Tráfico Sexual, Prostitución y Tráfico de Drogas: Problemas de los Migrantes

Concepto de prostitución

Para continuar hablando sobre este tema, debemos aclarar el significado del término prostitución. Al hablar de prostitución surgen diferentes concepciones en función de su procedencia.

La Real Academia Española precisa que cuando hablamos de prostitución nos referimos a la: “actividad a la que se dedica quien mantiene relaciones sexuales con otras personas a cambio de dinero”. Por el contrario, para aquellos sectores que tratan de abolir toda actividad relacionada con la prostitución, definen ésta precisando que se trata de: “una enérgica modalidad de explotación sexual (…) y una de las formas más arraigadas en las que se manifiesta, ejerce y perpetúa la violencia de género”.

Teniendo en cuenta la percepción de la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía, surgida en 2.001 en la comarca del Poniente Almeriense, “la prostitución es una actividad que implica intercambio de sexo y afectos por dinero y alude más globalmente a una actividad humana de carácter histórico, que no ha dejado de crecer y que poco tiene que ver en su definición con cuestiones ideológicas, aunque sí con otros fenómenos y dinámicas socio-estructurales”, aludiendo así al intercambio, libre, negociado y consentido, de servicios sexuales a cambio de dinero, u otra remuneración pactada de antemano, entre adultos. Sostiene además que cuando tengan lugar coacciones, abusos o cualquier otro tipo de violencia, alejándose de lo concretado anteriormente, esta actividad se convierte en castigable.

En relación con lo dicho, muchas de las personas relacionadas con el sector de la prostitución, están subordinadas a trabajos no deseados o en condiciones que les sitúan en inferioridad. Gran parte de quienes ejercen actividades sexuales tratan de conseguir que su trabajo sea respetado y ser considerados como capaces para la participación y negociación social, haciendo referencia a otros colectivos que luchan por conseguir condiciones similares. De entre algunos de estos colectivos que luchan por sus derechos, mencionamos el logro de los homosexuales en España los cuales pueden formar matrimonios legalmente admitidos entre personas del mismo sexo desde el año 2005, ya que de conformidad con los establecido en el artículo 44 del Código Civil: “el matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o de diferente sexo”. También, los transgéneros al recibir el derecho de cambiar su identidad administrativa de género en los documentos oficiales.

Hoy en día, ciertos valores como el respeto, el cuidado mutuo, la libertad, la responsabilidad o la igualdad deben de existir en todas las relaciones sociales, incluidas las relaciones sexuales. En consecuencia, también en las relaciones sexuales donde media remuneración. Se respetan éstos cuando se trata de un intercambio libre, autónomo y entre adultos. Sin embargo, cuando se produce una ausencia de estos valores, podríamos estar ante abusos o tráfico ilícito.

Determinadas asociaciones defienden el apoyo tanto a quienes ejerzan la prostitución de forma libre respetando dignidad y autonomía, sobre todo de las mujeres; y a quienes lo hacen bajo presión y coacción de terceros.

Los derechos humanos en relación con la prostitución

De conformidad con lo establecido en la Declaración Universal de Derechos de 1948, para considerar la defensa de quienes ejercen trabajos sexuales como una cuestión de derechos humanos, mencionamos diversos apartados como:

Para comenzar, el preámbulo establece que: “…la libertad, la justicia y la paz en el mundo tiene por base el reconocimiento intrínseco de la dignidad y de los derechos iguales e inalienable de todos los miembros de la familia humana…”. De lo que deducimos que todos los sectores pueden acceder a estos derechos, por ello, no pueden negarse al sector de los trabajadores sexuales.

En relación al artículo 1 de dicha Carta: “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”. Así, se debe respetar la vida de los demás y ser considerados en condiciones de igualdad en cuanto a las modalidades de la participación en la formación de la opinión pública y la voluntad política estatal

Según el artículo 2: “toda persona tiene todos los derechos y libertades sin distinción de raza, color, sexo, idioma, religión … posición económica o condición”. Por lo tanto, se rechaza que la prostitución sea un motivo de discriminación social o legal. Lo que tiene relación con el artículo 14 de la Constitución Española.

El artículo 3 de la Declaración Universal de Derechos pone de manifiesto el derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad, dispuesto de igual manera en el artículo 15 de la Constitución. Todo ello, deriva en que es necesario minimizar los riesgos a los que están sometidos los miembros de este colectivo.

