Caracterización De Los Homicidios En Costa Rica

Introducción

En el presente trabajo se abarcará el tema de la caracterización de los homicidios en Costa Rica, se conocerán algunos conceptos generales, así como el de Homicidio, también los tipos de homicidios que existen, las Leyes, penas y artículos que los definen y otros, además que tipos de personas cometen más homicidios, asimismo citaremos a varios autores con respecto al tema en cuestión.

Se colocarán diversas estadísticas de este fenómeno que se han dado a lo largo de los años en el país, igualmente se agregaran algunas estadísticas de otros países para hacer una pequeña comparación con Costa Rica.

Es de suma importancia comprender el tema debido a que muchos desconocen del mismo o tienen ideas erróneas acerca de él, con respecto a lo que es un homicidio y también de los tipos de homicidios que existen y las penas que están establecidas en los códigos para estos tipos de delitos.

Desarrollo

Un homicidio es ‘Es un término que procede del latín homicidium y que se refiere a la muerte de un ser humano causada por otra persona’. Un homicidio es todo hecho en el que la que una persona muere por acción de otra, un homicidio puede ser con intención o sin ella, en el Derecho a esto se le llama Dolo que significa que la persona conoce o no lo que está haciendo, el dolo puede influir en el tipo de pena que se le dé al presunto “asesino”, otras cosas que influyen en la imposición de la pena es la condición de la persona que realizo la ejecución (si el mismo presenta algún problema mental u otros) . Es un delito en contra de la vida de las personas.

En Costa Rica todos los días podemos observar en los sitios de internet (Redes Sociales), en periódicos y en las noticias nuevos casos de homicidios, sin embargo, nuestro país no es el único que recibe noticias así día con día, sino que también pasa en la mayoría de los países, ya que el incremento de los homicidios ha crecido en los últimos años.

Clases de homicidios

Existen 2 clases los cuales se clasifican en: Voluntario e Involuntario.

  • Voluntario: se realiza con total conocimiento de las cosas, con intención puede ser simple o calificado.
  • Involuntario: es aquel que puede ser culpable en estos casos se dan mucho por la imprudencia

 

Medios de Homicidios

Existen muchas formas por las que una persona pueden realizar un homicidio, estos casos en su totalidad se producen con Dolo, así como:

  • Homicidio por veneno: Es cuando una persona introduce veneno en algún alimento que va consumir la persona.
  • Homicidio por incendio: El homicida incendia el lugar donde se encuentra la persona, evita que pueda salir para que el mismo muera en el incendio.
  • Homicidio por sumersión: Se da cuando el homicida ahoga en una sustancia liquida a la persona, en la mayoría de los casos es en agua.
  • Homicidio por alevosía y ensañamiento: Esto no es en sí un tipo de homicidio si no que se refiere a los homicidios que se dan por traición y con fuerza o malicia excesiva.
  • Homicidios tipificados en el Código Penal de Costa Rica. (Leyes artículos y penas)

 

En el código penal de Costa Rica están establecidos varios tipos de homicidios a continuación se mencionarán los mismos y se dará una explicación. Además, conoceremos sus penas y aspectos importantes.

Homicidio simple

ARTÍCULO 111.- Quien haya dado muerte a una persona, será penado con prisión de doce a dieciocho años.

Este articulo nos indica que es toda aquella persona que mate a otra, como podemos observar la pena se da en un rango de 12 a 18 años de cárcel, esta pena la establece el juez destinado en el caso, el mismo escoge los años que impondrá al presunto homicida sin embargo el mismo no puede ponerle ni más ni menos de lo que establece la pena de este código.

Homicidio Calificado

Artículo 112.- Se impondrá prisión de veinte a treinta y cinco años, a quien mate:

  1. A su ascendiente, descendiente o cónyuge, hermanos consanguíneos, a su manceba o concubinario, si han procreado uno o más hijos en común y han llevado vida marital, por lo menos durante los dos años anteriores a la perpetración del hecho.
  2. A uno de los miembros de los Supremos Poderes y con motivo de sus funciones.
  3. A una persona menor de doce años de edad.
  4. A una persona internacionalmente protegida, de conformidad con la definición establecida en la Ley N.º 6077, Convención sobre la prevención y el castigo de delitos contra las personas internacionalmente protegidas, inclusive agentes diplomáticos, de 11 de agosto de 1977, y otras disposiciones del Derecho internacional.
  5. Con alevosía o ensañamiento.
  6. Por medio de veneno suministrado insidiosamente.
  7. Por un medio idóneo para crear un peligro común.
  8. Para preparar, facilitar, consumar u ocultar otro delito o para asegurar sus resultados o procurar, para sí o para otro, la impunidad o por no haber logrado el fin propuesto al intentar otro delito.
  9. Por precio o promesa remuneratoria.
  10. A un mienbro de los cuerpos policiales del Estado, municipal y de las demás fuerzas de policías públicas, cuya competencia este prevista por ley, siempre que sea en ejercicio, por causa o en razón de sus funciones

 

En el caso de este articulo podemos ver que tiene muchos incisos, de los más importantes para mencionar es cuando es contra un familiar hasta 3er grado de consanguinidad, que sea por sicariato, que sea a un menor de 12 años, el rango de la pena es de 20 a 35 años de cárcel, la pena es establecida por el juez dentro del rango que establece el código.

