Neoconstitucionalismo: Visión De Novedad Dentro De La Constitución
Introducción
El neocostitucionalismo a lo largo del tiempo ha venido tomando fuerza en el marco político de Europa y en América Latina, lo que se hace con este nuevo constitucionalismo es cambiar alguna de las cosas o por decirlo así hacer ver cosas nuevas en algo que ya venía fundado, este nuevo constitucionalismo nace de la idea de hacer respetar los derechos fundamentales; donde se incluirán cosas muy novedosas que aporten a los mismos, donde se han venido trabajando diferente a como era el constitucionalismo clásico; las cortes constitucionales comienzan a trabajar las constituciones diferentes.
Desarrollo
Entran técnicas de interpretación propias de los principios constitucionales, la ponderación, la proporcionalidad, razonabilidad, la maximización de los derechos fundamentales donde estas no funcionaban en el constitucionalismo clásico. Si algo ha caracterizado por años al nuevo constitucionalismo latinoamericano no ha sido la capacidad de unir a la sociedad ni la fuerza normativa ni su amplia legitimidad democrática, la clave para entender las ideas de las constituyentes en América Latina, ya que estas solo son teóricas y no creadas con base en la necesidad por lo que este constitucionalismo.
Solo es un proceso político de transformación social que crea Constituciones de acuerdo a la conveniencia de un poder político para el mantenimiento de las elites en los circuitos de decisión pública natural y privada. Un aporte y característico constitucionalismo es que ha creado últimas asambleas constituyentes latinoamericanas como procesos políticos, sociales de transformación, con participación directa del pueblo y que desde el proceso colombiano de 1991 hasta el ecuatoriano de 2008, o la votación final sobre el texto boliviano de 2009, se traduce en experiencias plenamente democráticas.
Las cuales servirán de referencia en el constitucionalismo del futuro. Muchas de las constituciones latinoamericanas han servido a los estudios académicos como un aporte y así dar a conocer que existe un constitucionalismo poco útil, reiterado y reiterativo, y que han servido como ejemplo de mal funcionamiento constitucional. Y así empezar a declararle el fin al constitucionalismo nominalista y poco original para así darle inicio a unas nuevas luces en el constitucionalismo latinoamericano, y con esto darle paso a la Asamblea Nacional Constituyente que nace a través de la producción parlamentaria.
Los grupos políticos cercanos al partido del régimen. Y esta va adoptando decisiones para La activación del poder constituyente, en este sentido, guarda relación directa con el carácter revolucionario de su origen. En fin, la reivindicación del poder constituyente que está planteando el nuevo constitucionalismo latinoamericano vuelve a formas primeras de ejercicio de este poder, propias del constitucionalismo revolucionario. Una característica que hay que resaltar es el paradigma del poder constituyente, ya que es una fuerza que irrumpe, quebranta, interrumpe, desquicia todo equilibrio preexistente y toda posible continuidad.
El poder constituido obtiene su legitimidad del constituyente, y este es consciente de que su ebullición es una facultad de extraordinario alcance que acabará separando sus componentes y destilando el producto legitimado y legitimador denominado Constitución. Es justamente esta conciencia respecto al potencial revolucionario del poder constituyente, que hunde sus raíces en el origen del concepto, pero que, a la vez, fue conscientemente olvidado por las constituyentes de elites, la que diferencia al viejo y al nuevo constitucionalismo en América Latina. Desde este punto de vista, el nuevo constitucionalismo latinoamericano.
Es un constitucionalismo sin padres. Pero, en definitiva, se puede resumir en que América Latina necesita un constitucionalismo transformador y, que sea una Constitución real llevada a la necesidad del pueblo. El neocostitucionalismo pretende explicar este conjunto de textos constitucionales que comienzan a surgir después de la Segunda Guerra Mundial y que encuentran su cenit en las constituciones europeas de la década de los setenta (principalmente la portuguesa de 1976 o la española de 1978) y en la adaptación latinoamericana del constitucionalismo social europeo (como la Constitución brasileña).
Son constituciones que no se limitan a establecer competencias o a separar a los poderes públicos, sino que contienen altos niveles de normas materiales o sustantivas que condicionan la actuación del Estado por medio de la ordenación de ciertos fines y objetivos. Como puede observarse, no hay ninguna crítica al origen de las constituciones, pues ello no es objeto de preocupación por parte de los neoconstitucionalistas coherentemente con su metodología analítica. El énfasis es tan solo normativo; y no respecto a cualquier normatividad, sino sobre la supremacía material de la constitución, característica del Estado neoconstitucional.
Conclusión
El constitucionalismo no ha permanecido como un modelo estático, sino que ha seguido evolucionando en muchos sentidos. Es fruto de estas evoluciones que aparece la necesidad de constatar teóricamente el concepto de Estado neoconstitucional y poner en evidencia sus consecuencias prácticas. Como primera característica tenemos las malas construcciones sobre la democracia constitucional que han causado un mal en el planteamiento de estas democracias hasta el punto de que han sido más las teorías sobre el constitucionalismo que sobre el fundamento democrático del constitucionalismo.