Se alude en los artículos 4 y 5 a que: “nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas” y “Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”. Lo que resalta la prohibición y las acciones perseguidas de acoso o coacción, entre otros. Ya no solo por parte de empresarios, sino también de la sociedad al referirse a esta actividad de una forma despectiva, careciendo de respeto. Hacemos especial mención a los artículos mencionados a continuación: Continuando con el artículo 22, todo ser humano tiene el derecho a: “como miembro de la sociedad,  a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad”, no gozando las personas dedicadas a actividades relacionadas con la prostitución de estos derechos.

Además, el artículo 23 afirma que: “toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo”. En cuanto al tema que venimos desarrollando, al no considerarse que estas personas trabajan no se protegen estrictamente el derecho a la remuneración equitativa, ni a la sindicación.

Para concluir, respecto del artículo 29 que establece que: “toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad”. Sin embargo, este colectivo se encuentra fuera del sistema de derechos y deberes.

Diversidad en el ejercicio de la prostitución

La prostitución proviene de multitud de motivaciones, complejidad de situaciones y diversidad de intereses. Entre las causas que pueden llevar al ejercicio de la prostitución podemos mencionar una serie de factores: la elegibilidad, es decir, cómo influyeron las diferentes causas para decidir realizar ese trabajo; la relación de la persona con el trabajo, pudiendo ser autónoma o haber terceras personas implicadas; también el tipo de trabajo realizado y las necesidades que cubre dicho trabajo, esto es, si con su remuneración se obtiene un ingreso regular, ingresos extras rápidos, o un dinero para una causa concreta, o un ingreso complementario para conseguir mayores niveles de consumo.

¿Quiénes trabajan en la industria del sexo?

Dedicamos atención a que quien trabaja en este sector no tiene por qué realizar prácticas sexuales, ya que se extiende a más individuos como por ejemplo empresarios de este ámbito. Entre aquellos que sí ejercen prácticas sexuales existen muchas modalidades. Además, determinadas personas pueden seleccionar a sus clientes, mientras que otras están subordinadas a lo que establezca el empresario o simplemente no pueden permitirse el lujo de escoger ya que sea por condiciones económicas o de otra índole. También, podemos distinguir entre quienes trabajan por cuenta ajena o de forma autónoma, las que necesitan que alguien les realice los contactos y las que no, quienes necesitan alquilar local o tienen su propio apartamento…

Como consecuencia de esta diversidad, aparece una estratificación en cuanto a los trabajadores de esta industria. Los distintos estudios llevados a cabo recientemente realzan la creciente tendencia de que las mujeres inmigrantes desempeñen la prostitución tradicional femenina. No obstante, sigue existiendo un elevado número de mujeres nacionales en el sector.

Problemas que perjudican personas que trabajan en la prostitución

La denominación estigma fue propuesta por Erving Goffman, aludiendo al “menosprecio que causa en la colectividad social alguno de sus miembros o grupos cuando presenta algún tipo de condición, atributo o rasgo de comportamiento considerado abominable”, suponiendo una pérdida de valor social.

En el ámbito de la prostitución, el estigma incide especialmente en las mujeres y transgéneros dedicados a ella, sin embargo, también recae sobre los hombres, fundamentalmente sobre los que ejercen servicios sexuales orientados a otros hombres. Respecto al ámbito de la prostitución femenina, el estigma se deriva principalmente de las creencias diferenciadoras entre la sexualidad de hombres y mujeres. Como consecuencia de ello, cuando las personas contradicen los estereotipos, a menudo causa estigma y rechazo. Por ello, a las mujeres prostitutas suele calificárseles como “malas mujeres”, incapaces de desarrollar los roles impuestos por la sociedad y, cuando muestran o denuncian su sufrimiento, se les trata como “víctimas” de terceros, pensando siempre que éstos son hombres.

El respeto por la libertad en las opciones sexuales es esencial, constituyendo un punto de mejora de las condiciones de vida de las personas que ejercen trabajos sexuales, y por consiguiente, para asumir y normalizar la diversidad sexual.

