Corte Internacional de Justicia y su Funcionamiento
Martin Lutgher King dijo “ la injusticia, en cualquier parte, es una amenaza a la justicia en todas partes”. En la búsqueda de equidad y justicia internacional se estableció en el artículo 14 del Pacto de la Sociedad de las Naciones otorgaba al Consejo de la Sociedad la responsabilidad de formar el establecimiento de una Corte Permanente de Justicia Internacional (CPIJ) , que serviría sería para conocer, resolver cualquier disputa de carácter internacional presentado por las partes en la controversia, y además para dar una opinión consultiva sobre cualquier disputa o cuestión que le remita el Consejo o la Asamblea de la Sociedad de las Naciones. Durante los años consiguientes la CPJI había experimentado una disminución en su nivel de actividad.
La Segunda Guerra Mundial en septiembre de 1939 trajo problemas desastrosos para la Corte Permanente de Justicia Internacional. Después de su última sesión pública el 4 de diciembre de 1939 y su última orden el 26 de febrero de 1940, la Corte Permanente de Justicia Internacional no atendió más asuntos judiciales y no se celebraron elecciones de jueces. La Corte se trasladó a Ginebra en el 1940, dejando un juez en La Haya junto con algunos funcionarios del Registro de nacionalidad holandesa. A pesar de la guerra, se demostró la necesidad de considerar el futuro de la Corte y la creación de un nuevo orden político internacional.Un par de años después del hecho, en 1942, después de la guerra, el Secretario de Estado de los Estados Unidos y el Secretario de Relaciones Exteriores del Reino Unido se reconocieron a sí mismos por la restauración de un consejo mundial, y el Comité Jurídico Interamericano recomendó extender la jurisdiccion la sala del CPJI. En 1943, el Reino Unido dio la bienvenida a especialistas en Londres para establecer un Comité aliado casual para analizar el tema. Ese Comité, bajo la presidencia de Sir William Malkin, celebró 19 sesiones para expertos en derecho de 11 naciones. La Carta de las Naciones Unidas del 26 de junio de 1945 estableció que la CIJ suplantaría a la Corte Permanente de Justicia Internacional.
Actualmente, la Corte Internacional de Justicia tiene su cede en los Países Bajos, el palacio de la Paz en La Haya, y es el órgano permanente principal de la Organizacion de las Naciones Unidas. La CIJ existe desde el 1946, y sus idiomas oficiales son el ingles y el francés. La CIJ tiene dos misiones, el arreglo de controversias contenciosos entre Estados, y la emisión de opiniones consultivas, llamadas dictamenes sobre cuestiones juridicas a petición de órganos especializados de Naciones Unidas autorizados a este fin, estos últimos representan el 20% de los asuntos sometidos a la Corte. La Corte tiene casi 100 años de participación en la determinación del debate. Juntos, la Corte Permanente de Justicia Internacional y la Corte Internacional de Justicia han acumulado más de 90 años de participación en la solución pacífica del debate mundial. La Corte emite decisiones con autoridad, los cuales tienen un importante impacto sobre las Partes de la controversia, sobre otros Estados y sobre la comunidad internacional. La Corte Internacional de Justicia no es penal y no juzga a individuos, solo los Estados pueden ser partes en casos ante la corte. La Corte sirve para resolver pacificamente las cuestiones entre Estados. Al aceptar la competencia sobre una controversia, la Corte emite una decisión y postula una respuesta, a la luz de motivos legítimos.
Encomendar un caso a la Corte es un método viable para lograr un arreglo sereno y relaciones más amistosas entre los Estados. Igualmente, la Corte es una opción pacífica de impasses diplomáticos. Aunque las negociaciones entre las Partes de una controversia siguen siendo la mejor manera de resolver diferencias, las negociaciones no siempre son exitosas, y llegar a un punto muerto en las negociaciones, la situación puede escalar rápidamente. Si se acepta la jurisdicción de la Corte en estas instancias, se ofrecerá una opción mutualmente aceptable para salir del impasse diplomático. El hecho de que la Corte haya asumido competencia en el caso, no impide a las Partes continuar o reanudar las negociaciones, y si resuelven la controversia sin el dictamen de la CIJ, ambas Partes agradecerán la Corte por su tiempo, recursos y energía dedicada al caso y reconocieran que en caso de que no fuera por la intercesión de la Corte, lograr un entendimiento habría sido problemático, así como imposible.
