia Europa 2020, acto consistente en garantizar la recuperación económica de la UE tras la crisis económica y financiera.
Los planes de dicha estrategia tienen como fin aplicar, a través de estrategias y planes cuyas bases son la legislación de la UE, la política de medioambiente y cambio climático
Otros de los múltiples objetivos recogidos en la política del cambio climático son; la política climática a largo plazo, la reducción de gases de efecto invernadero, la vigilancia y adaptación al cambio climático, y finalmente acuerdos internacionales, a los cuales haremos referencia posteriormente.
La sección referente a la energía limpia y eficiente se encuentra protagonizada por las normas de la Unión Europea para la imposición de los productos energéticos y de la electricidad, recogida en la Directiva 2003/96/CE.
En esta directiva se imponen una serie de impuestos en relación a la electricidad, los carburantes de la automoción, y la mayoría de combustibles cuyo origen proviene de la calefacción, al igual que lograr el funcionamiento correcto de un mercado único de energía.
Una de las características principales de esta directiva es que la legislación prevé la aplicación parcial de impuestos a aquellas empresas que hayan puesto un esfuerzo en reducir su consumo de energía.
En relación al objetivo del transporte más limpio se puede observar normativa muy variada, en relación a diferentes tipos de transporte, como puede ser por carretera o aéreo, o transporte ferroviario, marítimo, o por vía navegable interior.
La materia más singular aquí tratada sería la energía limpia para el transporte, siendo su principal argumento la dependencia de la Unión Europea en petróleo importado, siendo que esto supone un gran gasto para la economía europea, suscitando grandes inseguridades acerca de la seguridad de su suministro, y también acerca de la insostenibilidad en términos medioambientales, siendo que esta situación se podría solventar a través de la utilización de combustibles alternativos a través de las infraestructuras necesarias. El plan de la UE se encuentra recogido a través de una Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo, y al Comité de las Regiones.
Una de las materias más importantes en las que la Unión Europea ha creado legislación es sin duda en referencia a la responsabilidad medioambiental de las empresas, regulada a través del conocido como Principio de “quien contamina paga” y responsabilidad ambiental.
Esta iniciativa se encuentra recogida en la directiva 2004/35/CE sobre responsabilidad medioambiental en relación con la prevención y reparación de daños medioambientales, siendo que el principal objetivo de esta directiva es responsabilizar a las empresas que causen daños que afecten al medioambiente, por lo que se deberán tomar las medidas preventivas o reparadoras necesarias y poder costearse todos los gastos relacionados.
Los considerados “puntos clave” de esta directiva serían los ámbitos de aplicación, la responsabilidad se aplicará; cuando se produzcan daños ambientales a causa de cualquiera de las actividades indicadas en el anexo III de la Directiva, o en el caso cuando se produzcan daños ambientales a especies y hábitats naturales protegidos por actividades profesionales distintas de las enumeradas en el anexo III, o en el caso de que haya incurrido culpa o negligencia por parte de la empresa.
Siendo un dato relevante el hecho de que la directiva no se aplique en una serie de supuestos, como pueden ser los conflictos armados, los desastres naturales, la responsabilidad por los tipos de daños medioambientales incluidos en los convenios internacionales, y los riesgos nucleares, que se incluyen en el Tratado Euratom.
También podemos encontrar jurisprudencia en forma de sentencias de los diversos tribunales en materias del cambio climático; como puede ser la sentencia contra Holanda, a fin de conseguir mantener los gases invernadero a un límite máximo del 25% para 2020, siendo que dicha sentencia fue recurrida ante el tribunal de apelación de La Haya,
Estos son ejemplos de las grandes materias en las que la Unión Europea ha creado legislación en materia de la lucha contra el cambio climático, siendo que ha continuado creando diversas medidas en aras al futuro, como puede ser a través del Protocolo de París o el Protocolo de Kioto.
Acuerdos internacionales sobre el cambio climático
Dado que el cambio climático es un hecho con un carácter mundial son importantes la cooperación y la actuación que se realizan a nivel internacional. Es por esto que la UE ha colaborado en la celebración de negociaciones internacionales sobre la lucha contra el cambio climático. Ha sido una clara protagonista en el desarrollo de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, pero sobre todo ha tenido un papel fundamental en el Protocolo de Kioto y en el Acuerdo de París.
El principal acuerdo internacional acerca de la acción por el clima es la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. Constituye uno de los tres convenios acordados en la Cumbre de la Tierra, siendo que hasta la fecha ha sido ratificada por 195 países. Sus inicios fueron como un medio de colaboración de los países para intentar limitar el aumento de la temperatura mundial y hacer frente a las consecuencias del cambio climático.