Alegalidad y vacío en derechos

En nuestro país, actualmente la prostitución no está regulada, por lo tanto se trata de una actividad que no está considerada como ilegal pero tampoco como legal. Todo ello, tiene como consecuencia que ésta no forma parte del ámbito económico o social de España. En determinados países de Europa como Alemania, la prostitución es reconocida como una actividad legal desde 2002. Por el contrario, en Suecia se castiga su práctica. En España al no existir regulación alguna, surge el debate en el que coexisten diversas opiniones a favor o en contra de la prostitución. No obstante, lo que sí es punible en nuestro país es el proxenetismo y la trata. Normalmente, las medidas se han adoptado en función de los intereses del Estado por controlar dicha situación por diversos motivos, destacando entre ellos los sanitarios o para controlar a la población que ejercen trabajos sexuales, entre otros.

Por otro lado, podríamos mencionar un gran número de asociaciones que velan por los intereses de las personas que trabajan en este sector. Es el caso de ANELA (Asociación Nacional de Empresarios de Locales de Alterne), cuya prioridad es la de que estos negocios sean legalizados, a la vez que regulados, al mismo persigue que las mujeres que trabajan en ellos sean dadas de alta como autónomas. En el caso de España, las experiencias normativas nunca han tenido un carácter duradero, siendo locales o regionales coordinadas por la administración central. Este tema no se ha dejado de abordar desde el siglo XVIII.

A lo largo de estos siglos, las medidas tenían como fundamento principal la moral pública y el temor a las enfermedades de transmisión sexual, siendo algunas de ellas los registros policiales de prostitutas y controles sanitarios obligatorios, y esencialmente se perseguía la visibilidad de la prostitución en espacios públicos con objeto de prohibir este tipo de conductas en la vía pública.

Los movimientos que perseguían la abolición de la prostitución en España llegaron debido a las convicciones de Josephine E. Butler y sus seguidores en el último cuarto del siglo XIX y principios del XX.

Todo esto desembocó en 1935 en el Decreto Abolicionista de la Segunda República, planteando la prostitución por primera vez tal y como actualmente la conocemos institucionalmente. Como consecuencia del franquismo en 1941, se produjo el retorno a la regulación tradicional, con motivo de la importancia que retomaron las enfermedades venéreas tras la guerra civil. Al mismo tiempo, se fundó el Patronato de Protección de la Mujer, con el objetivo de acabar con la explotación que sufrían las mujeres, apartando del “vicio” y educarlas en la moral católica. Más tarde, en el año 1.956, volvió el abolicionismo a través del Decreto “Sobre la Abolición de las Casas de Tolerancia y Otras Medidas Relativas a la Prostitución”, legitimando en 1963, la “Convención Internacional Para la Represión de la Trata de Seres Humanos y de la Explotación de la Prostitución” ratificada por la Organización Nacional de las Naciones Unidas en el año 1.949. A partir de este momento empieza la confusión política de los términos prostitución y tráfico ilícito, llegando esta consideración hasta nuestros días.

A pesar de esta incesante intención de terminar con esta práctica, la industria del sexo ha seguido presente en nuestra sociedad de forma camuflada, a la vez que con una tendencia creciente. De lo que podemos deducir que el trabajo sexual no ha llegado a desaparecer nunca, adaptándose a las circunstancias y condiciones de cada época. Lo que sí ha continuado uniforme es la vulnerabilidad de los miembros de este colectivo que ejercen directamente la prostitución.

Aún en 2007, el gobierno planteó la continuidad en la alegalidad y desprotección en cuanto a derechos. En cuanto a La prostitución solo se alude a ella de forma indirecta en el código penal (Art. 188/bis), estableciendo el castigo a los proxenetas (aun cuando cuenten con el consentimiento de la víctima, desconsiderando su opinión) y luchando contra el tráfico. En la actualidad, la prostitución no se considera como un trabajo.

Las inmigrantes y sus impedimentos legales y administrativos

Un elevado número de las mujeres que se dedican a la prostitución son inmigrantes cuya situación legal en nuestro país se rige por la ley de Extranjería- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la mencionada ley solo hay dos caminos para obtener la residencia legal en España, poseer unos medios económicos previos suficientes para mantenerse en España sin trabajar o acceder a un permiso de trabajo previa presentación de oferta de contrato o de posible permiso para ejercer por cuenta propia. Como consecuencia, estas mujeres inmigrantes se mantienen en una situación irregular, al no considerarse su profesión como una vía válida para obtener la residencia legal. Sin embargo, dicha irregularidad sí se contempla en ley de Extranjería como sancionable.