El Tribunal ofrece un componente de determinación de debate disponible, y le da a las Partes la opción de seleccionar diferentes instrumentos o mecanismos, cómo recurrir a los consejos de arbitraje, a pesar de que esto es más costoso.Las Asambleas Generales de las Naciones Unidas y el Consejo de Seguridad eligen a los 15 jueces que dirigirán la Corte Internacional de Justicia por un período de 9 años; cada tres años se procede a la renovación de cinco de los 15 puestos de oficiales de la Corte se recargan y estos pueden ser reelectos. Todos los oficiales deben ser nacionales de un Estado diferente, pero no representan sus respectivas naciones , deben ser totalmente parciales. La compocision de la Corte se ha mantenido en un ajuste geográfico , por lo que cinco jueces provienen de Occindental Europa, tres provienen de África, tres de Asia, dos jueces de Europa del Este y dos de América Latina.
El Artículo 2 menciona que :“ La Corte será un cuerpo de magistrados independientes elegidos, sin tener en cuenta su nacionalidad, de entre personas que gocen de alta consideración moral y que reunan las condiciones requeridas para el ejercicio de las más altas funciones judiciales en sus respectivos países, o que sean jurisconsultos de reconocida competencia en materia de derecho internacional.”La Corte Internacional de Justicia es la única jurisdicción universal con competencia general, y se rige por un Estatuto que forma parte de la Carta de la ONU. La competencia se establece en el artículo 36 de la Carta, [l]a competencia de la Corte se extiende a todos los litigios que las partes le sometan y a todos los asuntos especialmente previstos en la Carta de las Naciones Unidas o en los tratados y convenciones vigentes. Los Estados partes en el presente Estatuto podrán declarar en cualquier momento que reconocen como obligatoria ipso facto y sin convenio especial, respecto a cualquier otro Estado que acepte la misma obligación, la jurisdicción de la Corte en todas las controversias de orden jurídicoLa jurisdicción de la Corte se basa en el consentimiento de los Estados a los que está abierta. En un caso específico, la Corte tiene jurisdicción si las Partes han acordado que la Corte resuelva sus controversias. Como se menciona también en el articulo 36, inciso 6 “ En caso de disputa en cuanto a si la Corte tiene o no jurisdicción, la Corte decidirá.” Este consentimiento puede ser expresado a través de declaraciones unilaterales; Puede también ser expresado luego de que la Corte haya asumido competencia.Para porder ser Estado miembro en un caso en la Corte, tiene que ser miembro de las Naciones Unidas o aceptar la jurisdiccion de la Corte.
Actualmente hay 193 Estados miembros de las Naciones Unidas, estas son: Afghanistan, Albania, Alemania, Andorra, Angola, Antigua y Barbuda, Saudi Arabia, Algeria, Argentina, Armenia, Australia, Austria, Azerbaijan, Bahamas, Bahrain, Bangladesh, Barbados, Belarus, Belgium, Belize, Benin, Bhutan, Bolivia ,Bosnia and Herzegovina, Botswana, Brazil, Brunei Darussalam, Bulgaria, Burkina Faso, Burundi, Cape Verde, Cambodia, Cameroon, Glen, Chad, Chile, China, Cyprus, Colombia, Comoros, Congo, Costa Rica, Côte d’Ivoire, Croatia, Cuba, Denmark, Djibouti, Dominica, Ecuador, Egypt, El Salvador ,United Arab Emirates, Eritrea, Slovakia, Slovenia, Spain, United States of America, Estonia, Ethiopia,The former Yugoslav Republic of Macedonia, Russian Federation, Fiji, Philippines , Finland, France, Gabon, Gambia, Georgia, Ghana, Pomegranate, Greece, Guatemala, Guinea, Guinea-Bissau, Equatorial Guinea, Guyana, Haiti, Honduras, Hungary, India, Indonesia, Iran, Iraq , Ireland, Iceland, Marshall Islands, Solomon Islands, Israel, Italy, Libyan Arab