Homicidios especialmente atenuados.

ARTÍCULO 113.- Se impondrá la pena de uno a seis años:

  1. A quien haya dado muerte a una persona hallándose el agente en estado de emoción violenta que las circunstancias hicieren excusable. El máximo de la pena podrá ser aumentado por el Juez sin que pueda exceder de diez años si la víctima fuere una de las comprendidas en el inciso primero del artículo anterior;
  2. El que con la intención de lesionar causare la muerte de otro; y
  3. A la madre de buena fama que para ocultar su deshonra diere muerte a su hijo dentro de los tres días siguientes a su nacimiento.

 

En este artículo se menciona la emoción violenta, esto es cuando una persona se encuentra fuera de la realidad debido a enojo, agresión o tristeza por algo que vio o le dijeron y este reacciona y mata a la otra u otras personas, también cuando por intención de lesionar termina matando y cuando la madre mata al recién nacido tres días después de que nace, el rango de la pena va de 1 a 6 años.

Homicidio por piedad

ARTÍCULO 116.- Se impondrá prisión de seis meses a tres años al que, movido por un sentimiento de piedad, matare a un enfermo grave o incurable, ante el pedido serio e insistente de éste aun cuando medie vínculo de parentesco.

Se da cuando una persona enferma le pide a otra que lo mate cuando está en un estado de enfermedad terminal o incurable, se puede ver como un tipo de eutanasia sin embargo igual es ilegal y penada con 6 meses a 3 años por esa acción, como en todos los casos el juez de sentencia escoge la cantidad de pena para el imputado.

Homicidio culposo

Artículo 117.- Se impondrá prisión de seis (6) meses a ocho (8) años, a quien por culpa mate a otro. En la adecuación de la pena al responsable, el tribunal deberá tomar en cuenta el grado de culpa y el número de víctimas, así como la magnitud de los daños causados.

Este artículo es más extenso sin embargo esto es lo más importante que destacar, su rango es de 6 meses a 8 años de prisión.

El homicidio y su caracterización situacional.

Se plantea identificar tendencias, la evolución e incidencia de variables que influyen tanto en las víctimas como en los victimarios, se procura restablecer antecedentes y vivencias de la interacción entre la víctima y el victimario, información proveniente de recuentos personales o de archivos oficiales llenos de información más detallada, busca una generalidad empírica más que teórica sobre la victimización personal.

Al abordar contenidos sobre programas para intervenir y evaluar la violencia, se da a conocer las características que se presentan en actos violentos, no depende solamente de la potencia de un individuo, sino que encaja con ocasiones oportunas para ejecutar una acción delictiva lo que sugiere una interacción estrecha entre componentes internos y externos al agente activo.

Se asume que la motivación del agresor es una condición esencial de la trilogía situacional para los delitos predatorios: esta trilogía comprende tres puntos; delincuente motivado, blanco atractivo y ausencia de protección efectiva.

Se evaluaron las teorías de las oportunidades, se menciona que un aspecto descuidado era la motivación a delinquir, la cual requiere de un conjunto de valores en el sujeto activo para definir la conducta, otro elemento es la violencia focalizada, lo que incluye el patrullaje policial, en puntos caracterizados por ser de carácter delictivos o propensos a dicha acción, este punto precisa el control de la violencia y el homicidio, aquí se cambia la atención directa al individuo agresor al sitio propenso a la concentración delictiva.

Dichos sitios proporcionan fuentes oportunas para la comisión de delitos ya que presentan establecimientos que atraen a los delincuentes motivados, son lugares de fácil acceso y no cuentan con vigilancia y cuentan con múltiples blancos potenciales.

La tarea que enfrentarían los criminólogos sería determinar la interdependencia entre motivación y oportunidad, asumiendo que los delincuentes pueden manipular ésta última para conservar el control de la situación.

Se mencionan ciertos factores que influyen en el caso particular del homicidio: falta de control familiar y religioso, disparidades socioeconómicas, desarrollo urbano irregular, exclusión, mercados de drogas, cultura de la masculinidad y disponibilidad de armas de fuego.

Conclusión

La violencia se utiliza como reclamo o expresión ante carencias, debido a la creciente de variables presentes entre las víctimas, victimarios y encuentros entre los mismos, incluyendo formas de extrema violencia como lo es el homicidio, se han colocado nuevas posibilidades de integración para proponer teorías y explicaciones sobre la victimización y la criminalidad violenta, se han expandido investigaciones para identificar factores y variables con la dinámica de la violencia interpersonal.

Entre ellas destacan relaciones entre víctimas y victimarios, escalada de los conflictos, intensidad y expresividad de la violencia medida por heridas y daños, así como desplazamiento y vecindad o cercanía entre víctimas y victimarios, todas estas variables aportan conocimiento sobre la dinámica de violencia, facilitan la revisión y elaboran teorías sobre la explicación de la violencia, pero sobre todo ayuda a desarrollar propuestas para el trato y contención de la misma. 

17 August 2021
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