El Consejo trata dos asuntos relacionados con la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio climático (CMNUCC); la ratificación de la enmienda de Doha al Protocolo de Kioto, y el Acuerdo de París, en lo relativo a su ratificación, aplicación, y entrada en vigor en 2020.
A continuación analizaremos brevemente ambos acuerdos, teniendo en cuenta la presencia de la UE, y el papel que ha llegado a jugar en la ratificación de estos.
Este protocolo encuentra sus orígenes en los años 90, en el momento en el que los firmantes de la CMNUCC llegaron a la conclusión de que debían adoptar medidas más estrictas si querían lograr reducir las emisiones de gases de efecto invernadero. En 1997 se firmó el Protocolo de Kioto, por el cual se introducían objetivos jurídicamente vinculantes para la reducción de las emisiones en los países desarrollados.
Uno de los principales objetivos de este protocolo es el reducir en un 5.2% las emisiones de gases de efecto invernadero en relación a los niveles de 1990.
Un hecho que caracteriza este protocolo es que para su entrada en vigor ha sido necesario que 55 naciones que representen el 55% del total de las emisiones de gases lo hayan ratificado. Finalmente en el 2004, con la ratificación de Rusia, y tras lograr que la UE se hiciese responsable del pago de la reconversión industrial y de la modernización de sus instalaciones, el protocolo finalmente entró en vigor el 18 de noviembre de 2004.
El segundo periodo de compromiso comenzó el 1 de enero de 2013, y tiene fecha de finalización en 2020. Participan en éste 38 países desarrollados, contando entre estos a la Unión Europea y a sus 28 países. La gran novedad que se integra es la enmienda de Doha, según la cual los países participantes deben reducir las emisiones en un 18% como mínimo respecto a los niveles de 1990, siendo que la UE se ha propuesto ir más allá e intentar reducir las emisiones en un 20%.
El principal problema al que se enfrenta dicho protocolo es que únicamente obliga a los países desarrollados. También hay que tener en cuenta que la participación de los diferentes estados ha decaído en este segundo periodo, pues países como Nueva Zelanda, Rusia y Japón se han retirado de este nuevo periodo, siendo que actualmente solo se aplica al 14% de las emisiones mundiales.
El otro gran acuerdo adoptado en materia de la lucha contra el cambio climático es el Acuerdo de París recogido en la Decisión 1/CP.21.
Su origen se encuentra en la Conferencia de París sobre el Clima (COP21), la cual tuvo lugar en 2015. Entre los diversos objetivos que se han planteado se encuentran, limitar el aumento de las temperaturas a 1,5ºC, reduciendo de esta manera los riesgos y el impacto del calentamiento global, así como lograr que las emisiones globales alcancen su nivel máximo cuanto antes. Sin embargo el objetivo más ambicioso que se han propuesto es lograr mantener calentamiento global bajo el límite de los 2ºC.
La UE en este acuerdo se ha posicionado a la vanguardia de los esfuerzos por alcanzar un acuerdo global en materia del clima
Con antecedentes tales como la limitada participación en el Protocolo de Kioto, y ante la falta de acuerdo en la cumbre de 2009 en Copenhague, la UE logró formar una amplia y ambiciosa formación de países desarrollados, y en desarrollo, que aseguró el buen resultado de la Conferencia de París.
La UE ha vuelto a demostrar de diversas maneras su interés por frenar el cambio climático, siendo que ha sido la primera gran economía en presentar su contribución prevista al nuevo Acuerdo en marzo de 2015.
Una de las características que presenta este acuerdo es el “doble criterio” necesario para su entrada en vigor, que estuviese ratificado por 55 países que representasen al menos al 55% de las emisiones mundiales, siendo que a fecha de 2019 ha sido ratificado por 195 países, entre los cuales se encuentran los 28 Estados Miembros de la UE, China, o Rusia.
Conclusión
Para finalizar este trabajo podemos concluir diciendo que la Unión Europea ha dejado claro en numerosas ocasiones su interés por frenar el avance del calentamiento global a través de diferentes mecanismos, como es la creación de legislación propia o firmando acuerdos internacionales con diversos países del mundo.
Mediante la imposición de obligaciones y de objetivos a cumplir a las grandes empresas se está logrando una mayor concienciación de la verdadera emergencia que supone esta realidad, sin embargo, un hecho en el que podrían poner un mayor énfasis en