Jamahiriya, Jamaica, Japan, Jordan, Kazakhstan, Kenya, Kyrgyzstan, Kiribati, Kuwait, Lesotho, Latvia, Liberia, Lebanon, Liechtenstein, Lithuania,Luxembourg ,Madagascar, Malaysia, Malawi,Maldives, Mali, Malt, Morocco, Mauricio, Mauritania, Mexico, Micronesia, Monaco, Mongolia, Montenegro, Mozambique, Myanmar, Namibia, Nauru, Nepal, Nicaragua, Niger, Nigeria, Norway, New Zealand, Oman, Netherlands, Pakistan, Palau, Panama, Papua New Guinea, Paraguay, Peru, Poland, Portugal, Qatar, United Kingdom of Great Britain and Northern Ireland, Syria, Central African Republic, Czech Republic, Republic of Korea, Republic of Moldova, Democratic Republic of Congo, Democratic People’s Republic of Korea, Dominican Republic, Democratic, People’s Republic of Lao, Tanzania, Romania, Rwanda, Saint Kitts and Nevis, Samoa, San Marino, St. Vincent and the Grenadines, St. lucia, Sao Tome and Principe, Senegal, Serbia, Seychelles, Sierra Leone, Singapore, Somalia, Sri Lanka, South Africa, Sudan, South Sudan, Sweden, Switzerland, Suriname, Swaziland, Thailand, Tajikistan, Timor Leste, Togo, Tonga, Trinidad and Tobago, Tunisia, Turkmenistan, Turkey, Tuvalú, Ukraine, Uganda, Uruguay, Uzbekistan, Vanuatu, Venezuela,Viet Nam,Yemen, Zambia, y Zimbabwe.
Por otro lado, sujeto a ciertas condiciones, un Estado que no es miembro de las Naciones Unidas puede ser Parte del Estatuto de la Corte (artículo 93 de la Carta de la ONU). “Un Estado que no sea Miembro de las Naciones Unidas podrá llegar a ser parte en el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia, de acuerdo con las condiciones que determine en cada caso la Asamblea Generalmente a recomendación del Consejo de Seguridad.”A modo de excepción, la Corte puede también estar abierta a Estados que no sean Parte de su Estatuto bajo el artículo 35 del Estatuto de la Corte; el Consejo de Seguridad determinó las condiciones según las que la Corte estará abierta a Estados que no sean Partes del Estatuto en su Resolución 9 de 15 de octubre de 1946. “
Las condiciones bajo las cuales la Corte estará abierta a otros Estados serán fijadas por el Consejo de Seguridad con sujeción a las disposiciones speciales de los tratados vigentes, pero tales condiciones no podrán en manera alguna colocar a las partes en situación de desigualdad ante la Corte.” El trabajo interno se produce a partir del Presidente y el Vicepresidente, que son elegidos por los individuos de la Corte a intervalos regulares por voto secreto. La eleccion ocurre en la fecha en que los individuos de la Corte eligen en una carrera trienal comienzan en fechas cercanas a sus términos. Se requiere una mayoría abosoluta y no hay condiciones de nacionalidad. El presidente y el vicepresidente pueden ser reelegidos luego de que se les acabe el término. El presidente maneja todas las reuniones de la corte; coordina su trabajo y supervisa su organización, con la ayuda de un Comité de Presupuesto y Administración y algunos paneles diferentes, todos formados por personas del Tribunal. Durante la deliberación judicial legal, el Presidente tiene que tomar una decisión si se produce un voto empatado. En La Haya, donde debe vivir, el Presidente de la Corte vence al dignatario del cuerpo político. El Vicepresidente reemplaza al Presidente en su no aparición, ante la posibilidad de que no pueda cumplir sus compromisos o por una oportunidad en la administración; este recibe un estipendio diario por hacer eso. Sin el Vicepresidente, esta parte cae al juez superior . El 6 de febrero de 2018, la Corte eligió al juez Abdulqawi Ahmed Yusuf (Somalia) como presidente y al juez Xue Hanqin (China) como vicepresidente.El procedimiento frente a la Corte se compone de una parte compuesta y una parte oral.
