La Mujer En El ámbito Laboral Durante La Actualidad
Mujer en la actualidad
Se puede decir que parte de las características que tienen las mujeres hoy en día en el trabajo, han sido heredadas por sus antecesoras durante la historia de la humanidad. Aunque hoy en día las características de la mujer es la rápida integración al mercado laboral, según Godoy & Mladinic (2009) “se evidencia en distintos países -incluido Chile- en un aumento del número de mujeres que se integran al mercado de trabajo, un crecimiento más rápido de sus tasas de ocupación en relación con las de los hombres” (p.1). Esto evidencia las nuevas metas que tienen las mujeres, estas metas desarrollan consigo cualidades en las mujeres, emprendedurismo, liderazgo y menor interés en la reproducción para enfocar su tiempo y energías en superarse, son características que las mujeres tienen en la actualidad.
Discriminaciones hacia las mujeres en el ámbito laboral
El acoso laboral
El trabajo es un derecho y un deber como lo estipula el derecho, conseguir un trabajo sea cual sea siempre ha de ser algo positivo especialmente para la economía de una persona. Sin embargo, no siempre todo es bueno, muchas ocasiones ser mujer y trabajar puede ser un gran dolor de cabeza cuando se presenta el acoso laboral por parte de sus funcionarios. El acoso laboral se puede definir según Quirós (2006) como:
Conducta agresora rechazada por la sociedad en general, que ha existido a través de toda la historia como tal, todo tipo de agresiones que van desde lo moral y psicológico hasta lo físicos en los casos más dramáticos, constituyéndose hasta hace no mucho tiempo en uno de esos problemas innominados que las sociedades han experimentado todos los tiempos.
Con lo mencionado anteriormente por Quirós, lastimosamente el acoso laboral, puede perjudicar a una persona física, mental y psicológicamente. Aunque en la actualidad haya leyes que lo regulan sigue presentándose, pero muchas veces las víctimas y la sociedad aun no toman el suficiente valor como para acabar con ello, aunque este mal.
Hay muchos factores que pueden demostrarle a una víctima cuando está sufriendo acoso laboral en Costa Rica, según La Sala Corte Suprema de Costa Rica citado por Vargas (2011) define cuales son los elementos presentes:
- Intencionalidad de minar la autoestima y dignidad del funcionario.
- Repetición de la agresión por un período.
- Que la agresión provenga de quien tiene la capacidad de causar daño.
- Que la finalidad consiste en presionar al servidor para que abandone su trabajo y así dar por terminada la relación de empleo
A pesar de que la víctima tenga presente estos elementos, más testigos cuesta demasiado que alguno decida denunciar por razones de comodidad en la empresa y evitar un despido, más que en la nación costarricense no se mantiene un proceso para sancionar y el periodo de juicios son sumamente inhumanos lo cual hace que la víctima pierda el interés y las esperanzas. Lastimosamente, es demasiado el tiempo en que las entidades judiciales toman para realizar un estudio por acoso laboral, donde no se conoce el dolor y hostigamiento diario para tener que esperar al menos media década para saber si se hace justicia o no por un acto agresor. Según (Vargas, 2011) se puede recalcar lo siguiente:
Las diligencias judiciales relativas al acoso laboral tuvieron una duración aproximada de uno a seis años (…) Ello quiere decir que la víctima conocerá el resultado de su demanda en promedio cinco años después de interponer la denuncia judicial. (…) En Costa Rica no existe un procedimiento especial sancionador, que proteja a las personas que están siendo víctimas de acoso laboral, de tal manera que estas situaciones deben ser planteadas en la vía ordinaria.
Características del acoso laboral
Normalmente las víctimas tienen una actitud neutral como cualquier otro trabajador, sin embargo, cuando comienza a haber acoso laboral, es muy notorio que algo les está sucediendo, por eso es importante recalcar cómo se diferencia, según Quirós (2006) comenta qué:
Todo comienza repentinamente con un cambio brusco en la relación entre el acosador y la persona (…) el cambio de la relación suele venir motivado por los celos, la envida, la competición (…) La persona es aislada, negándose la comunicación con el acosador y prohibiéndole explícita o tácitamente que el resto de los trabajadores tenga relación o comunicación con ella.
Desafortunadamente la víctima siempre es quién sufre más emocional y físicamente, no saben por qué a ellos ni por qué son los culpables de esa desafortunada situación, generándoles comportamientos distintos en su salud, profesión y mental, según Piñuel (citado por Quirós, 2006) indica que “Este comportamiento ocasiona el inmediato deterioro de la confianza en sí misma y en sus capacidades profesionales e inicia un lento y continuo proceso de desvaloración persona consistente en la destrucción de la autoestima.”