De la ley de Extranjería cabe destacar el artículo 59 que establece en relación a las víctimas de acciones de tráfico de seres humanos:

  1. “El extranjero que haya cruzado la frontera española fuera de los pasos establecidos al efecto o no haya cumplido con su obligación de declarar la entrada y se encuentre irregularmente en España o trabajando sin permiso, sin documentación o documentación irregular, por haber sido víctima, perjudicado o testigo de un acto de tráfico ilícito de seres humanos, inmigración ilegal, o de tráfico ilícito de mano de obra o de explotación en la prostitución abusando de su situación de necesidad, podrá quedar exento de responsabilidad administrativa y no será expulsado si denuncia a las autoridades competentes a los autores o cooperadores de dicho tráfico, o coopera y colabora con los funcionarios policiales competentes en materia de extranjería, proporcionando datos esenciales o testificando, en su caso, en el proceso correspondiente contra aquellos autores.
  2. A los extranjeros que hayan quedado exentos de responsabilidad administrativa se les podrá facilitar a su elección, el retorno a su país de procedencia o la estancia y residencia en España, así como permiso de trabajo y facilidades para su integración social, de acuerdo con lo establecido en la presente Ley.”

Por el contrario, si la imputada no se considera víctima, y no interpone denuncia alguna, se volverá a referirse a ella como inmigrante irregular, pudiendo ser expulsada del país.

Tráfico de personas migrantes o trata con objeto de explotación para el trabajo sexual forzado

En aquellas situaciones en las que a las mujeres les resulta inalcanzable conseguir la residencia legal, éstas llevan a cabo estrategias para acceder de forma irregular. De este modo, éstas se respaldan con frecuencia en redes que les facilitan el viaje migratorio llevado a cabo exitosamente.

Ulloa y Oso realizaron unos estudios acerca de los motivos por los cuales las mujeres que ejercen la prostitución procedentes de Ecuador y Colombia acceden a España, en particular a Madrid y Galicia, estos son: en primer lugar, migración autónoma con ayuda desinteresada de amigos y familiares; en segundo lugar, participación de personas y entidades con fines de lucro del país natal; también por la existencia de éstos contactos en España, de igual manera con ánimo de lucro y finalmente, redes o mafias involucradas en el tráfico y trata de mujeres.

Juliano contribuye reflexionando cuando declara: “la migración no suele ser un proceso individual sino que abarca a núcleos bastante amplios de personas, tanto en el lugar de origen, como el de llegada y en los tramos intermedios… todos son movilizados para facilitar el proceso y todos aportan algo (desde consejos a dinero) y a su vez reciben beneficios que van desde el reconocimiento al pago del capital invertido. Recurrir a redes de apoyo ha sido siempre la estrategia normal y la más generalizada en todo proceso migratorio” y agrega otra reflexión: “las autoridades tienden a considerarlas todas (incluso las propiciadas por las ONGs de solidaridad) como redes delictivas, mientras que los inmigrantes las suelen mirar como intermediarias necesarias, incluso en el caso de las más coercitivas y explotadoras”.

Juliano prosigue diciendo que: “las condiciones del trato varían según el tipo de red en que se inserte cada persona y pueden ir desde una deuda razonable contraída con familiares o amigos dispuestos a esperar en caso de necesidad, a deudas enormes y de difícil cancelación, cuya aceptación se asegura por medio de medidas coercitivas o de violencia física”. De ello podemos concluir que solamente cuando se produzca algún tipo de coacción, engaño o violencia, estaríamos ante el caso de trata o a ante el ejercicio de presión para realizar trabajos sexuales.

Para finalizar, en mi opinión deberíamos promover estrategias enfocadas a acabar con la intención de aquellas personas que buscan beneficiarse aprovechando la vulnerabilidad de ciertas personas, ya que hoy en día, prácticamente se pretende disminuir e incluso terminar con el tráfico ilícito de personas en el ámbito de la prostitución limitándose a redadas o incursiones policiales, en las cuales se detienen a las prostitutas, presionándolas con la expulsión del país con el fin de que delaten a las personas que han mediado en su acceso a nuestro país. 

07 July 2022
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