Todas las reuniones tienen la posibilidad de mostrar sus argumentos ante la Corte, y además sobre la admisibilidad y el valor del caso al que se hace referencia. En medio de los procedimientos, o no obstante, cuando se están desarrollando, una de las Partes puede solicitar que la Corte disponga medidas temporales por anticipar un daño inevitable e inquebrantable a los derechos debatidos, antes de que la Corte no haya tenido oportunidad de dictaminar sobre los méritos del caso. Este instrumento permite a la Corte actuar rápida y eficientemente, si las condiciones lo requieren, para salvaguardar los privilegios separados de las Partes.A menos que se les inmiscuya, los procedimientos se terminan con una sentencia del Tribunal. Las sentencias del Tribunal tienen autoridad sobre las Partes, sin solicitud, y cada Parte debe aceptar la decisión.
La Carta de las Naciones Unidas estipula la respuesta ante el Consejo de Seguridad si una Parte deja de cumplir una decisión (Artículo 94). Como el cuerpo jurídico principal de la ONU, las sentencias de la Corte se consideran importantes. Como regla general, los Estados se inclinan a cumplir lo que la Corte ha decidido. La ley de la Corte es ampliamente referida por otros tribunales y consejos mundiales, así como por tribunales nacionales. La Comisión de Derecho Internacional confía en la estructura de su trabajo en relación con el avance de la mejora dinámica de la legislación mundial y su codificación. Los asesores legales y los académicos en el campo de la ley mundial también acuden a ella en su trabajo diario. El reconocimiento en este sentido permitido a la ley de la Corte da un catalizador positivo a la Corte para garantizar que sus juicios sean claros, constantes y bien ensados.
Casi siempre, el Tribunal cumple con sus deberes como un Tribunal completo. Pero también puede formar cámaras permanentes o temporales. Estas cámaras se dividen en tres grupos: la Cámara de Procedimiento Sumario, que comprende cinco jueces, incluido el Presidente y el Vicepresidente, y dos sustitutos, que el artículo 29 del Estatuto exige que la Corte formule anualmente con miras a despachar rápidamente las actividades comerciales; cualquier cámara, integrada por al menos tres jueces, que la Corte pueda formar de conformidad con el artículo 26, párrafo 1, del Estatuto para tratar ciertas categorías de casos, como el trabajo o las comunicaciones; cualquier cámara que el Tribunal pueda formar de conformidad con el Artículo 26, párrafo 2, del Estatuto para tratar un caso particular, después de consultar formalmente a las partes con respecto al número de sus miembros que luego se sentarán en todos fases del caso hasta su conclusión final, aunque entretanto dejen de ser miembros de la Corte:
- Los miembros de la cámara son: Abdulqawui Ahmed Yusuf (presidente), Xue Hanqin (vicepresidente), Antônio Augusto Cançado Trindade (juez), Julia Sebutinde(juez), Kirill Gevorgian(juez); suplentes: Joan E. Donoghue(juez), James Richard Crawford(juez).“
- Cada vez que sea necesario, la Corte podrá constituir una o más Salas compuestas de tres o más magistrados, según lo disponga la propia Corte, para conocer de determinadas categorías de negocios, como los litigios de trabajo y los relativos al tránsito y las comunicaciones.
- La Corte podrá constituir en cualquier tiempo una Sala para conocer de un negocio determinado. La Corte fijará, con la aprobación de las partes, el número de magistrados de que se compondrá dicha Sala.
Si las partes lo solicitaren, las Salas de que trate este Artículo oirán y fallarán los casos.”Cada Cámara tiene cinco personas. La Cámara que se reunió a causa del Golfo de Maine estaba formada por cuatro personas del Tribunal y un juez único elegido por la otra parte. La Sala enmarcada a causa de la Controversia fronteriza estaba compuesta por tres personas de la Corte y dos jueces designados especialmente por las reuniones. La Cámara en forma de Elettronica Sicula S.p.A. (ELSI) se formó a partir de cinco personas de la Corte.
