Supremacía Constitucional Y Control Del Derecho Comunitario.

 Introducción

El estado Ecuatoriano ha buscado la integración como respuesta para enfrentar de mejor manera la globalización la coexistencia pacífica, y la cooperación entre Estados, En Ecuador la corte constitucional ejerce un control jurídico automático y vinculante de los tratados constituidos de procesos de integración previo a su aprobación en la asamblea Nacional, los procesos de integración son organizaciones supra estatales, reconocidas en Convenio de Viena, que direccionan las relaciones internacionales, originan efectos jurídicos, analizan la ejecución del control de constitucionalidad del derecho Comunitario en Ecuador.

Desarrollo

La supremacía constitucional Ecuatoriana en el contexto de procesos de integración

La supremacía constitucional ubica la constitución de un país por encima de todo ordenamiento jurídico el cual, no puede ser modificada desde el exterior, por lo que al hacer parte en un proceso de integración debe adecuar su legislación interna a sus obligaciones internacionales, Cuando un estado se relaciona en un proceso de integración las normas de Derecho Comunitario se encuentran en la base del Derecho interno de cada estado, estas integraciones se caracterizan por la efectivización de la ley interna, son observadores en las disposiciones que regulan los comportamientos de todos los estados a nivel internacional.

Tipos de control de procesos de los tratados constitutivos de integración supra estatal en Ecuador: La Constitución Ecuatoriana dispone dos tipos de control de los tratados internacionales constitutivos de procesos de integración supra estatal: control político y control jurídico, cuando analizamos el control político, amparado en el código de la política art. 161 de los tratados internacionales celebrados por el Presidente de la República, que hablan sobre los elementos señalados, y que deben ser aprobados por la Asamblea Nacional, estos ordenan la resolución previa de constitucionalidad por parte del Tribunal Constitucional. 

Este control jurídico-constitucional se lo considera en el constitucionalismo moderno y el parámetro fundamental de direccionamiento de la mecánica gubernamental dentro de su competencia y en sus vínculos con otros gobiernos. el tiempo de las constituciones, se han modificado de acuerdo a las necesidades históricas de un gobierno o estado, con la presencia de sectores sociales marginados por el derecho, debido a la presión de las distintas élites del poder, con la imposición que den límites al mal uso del poder, Que este conlleve una demanda de nuevo reconocimiento de derecho y garantías constitucionales, para dignificar y respetar los derechos humanos.

Bajo estas ideologías las cartas constitucionales han ido actualizando su contenido para el bienestar del país y de sus ciudadanos, esto es con la ayuda de varios mecanismos y uno de lo más fundamental es el control jurisdiccional. En Ecuador estos cambios constitucionales se dieron en el año de 1998 y en el 2008. La corte constitucional Ecuatoriana y su competencia de control del derecho comunitario. : La constitución Ecuatoriana en su texto respalda la integración, en especial la Andina y la Latinoamericana.

La constitución dispone que el modo general los mecanismos internacionales gozan de un rango superior al de las leyes, es decir se deja abierta la posibilidad a que el estatuto interno se ajuste a las resoluciones contenidas en el instrumento internacional, lo que implica en cierto modo que la constitución pierda su vigor al no poder garantizar su efectividad.

La democracia como eje de los procesos de integración: Los procesos de integración han demostrado un alarmante déficit liberal, a pesar de que la mayoría de estados reconozcan la noción de democracia como un principio superior de su tipo constitucional. Este principio comprende, varias dimensiones que muestran una ampliación progresiva de su contenido desde su carácter representativo, directo, participativo, deliberativo hasta su interrelación con la perspectiva de democratización monetaria y social que se articula a la precipitación de la equidad.

Es necesario su tranversalizacion en el desarrollo de los procesos de integración con la finalidad de proteger y velar por la materialización de los derechos y evitar el uso improcedente de las aptitudes transferidas a los miembros e instituciones del sistema supra estatal.

Conclusiones

En conclusión, a lo antes expuesto, la constitución Ecuatoriana ha señalado su voluntad de construir métodos de integración, con exclusiva énfasis En los estados de América latina y el Caribe, demostrando su interés por consolidar un espacio de integración económica y monetaria. Pues bien, esta competencia por los procesos de integración no debe embargar su constitución, ya que esta contiene las conquistas alcanzadas por los conjuntos sociales, respecto a la constitucionalización de sus derechos, situación que debe ser garantizada de distintos mecanismos.

Ecuador implementó el control constitucional de tratados fundacionales de organizaciones supra estatales, cuya ejecución causa serias críticas por su débil argumentación. La primacía y eficacia directa del derecho comunitario son los ejes de direccionamiento de los órganos de control político y jurídico dentro de Ecuador, Sin embargo, estos principios generan tensiones; frente al carácter supremo de la constitución por el cual, limitan la aplicación directa de la constitución en el ámbito de competencia explícito por el tratado de integración, estos podrían atentar contra los derechos y garantías constitucionales y entre otras inseguridades.

El control constitucional se debe orientar al poder ejecutivo, ya que en su labor de detallar la política exterior del país y constantemente en la manera en que se desenvuelve en los procesos de integración supra estatal. Finalmente, se debe designar una demanda urgente para lograr la consolidación de no idóneo proceso democrático permanente de interrelación entre las personas que residen en los estados y en las instituciones, comunitarias; con la finalidad, de resguardar los derechos constitucionales y humanos.

Para esto, los gobernantes deben comprender que para ingresar aún estado supra estatal de integración no solamente se vinculan quienes representan el poder público sino la sociedad en su conjunto, y son ellos quienes decidirán de forma directa los efectos y decisiones políticas   

25 Jun 2021
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