Al igual que en cualquier otro país en Costa Rica se presenta el acoso laboral, sin embargo, las victimas pueden acudir a dos entidades públicas, en estos lugares la ofendida puede declarar ante una audiencia su situación hasta conseguir un arreglo o bien interponer la denuncia, según Vargas (2011) comenta qué:
En Costa Rica, las denuncias por acoso laboral se pueden presentar ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social o bien directamente ante los Tribunales de Justicia (cabe aclarar que los funcionarios públicos también podrían recurrir ante la Defensoría de los Habitantes). Para el caso que el ofendido recurra ante el Ministerio, se señalará una audiencia entre las partes para intentar lograr un arreglo, si este no se logra, la parte ofendida puede recurrir ante los Órganos Jurisdiccionales. La denuncia de los hechos ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) es opcional, ya que el afectado (a) puede también acudir directamente ante los Tribunales de Justicia y obviar el paso ante el Ministerio.
En ocasiones las afectadas, suelen tomar el suficiente valor, como para poder ir e imponer la denuncia más el tipo de hostigamiento laboral que sufren, en la siguiente tabla recopilada se logra apreciar como el acoso laboral ha ido aumentado según los años excluyendo todos aquellos casos en donde por temores no se lograron denunciar.
Diferencias salariales y en puestos de trabajo
La mujer ha atravesado una larga trayectoria en la que ha luchado para que su invisibilidad deje de existir, puesto que durante muchos años su papel fue únicamente en el hogar, su trabajo no era evaluado, no se le tomaba en cuenta y la discriminación hacia ella era muy evidente.
Con todas estas situaciones vividas por el género femenino, a través de los años han evolucionado en diferentes áreas y una de ellas es el área laboral, gracias al desempeño, esfuerzo, dedicatoria y valentía que han mostrado en las labores desarrolladas; estas guerreras lucharon durante mucho tiempo por alcanzar los derechos que tienen hoy en día, sin embargo, aun en la actualidad existen diferencias que son discriminatorias de cierta manera por las desigualdades laborales por razón de género y con las cuales se presenta una desventaja hacia el género femenino.
A pesar de que las mujeres han demostrado la capacidad de desenvolverse y desarrollar sin ningún problema las labores que los hombres siempre habían desarrollado, existe una desigualdad en los salarios recibidos por ambos géneros, esto debido a que el hombre recibe más salario que la mujer, sin importar que las tareas asignadas para los dos sean las mismas.
Por otra parte, se tiene una discriminación por razón de género, en el momento de ocupar un puesto de trabajo, a pesar de los estudios académicos que obtienen muchas mujeres hoy en día, la posibilidad de ocupar un puesto administrativo es muy baja en comparación con la posibilidad que tiene el sexo masculino, ya que de acuerdo con Barquero (2017), “Solo un 10% de las mujeres que cuentan con un posgrado alcanza un puesto de dirección o gerencia; mientras que un 26% de los varones con ese nivel educativo lo consigue, arrojó el reciente informe Estado de la Educación.”
En Costa Rica la tasa de desempleo ha aumentado en el presente año, de acuerdo con Rodríguez (2019) en el segundo trimestre el desempleo tuvo un incremento, el total de la población desempleada es de 296 000 las cuales han buscado empleo, pero no pudieron encontrarlo, de esta población un 15% corresponde a mujeres mientras que un 9,9% a hombres.
Todas estas discriminaciones son a raíz de la cultura, el machismo, la religión y la tradición; estas diferencias se han convertido en una lucha grande, que se debe erradicar para buscar la igualdad entre las personas, sin importar su género, ya que tanto los hombres como las mujeres merecen que se les respete los derechos y que se les de valor por el trabajo que realizan. Es por estas razones que existen organismos internacionales encargados de luchar en contra de estas situaciones adversas por razón de género, la Organización Internacional del Trabajo indica que:
La OIT se ha propuesto promover la igualdad de oportunidades para que las mujeres y los hombres accedan a un trabajo decente , esto es, un trabajo bien remunerado, productivo y realizado en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad humana.
Con esto se pretende que para ambos sexos se presenten oportunidades para lograr tener un empleo digno y recibir una remuneración a cambio del servicio brindado, y así poder dar sustento a la familia.
Existen mandatos que están en la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo, que son en busca de la protección a ambos sexos, el convenio número 100 se denomina, Convenio sobre Igualdad de Remuneración, 1951; de acuerdo con el artículo 1, uno de los efectos del presente convenio es “la expresión igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor designa las tasas de remuneración fijadas sin discriminación en cuanto al sexo.”
Sin embargo, a pesar de este mandato de la Constitución de la Organización Mundial del Trabajo en muchos países aún se presenta una desigualdad hacia las mujeres, con respecto a la remuneración recibida a cambio de los servicios que realizan en el trabajo en el que han sido contratadas; de acuerdo con Barquero (2018), en un estudio realizado indica que “En promedio, las mujeres reciben un 20,5% menos en sus salarios mensuales en comparación con lo que ganan los hombres de todo el mundo; sin embargo, en Costa Rica la cifra se reduce a un 7,8%.”
En comparación al porcentaje de desigualdad existente a nivel mundial, en Costa Rica no es tan alto, pero no deja de ser una diferencia entre ambos géneros, en la cual se encuentra en desventaja el femenino, dicho porcentaje hace que Costa Rica se encuentre en unos de los países con menor brecha salarial por razón de género, estos resultados son producto de un estudio realizado por la Organización Mundial del Trabajo en la cual según Barquero (2018) “El estudio analiza la diferencia en las remuneraciones que hay entre varones y mujeres de unos 73 países y los engloba en cuatros grupos dependiendo de sus ingresos: alto, medio-alto, medio-bajo y bajo.”
