Relaciones y Derechos Laborales: Capacitación y Adiestramiento

Introducción

La capacitación y el adiestramiento a lo largo de los años, se ha vuelto un tema relevante en las relaciones laborales es decir patrón – trabajador, al primero le permite formar un equipo con personal preparado y calificado, para que puedan desempeñar las funciones que le correspondan de la mejor manera posible, y al segundo le permite poder alcanzar sus potenciales para así recibir un mejor ingreso y tener la posibilidad de tener un mejor puesto.

Se ha vuelto un asunto meramente importante ya que además de ser un derecho del trabajador y una obligación del patrón, que establece nuestra constitución en su artículo 123 en el apartado “A”, fracción, XXXI, como se mencionó en el párrafo anterior, puede traer grandes beneficios para ambas partes.

Néstor del Buen Lozano expresó que, la capacitación y el adiestramiento son dos figuras tan antiguas como el hombre, y se puede tener como ejemplo las corporaciones romanas, los gremios medievales y el contrato de aprendizaje, estos antecedentes se puede que son a lo que se remonta la formación profesional del derecho constitucionalmente hablando.

Así mismo hay diversos artículos en la Ley Federal del trabajo que regulan la capacitación y el adiestramiento, cada empresa podrá establecer los planes que de enseñanza para los trabajadores y así poder formarlos y prepararlos a través de la enseñanza para que estos puedan tener una mayor productividad en su trabajo.

II. Antecedentes

Como bien se mencionó en la introducción la capacitación del empleado se remonta a mucho tiempo atrás, algunos ejemplos:

  • Corporaciones romanas.
  • Los gremios medievales.
  • El contrato de aprendizaje.

En México la primera Ley Federal del Trabajo se expidió en 1931, a su vez el primer antecedente de la capacitación fue el “Contrato de aprendizaje” que estaba establecido en el artículo 231, de esta ley.

En 1956, se estableció que los patrones tendrían que facilitar en sus respectivos centros de trabajo, por su cuenta, la capacitación técnica y práctica de sus trabajadores en sus propias especialidades.

En 1970 la Ley Federal de trabajo, en el artículo 132 en la fracción XV señalo lo siguiente: “El patrón tiene la obligación de: organizar permanente o periódicamente cursos o capacitación profesional o de adiestramiento para sus trabajadores…”

A pesar de que se hizo una regulación de la capacitación los empleadores o la mayoría de estos no cumplían en ofrecer esta enseñanza a sus empleados, por lo que en 1978 se reglamentó de una manera más estricta la capacitación y el adiestramiento.

Actualmente la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 123 apartado “A” fracción XIII, señala lo siguiente:

“Las empresas, cualquiera que sea su actividad, estarán obligadas a proporcionar a sus trabajadores, capacitación o adiestramiento para el trabajo. La ley reglamentaria determinará los sistemas, métodos y procedimientos conforme a los cuales los patrones deberán cumplir con dicha obligación”

III. Desarrollo

A) Capacitación y Adiestramiento

Hernández y Juárez indican que se tiene que hacer una distinción entre Capacitación y Adiestramiento ya que estos son dos conceptos que tienen significados distintos y que la Ley no diferencia, la Real Academia de la Lengua Española señala que:

  • Capacitar es: hacer a alguien apto, habilitarlo para algo.

La capacitación busca es hacer que un trabajador desempeñe una actividad superior a la que este realiza, lo anterior a través de conocimientos nuevos.

  • Adiestrar es: hacer diestro, enseñar instruir.

El fin del adiestramiento es buscar que el trabajador perfeccione las tareas que realiza.

A pesar de las diferencias que existen en los conceptos, Mario de la Cueva señala que realmente no tiene importancia diferenciarlo, lo que realmente tiene importancia es que los trabajadores se preparen para que puedan desarrollarse con sus habilidades y que cumplan sus actividades con una mayor eficiencia.

Desde mi punto de vista sí importa el separar los significados de ambos conceptos ya que cada uno tiene un objetivo distinto.

Puedes tener capacitación y no adiestramiento, ya que el adiestramiento puede satisfacerse cuando los conocimientos y las técnicas ya le fueron impartidas en su totalidad al trabajador.

La capacitación puede ser impartida dentro o fuera de la empresa, por personal propio, o ajeno; los cursos de capacitación o adiestramiento deben de impartirse dentro del horario laboral, los trabajadores que estén en capacitación por nuevo ingreso se les considerara trabajadores desde la capacitación.

El patrón deberá presentar y registrar sus programas de capacitación y adiestramiento ante la Secretaria del Trabajo dentro de los términos fijados por la ley, si no lo hace como lo establece la ley será sancionado, dicha sanción podrá ser equivalente de 15 a 315 veces la unidad de cuenta (salario mínimo).

Después de que el trabajador toma la capacitación o adiestramiento la Secretaria del Trabajo habrá de expedir una constancia de habilidades laborales.