La Cámara que manejó el caso concerniente al desacuerdo sobre la tierra, franja aislada y oceánica compuesta por tres individuos de la Corte y dos jueces especialmente designados por las reuniones, y adicionalmente las dos cámaras formadas en 2002.Aunque se formó una Cámara de conformidad con el artículo 26, párrafo 1, de la Carta, en el 1993 la Corte creó una Cámara de Asuntos Ambientales. Sin embargo, luego de 13 años de la Cámara, ningún Estado solicitó que un caso sea tratado por él. Por lo que la Corte decidió en el 2006 no celebrar elecciones para un tribunal para dicha Cámara.Mas aún, muchas de las cámaras está actualmente activa.
El Comité Presupuestario y Administrativo compuesto por el Presidente, el Vicepresidente y otros cuatro o cinco jueces elegidos trienalmente prepara las decisiones administrativas para el pleno del Tribunal.La composición de los jueces actual del Comité es: Peter Tomka, Ronny Abraham, Giorgio Gaja, Julia Sebutinde, y Dalveer Bhandari.A lo largo de los años, la Corte ha desarrollado una jurisprudencia sólida, que ha obtenido un reconocimiento mundial.La Corte promueve el estado de derecho a nivel internacional. Cuando se aplica la ley en los casos presentados ante la Corte, ésta establece y desarrolla el derecho internacional, contribuyendo así a la construcción más amplia del estado de derecho. En otras palabras, aceptar la jurisdicción de la Corte y aceptar ser Parte en un caso es beneficiosa para el Estado aceptante, y también beneficia el derecho internacional en general y a la comunidad internacional en su conjunto.
La Corte Internacional de Justicia de la Organización de las Naciones Unidas como un tribunal fundamental en el desarrollo de los estándares más críticos en el campo de los derechos humanos y, a través de esto, para demostrar que el movimiento jurisdiccional de cualquier tipo, nacional, mundial, cercano, gobierno, sagrado o de otro tipo; por definición, está irremediablemente conectado al seguro de los derechos humanos. Como el órgano legal esencial de la ley abierta universal, la Corte Internacional de Justicia se suma a la comprensión de las opiniones centrales que el grupo global ha comunicado a través de la ley compasiva mundial. Por lo tanto, las elecciones legales no son una fuente de derecho, sino que las decisiones de la Corte Internacional de Justicia se consideran colectivamente como la mejor articulación de la sustancia del derecho internacional actual.
Desde la perspectiva del derecho internacional general, la jurisprudencia internacional es de suma importancia para determinar el marco jurídico del derecho humanitario. Desde la particularmente breve y elusiva referencia a las ‘ consideraciones elementales de humanidad ‘ en su primera sentencia emitida el 9 de abril de 1949, sobre el caso del Estrecho de Corfú, la Corte Internacional de Justicia ha tenido la oportunidad de gestionar las consultas de ayuda ley en dos casos muy enfrentados: la Sentencia de Actividades Militares y Paramilitares del 27 de junio de 1986 en y contra Nicaragua y la Opinión Consultiva, emitida diez años después del hecho, el 8 de julio de 1996, sobre la legalidad del riesgo o la utilización de armas atómicas. Estos dos casos han sido notados excepcionalmente, y no es nuestra expectativa ver aquí las condiciones particulares de cada uno de ellos o la posición específica de la Corte en cuanto a las armas atómicas en el campo de la ley global de ayuda. Colocamos intencionalmente el estatuto de la Corte Internacional de Justicia en un punto de vista más amplio, dentro del sistema de leyes compasivas, y lo consideramos a la luz de otros casos aplicables, específicamente la Opinión Consultiva sobre las Reservas a la Convención sobre el Crimen de Genocidio. también, el caso hostil sobre la Aplicación de la Convención para la acción contraria y la disciplina de la maldad del genocidio.
Por lo tanto, se mostrará cómo la ley de la Corte que la Justicia Internacional es un compromiso imperativo desde dos ángulos: por un lado, esclarece la relación entre el derecho internacional humanitario y el derecho internacional general, como tambien, el contenido de los principios fundamentales del derecho internacional humanitario