En relación con la clasificación en grupos de los países de acuerdo a sus ingresos, Costa Rica fue clasificado en el grupo medio-alto, y como resultado se obtiene un dato importante que es el porcentaje de desigualdad de remuneración, que de acuerdo con Barquero (2018) indica que “los salarios de una mujer llegan a ser en promedio un 19,2% menores que los de los hombres.” (párr. 4); en ese mismo grupo también fue clasificado también Ecuador y de acuerdo a los resultados del estudio es el país con porcentaje más bajo de diferencia salarial según Barquero (2018) “En ese grupo solo Ecuador posee una brecha menor con un 1,8%.”
Por su parte es importante recalcar los datos relacionados al grupo de países clasificados como ingresos altos, en este grupo se encuentra Argentina, en dicho país se encuentra una de las brechas salariales más altas ya que, de acuerdo con Barquero (2018) “Su diferencia salarial por género supera al promedio mundial con un 25%. ‘; y también de acuerdo con Barquero (2018) se dice ese país se encuentra en segundo lugar a nivel continental ya que ese porcentaje es solo superado por Canadá en el cual se encuentra una diferencia del 35, 6%.
En Costa Rica se quieren tomar ciertas medidas para tratar de dar solución o al menos menguar esta situación establecida en la brecha salarial por razón de género y una de ellas de acuerdo con Mora (2019) es “presentamos una propuesta para que se sancione a las empresas que por un igual trabajo paguen menos a las mujeres, pues actualmente está prohibido, pero no establece sanción.”
La maternidad en el ámbito laboral
Periodo de embarazo
Desde hace varios años la participación de las mujeres en el ámbito laboral se vuelve complicado por el hecho de que, a diferencia de los hombres, tienen la posibilidad de quedar embarazadas, lo que conlleva a una serie de discriminaciones e injusticias, ya que, para los empresarios resulta una responsabilidad adicional ofrecerle todos los beneficios que ameritan.
Además, por su situación de embarazo las comprometen a tomar la decisión de dejar el trabajo o incluso las despiden porque ya no trabajará de igual forma, lo que es completamente ilegal según la Ley N° 2 (1943) en el artículo 94 donde expresa que:
Queda prohibido a los patronos despedir a las trabajadoras que estuvieren en estado de embarazo o en período de lactancia, salvo por causa justificada originada en falta grave a los deberes derivados del contrato, conforme con las causales establecidas en el artículo 81.
Con lo anteriormente mencionado, se puede inferir que gracias a estas leyes las mujeres tienen un respaldo seguro para protegerse en caso de que el empleador pretenda aprovecharse de su condición para violentar sus derechos tanto humanos como laborales.
Tanto los hombres como las mujeres tienen las mismas posibilidades de laborar, sin embargo, según García (2012) “durante la gestación, la baja por maternidad, la reducción de jornada y el planteamiento de querer tener hijos o casarse, repercuten negativamente en la renovación del contrato laboral y en la contratación de las mujeres”.
Este tipo de discriminaciones son actitudes injustas, porque a las mujeres pierden la libertad de escoger que estilo de vida que quieren llevar por pensar en las consecuencias negativas que surgirían tras un embarazo en el aspecto laboral.
Muchos países cuentan con leyes y reglamentos para proteger a las mujeres en caso de que queden embarazadas, durante todo el periodo de gestación hasta el momento del parto e incluyendo los tiempos de lactancia. Ya que es recomendable que es estos tiempos las mujeres tengan ciertos cuidados tanto para ella como para su bebé ya que el sistema inmune se debilita, quedando propensos a contraer muchas enfermedades.
Para prevenir esto existe la licencia por maternidad donde “La trabajadora embarazada gozará obligatoriamente de una licencia remunerada por maternidad, durante el mes anterior al parto y los tres posteriores a él”
Este tiempo es muy importante para una buena recuperación, pero se puede aumentar la cantidad de tiempo de ser necesario, solo se necesita solicitar un dictamen médico el cual debe ser entregado al jefe para que este tome las medidas del caso y también para que esté informado del porqué se solicita el tiempo adicional y confirmar que sea por una causa justa.
Este periodo incluye los periodos de lactancia, en donde la Ley N° 2 (1943) en el artículo 97 claramente indica que:
Toda madre en época de lactancia podrá disponer en los lugares donde trabaje de un intervalo de quince minutos cada tres horas o, si lo prefiere, de media hora dos veces al día durante sus labores, con el objeto de amamantar a su hijo.
Es importante para la mujer cumplir con estos periodos de tiempo para alimentar a su hijo para el bienestar de ambos, sin embargo, debe de cumplir con el tiempo efectivo de trabajo porque la mujer no puede dejar de cumplir con sus obligaciones laborales o aprovecharse de estos beneficios para un uso inadecuado, ya que si excede de este tiempo o se comprueba que no lo usa para la lactancia el empleador puede tomarlo como abandono de trabajo.