B) Objetivos de la Capacitación y el Adiestramiento

El artículo 153 de la Ley Federal del Trabajo en su apartado F, la capacitación y el adiestramiento deberán tener por objeto lo siguiente:

  • Actualizar y perfeccionar los conocimientos y habilidades del trabajo.
  • Preparar al trabajador para ocupar una vacante o puesto de nueva creación.
  • Prevenir riesgos de trabajo.
  • Incrementar la productividad.
  • Mejorar las aptitudes del trabajador.

La Organización Internacional del Trabajo hace una recomendación, el número 150 y señala que también debe de tener por objeto “asegurar el acceso a un empleo según las aspiraciones de cada trabajador; proteger al trabajador contra el desempleo; el subempleo y los riesgos profesionales; conseguir un avance social, cultural y económico que los tiempos demandan”

Los objetivos antes mencionados pueden generar una mejora en algunos aspectos de la vida de los trabajadores, la capacitación puede representar un cierto beneficio para un trabajador frente a otro que no ha sido capacitado, el patrón también puede verse beneficiado de lo anterior ya que a través de la capacitación puede elevar el desarrollo de productividad de su negocio.

El adiestramiento aquí es donde justamente es clave y como antes mencionaba desde mi punto de vista es un concepto distinto a la capacitación ya que el adiestramiento va a instruir al trabajador en las tareas que desempeña, para que las realice de una manera óptima., sin embargo, está vinculado a la capacitación ya que a través de esta se podrá habilitar al trabajador para que realice el trabajo.

Desde mi punto de vista la capacitación que debe de ofrecer el patrón para el empleado se debe de ver desde una óptica aislada de una obligación, sino también con una óptica beneficiosa para el patrón ya que este recibirá grandes beneficios por impartir cursos a los empleados.

C) Programas de capacitación o adiestramiento

La Secretaria de trabajo es el órgano que elabora los planes y sistemas para que se impartan los cursos de capacitación y adiestramiento, sin embargo, el patrón puede rechazar estos planes y programas y establecer el que este haya elaborado para sus trabajadores, el patrón tendrá que cumplir con ciertos requisitos que estable el capítulo III bis de la ley antes mencionada para poder rechazar estos planes.

Desde mi punto de vista, creo que la Ley no debería permitir que el patrón rechace los planes y programas que ya tienen establecidos. Debería de ser un plan único para todas las empresas con la opción de que el patrón pueda dar ciertas capacitaciones a su elección.

D) Obligaciones de los trabajadores en la Capacitación y Adiestramiento

Los trabajadores, están obligados a cumplir ciertas características respecto de la capacitación y adiestramiento, las cuales son las siguiente:

  • Asistir a los cursos de capacitación y adiestramiento y actividades que formen parte de este programa.
  • Atender las indicaciones de las personas que imparten la capacitación o bien el adiestramiento y cumplir con los programas respectivos.
  • A responder las evaluaciones que se les hagan para aprobar los programas de capacitación que se les apliquen.

La Ley establece una sanción para el patrón en caso de que este no cumpla con la Obligación que tiene de capacitar y adiestrar a sus empleados, es una multa que como algunas páginas atrás se menciono es de 15 a 315 veces el salario mínimo, una multa elevada. Mi opinión es que si el empleado no se presenta a estos cursos también debería de tener una sanción, ya que lo más probable es que el patrón este invirtiendo en capacitar a los empleados.

IV. Conclusión

El tema realmente es muy interesante, ya que se enfoca en buscar el crecimiento de ambos sujetos, tanto trabajado como patrón y porque creo que se enfoca en el crecimiento, lo creo debido a que, si el patrón le proporciona más herramientas al trabajador, este último podrá dar mayor y mejores resultados en cuanto a productividad y desarrollo al patrón y su vez el trabajador podrá ser más capaz para ir buscando mejores oportunidades en esa empresa o bien en otra.

Hay muchos puntos que creo que son un poco ambiguos dentro del tema, desde mi punto de vista la Secretaria del Trabajo debería de buscar unificar un Programa de Capacitación para los empleados, de tal manera que, así como hay personas que deben de ser muy estrictas, habrá otras que no lo sean y a estas buscar un nivel de exigencia con sus capacitaciones.

A pesar de que ambas partes tienen derechos y Obligaciones con la capacitación y adiestramiento, a mí me gustaría darle un enfoque que va más allá de eso, me gustaría darle un enfoque como de un beneficio para ambas partes, ambos salen ganando y como todo se podrían mejorar muchos aspectos. Creo que tiene una buena regulación ahora hay que buscar la aplicación correcta de todos los que se encuadran en el supuesto de la Capacitación y Adiestramiento.

V. Bibliografía.

  1. De, B. L. (2001). Derecho del trabajo: Derecho individual, derecho colectivo. México: Porrúa.
  2. Guerrero, E. (1975). Manual de derecho del trabajo. México: Ed. Porrúa.
  3. Introducción al Derecho Laboral. (n.d.). Retrieved from https://www.ineaf.es/divulgativo/laboral/introduccion-al-derecho-laboral
  4. Ley Federal del Trabajo
  5. Revistas UNAM
05 January 2023
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